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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca, relativo a divorcio contencioso 276/2018.

Publicado el 14/08/2019 (Nº 159)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE JACA

Texto completo:

D.ª Aránzazu Gargallo García-Denche, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca:

Hace saber que en este órgano judicial se siguen autos de Familia. Divorcio contencioso número 276/2018, a instancia de , frente a , en los que se ha dictado la siguiente sentencia, de fecha 4 de abril de 2019, cuyo extracto es el siguiente:

"Sentencia número 000054/2019

Vistos por mí, Dña. María Estudillo Sebastián, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca y de su partido, los presentes autos de divorcio contencioso número 276/2018, seguidos a instancia de la Procuradora de los Tribunales M.ª Cruz Labarta Fanlo en nombre y representación de , con la asistencia letrada de la Sra. Moy en sustitución de la Sra. Aínsa, contra en situación de rebeldía procesal, y con la intervención del Ministerio Fiscal.

Fallo

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Labarta en nombre y representación de frente a , debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio, por divorcio, contraído entre y en Dakar el día 8 de diciembre de 2016, con todos los efectos legales inherentes a esta declaración y se establecen las siguientes medidas:

1.- Se atribuye la patria potestad de la menor a la madre y la guarda y custodia individual de la hija menor a la madre, sin régimen de visitas a favor del padre.

2.- Se fija como pensión de alimentos, a cargo del padre, la cantidad de 200 euros mensuales, que se deberán abonar dentro de los cinco primeros días de cada mes, con actualización anualmente, a tenor del IPC, y que será ingresada en la cuenta corriente que la esposa designe al efecto.

3.- Se atribuye a el uso del ajuar y la vivienda familiar sita en calle Agustín Conceglieri, número 57, de Aljaraque (Huelva), sin perjuicio de derechos de terceros.

4.- No se hace pronunciamiento sobre costas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles de que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huesca, debiendo interponerse por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes a su notificación.

Así por mi esta Sentencia, la pronuncia, manda y firma, Dña. María Estudillo Sebastián, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Jaca y su partido.

La Juez

Y para que sirva de notificación a , en ignorado paradero, libro el presente en

Jaca, 30 de julio del 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Aránzazu Gargallo García-Denche.