Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EXTRACTO de la Orden EEI/395/2024, de 18 de abril, por la que se establecen las Bases Reguladoras y la convocatoria del programa de subvenciones públicas para la financiación de acciones formativas dirigidas a la cualificación y recualificación de la población activa, vinculadas a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas de riesgo de despoblación, así como para el acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado el 02/05/2024 (Nº 84)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: VICEPRESIDENCIA SEGUNDA DEL GOBIERNO Y DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, EMPLEO E INDUSTRIA

Texto completo:

BDNS (Identif.): 755350

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/755350).

Primero.- Beneficiarios.

1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas contenidas en la línea 1 prevista en el punto 1 del artículo 8, de oferta modular de acciones formativas de sectores estratégicos, las siguientes entidades y empresas:

a) Empresas, a título individual, con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, que presenten proyectos de formación para sus personas trabajadoras. Las empresas podrán ser de titularidad de personas físicas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y otras formas jurídicas admitidas en derecho.

b) Agrupaciones empresariales, organismos y entidades sectoriales o intersectoriales, que representen o agrupen empresas con centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón, de cualquier dimensión, que presenten proyectos de formación para un número conjunto no inferior a 20 personas trabajadoras de las distintas empresas pertenecientes o vinculadas a la beneficiaria.

En el caso de que cualquiera de las empresas, agrupaciones de empresas, o entidades sin ánimo de lucro no esté inscrita en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, deberá aportar la documentación que se indique en la convocatoria.

2. Podrán ser beneficiarios de las ayudas contenidas en la Línea 2 prevista en el punto 1 del artículo 8, de oferta modular de acciones formativas destinadas al cuidado de personas y de la Línea 3 de oferta modular de acciones formativas dirigidas a personas residentes en municipios con menos de 20.000 habitantes, las entidades de formación, cuando se hallen inscritas, a fecha de publicación de la convocatoria, en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación. En este último caso, en el momento de iniciar la formación, las entidades deberán disponer de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón que reúnan las condiciones adecuadas para poder impartir las especialidades formativas solicitadas.

Segundo.- Objeto.

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras del programa de subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas de riesgo de despoblación, así como para el acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y proceder a su convocatoria en el año 2024.

Tercero.- Cuantía.

1. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a nueve millones setecientos sesenta y seis mil novecientos cincuenta y seis euros con setenta y ocho céntimos (9.766.956,78 ), con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo, procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

Con carácter estimativo, las subvenciones se financian con cargo a las siguientes aplicaciones:

Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, y en el artículo 37 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, la financiación correspondiente a estas ayudas está legalmente afectada a financiar los proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación.

Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes estará comprendido entre el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y el día 31 de julio de 2024.

Quinto.- Otros datos.

Se establecen dos procedimientos de solicitud en función de la entidad solicitante:

a) Las entidades inscritas en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberán cumplimentar a través de la aplicación PAS Web MRR Upskilling y Reskilling 2024, disponible en la url: https://plan.aragon.es/INAEM/PAS/pasmrruyr.nsf, el modelo de solicitud junto con la documentación complementaria y, en todo caso, deberá descargarse, firmarse y presentarse a través de un registro electrónico, preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Administración Pública de Aragón.

b) Las empresas, agrupaciones de empresas y el resto de entidades que no estén inscritas en el Registro de Centros Colaboradores en materia de Formación e Inserción Profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón deberán descargar el modelo específico de solicitud a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón accediendo al trámite: "Subvenciones formación reskilling y upskilling para cualificación y recualificación de las competencias laborales", firmarse electrónicamente y presentarse a través de registro electrónico, preferentemente a través del Registro Electrónico General de la Administración Pública de Aragón.

La presentación de la primera solicitud conllevará la petición al Servicio de Formación del archivo ID certificado que le posibilite el acceso a la aplicación PAS web, así como un número-código de entidad.

El Servicio de Formación, una vez recibida la solicitud, procederá a asignar el ID y código de entidad, el cual será notificado electrónicamente a la entidad. En el plazo de diez días desde la presentación inicial de la solicitud, deberá completarla a través de la aplicación PAS web MRR Upskilling y Reskilling 2024, disponible en la url: https://plan.aragon.es/INAEM/PAS/pasmrruyr.nsf y presentar por registro electrónico el resto de documentación que la convocatoria requiere, siguiendo las instrucciones del anexo II.

Zaragoza, 18 de abril de 2024.- La Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Empleo e Industria, María del Mar Vaquero Perianez.