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EDICTO del Tribunal Superior Justicia de Aragón, Sala Contencioso-administrativo Sección Primera, en el procedimiento ordinario número 146/17.

Publicado el 25/09/2020 (Nº 192)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

Texto completo:

Que conociendo del presente recurso contencioso-administrativo seguidos entre partes, como demandante la entidad Obra Diocesana Santo Domingo de Silos, representada por Procurador D. Pablo Luis Marín Nebra y asistida de Letrado D. José Manuel Murgoitio García; y como demandado el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Diputación General de Aragón, representado y asistido por el Letrado de sus Servicios Jurídicos, contra la Resolución del Secretario General Técnico del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, de 11 de abril de 2017, desestimatoria del recurso de alzada, frente a la Resolución de 2 de febrero de 2017, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se determina la relación media alumnos/profesor por unidad escolar, a que hace referencia al artículo 16 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, para los centros concertados de la Comunidad Autónoma de Aragón, para el curso 2017/2018, confirmándola, se dictó sentencia de fecha 6 de marzo de 2020, ya firme, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimamos el recurso contencioso-administrativo número 146 del año 2017, interpuesto por la representación procesal de la entidad recurrente Obra Diocesana Santo Domingo de Silos, contra la resolución impugnada, que anulamos, reconociendo el derecho de la recurrente a la fijación de la ratio alumnos/profesor por unidad escolar para los centros escolares concertados, por referencia a la ratio que resulte para los públicos, esto es, el cociente entre el número de alumnos en centros públicos, y el número de aulas ofertadas en ellos dentro de cada etapa educativa, condenando a la Administración demandada a estar y pasar por tal declaración y reconocimiento, todo ello con expresa condena en costas a la Administración recurrida, con el límite establecido en el último fundamento de esta resolución".

Y para que se lleve a efecto lo acordado y su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" expido y firmo el presente.

Zaragoza, 15 de septiembre del 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Nuria Creus Portas.