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RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se convoca la celebración en el año 2018 de pruebas de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 16/03/2018 (Nº 54)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Orden de 17 de abril de 2017, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, regula las pruebas de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y grado superior en la Comunidad Autónoma de Aragón.

El artículo 11 de dicha orden establece que el Departamento de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General competente en materia de enseñanzas deportivas convocará, al menos una vez al año, las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y grado superior.

La disposición final primera de la mencionada orden, habilita a la Dirección General competente en materia de enseñanzas deportivas para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la misma.

Por ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelvo:

Primero.- Convocatoria.

1. Se convoca la celebración de pruebas de acceso a las enseñanzas de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior, y a la formación de Nivel I y Nivel III correspondientes al año 2018, a las que se refiere:

a) El artículo 31 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial.

b) El artículo 10 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva a los que se refiere la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

2. Las pruebas se desarrollarán de acuerdo con lo dispuesto en la Orden ECD/605/2017, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas de acceso a las enseñanzas deportivas en la Comunidad Autónoma de Aragón, y en la presente resolución.

3.De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.2 de la Orden ECD/605/2017, de 17 de abril, y el artículo 31.2 y 3 del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, las pruebas de acceso al grado medio de Formación Profesional y la parte común de la prueba de acceso al grado superior de Formación profesional podrán sustituir respectivamente a las pruebas de acceso a grado medio y a la de grado superior de las enseñanzas deportivas.

Segundo.- Periodo y lugares de inscripción en las pruebas.

1. El período de inscripción en las pruebas de acceso de grado medio y de grado superior estará comprendido entre el 19 y el 23 de marzo de 2018, ambos inclusive.

2. La inscripción para las pruebas de acceso al grado medio se llevará a cabo en el IES "Ítaca" de Zaragoza, situado en:

Avda. de los Estudiantes, 1.

50016 Santa Isabel. Zaragoza.

Teléfono 976 572426.

3. La inscripción para las pruebas de acceso al grado superior se llevará a cabo en el IES "Ítaca" de Zaragoza, situado en:

Avda. de los Estudiantes, 1

50016 Santa Isabel. Zaragoza.

Teléfono 976 572426.

4. Finalizado el plazo de inscripción, el centro donde se haya realizado la inscripción hará público el 27 de marzo de 2018 los listados provisionales de admitidos, así como de los no admitidos, indicando en este último caso los motivos de la exclusión. Estos listados serán firmados por el Secretario del Centro y llevarán el V.º B.º del Director del mismo.

5. Se establece un plazo de reclamación contra los listados provisionales que será del 28 de marzo al 12 de abril de 2018, ambos inclusive. Finalizado este plazo y una vez resueltas las reclamaciones, se harán públicos el 17 de abril de 2018 los listados definitivos de admitidos y no admitidos, en los mismos términos establecidos en el punto anterior.

6. Los centros donde se han formalizado las inscripciones comunicarán al Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, antes del 19 de abril de 2018 el número de admitidos y no admitidos en cada prueba de acceso. Asimismo, trasladará al Servicio Provincial copia de las peticiones de adaptación de la prueba formuladas por las personas con discapacidad inscritas en las pruebas de acceso.

Tercero.- Solicitudes de inscripción.

Los aspirantes presentarán su solicitud de inscripción conforme al modelo normalizado que figura en el anexo I de esta resolución.

Cuarto.- Tasa por inscripción en las pruebas.

1. De conformidad con la Orden HAP/201/2016, de 22 de febrero, por la que se publican los textos refundidos actualizados en materia de tributos cedidos, tasas e impuestos medioambientales, los aspirantes que deseen participar en las pruebas deberán abonar 19,46 € en concepto de tasa por inscripción en las pruebas de acceso de carácter general a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado medio y grado superior y a las formaciones deportivas de nivel 1 o nivel 3, siendo necesario el previo pago de la tasa para la tramitación de la solicitud de inscripción.

2. El ingreso se realizará en las cuentas de las Entidades de Crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Diputación General de Aragón, autorizadas para el cobro de las tasas. Actualmente, las entidades colaboradoras son IberCaja Banco, Bantierra, Caja Rural de Teruel, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Santander, Caixabank y Laboral Kutxa.

3. Para el pago de la tasa los aspirantes deberán cumplimentar el documento que para tal fin estará disponible en la página web https://servicios.aragon.es/inmf/inicioDir.inicio.do. Este documento, una vez cumplimentado deberá imprimirse para su trámite. La impresión constará de tres ejemplares del modelo, para "Administración", "Interesado" y "Entidad bancaria colaboradora" que deberán ser firmados por el solicitante antes de su presentación en los lugares que corresponda.

4. La acreditación del ingreso de la tasa por inscripción en la prueba de acceso se realizará mediante certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable o mediante el sello y firma autorizada. La falta de justificación del abono de la tasa determinará la no admisión del aspirante. En todo caso, si la entidad bancaria no hubiera recogido el ejemplar para la entidad colaboradora, se acompañará éste junto con el ejemplar a entregar para la Administración.

5. Están exentas del pago de la tasa las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos, en cumplimiento de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo, y demás normativa vigente que sea de aplicación. Están igualmente exentas del pago de la tasa las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción en las pruebas que constituyen el objeto del hecho imponible. Asimismo, los aspirantes que acrediten su pertenencia a familia numerosa tendrán una bonificación del 50 por 100.

6. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad bancaria de la citada tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de inscripción en las pruebas en el centro docente público que corresponda.

7. No se devolverá el importe abonado en concepto de tasas a quienes, habiendo solicitado la inscripción en las pruebas reguladas por la presente convocatoria y habiendo abonado la tasa correspondiente, opten por no presentarse a las pruebas, ni a aquellos aspirantes que no cumplan los requisitos previstos en la convocatoria.

Quinto.- Documentación que debe presentarse para la inscripción en las pruebas.

Los aspirantes que deseen participar en las pruebas de acceso deberán formalizar su inscripción presentando los siguientes documentos:

a) Solicitud de inscripción conforme al anexo I.

b) Justificación del abono de la tasa, o en caso de estar exento, presentación de documento justificativo. En caso de bonificación, se presentará el documento que acredite su pertenencia a familia numerosa en vigor.

c) Relación de documentación adjunta a la solicitud de inscripción en la prueba.

d) Fotocopia del DNI o pasaporte para los aspirantes nacionales, o bien NIE o certificado de registro de ciudadanía comunitaria. En este último caso se deberá aportar fotocopia del documento de identidad del país de origen o pasaporte. En todos los casos la documentación deberá estar en vigor.

e) Petición de los aspirantes con discapacidad que precisen algún tipo de adaptación posible de tiempo y medios para la realización de las pruebas de acceso, en la que se concrete la adaptación que se solicita y certificado acreditativo de la discapacidad expedido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), el Instituto de mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente a tal fin, de las Comunidades Autónomas.

f) Quienes deseen solicitar exención de alguna de las partes de la prueba deberán adjuntar a su solicitud de inscripción la documentación que corresponda de acuerdo con el artículo 7 para el grado medio y 11 para el grado superior, de la Orden ECD/605/2017, de 17 de abril. Tanto en la prueba de grado medio como en la de grado superior para el caso de trabajadores autónomos o por cuenta propia se admitirá junto a la Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente, declaración responsable que describa la actividad que el propio autónomo está desarrollando.

g) Certificación acreditativa de la superación su totalidad una prueba de acceso de grado superior en otra Comunidad Autónoma, para aquellos aspirantes que deseen el reconocimiento de la exención de la parte común de dicha prueba.

h) Certificado de superación parcial de la prueba de acceso de grado medio conforme al modelo recogido en el anexo VII de la Orden de 19 de marzo de 2009, para aquéllos aspirantes que deseen el reconocimiento de partes o ámbitos de la prueba superados en anteriores convocatorias realizadas en base a dicha orden.

i) Quienes deseen realizar la prueba de acceso al grado superior, deberán presentar el título de Técnico Deportivo en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva, o certificación de estar cursándolo, con obligación de estar en posesión del título en el momento de realizar la prueba de acceso. Asimismo, deberá acreditarse la nota final obtenida en dichas enseñanzas de Técnico Deportivo.

j) Para el acceso al nivel III de las formaciones reguladas por la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, el requisito del título de Técnico Deportivo será sustituido por la acreditación de nivel II en la correspondiente modalidad o especialidad deportiva.

Sexto.- Lugar y fechas de celebración de las pruebas.

1. Las pruebas se celebrarán para el acceso a grado medio y para el grado superior en el IES "Ítaca" de Zaragoza, Avda. de los Estudiantes, 1, 50016. Santa Isabel. Zaragoza.

2. Los ejercicios de las pruebas de acceso serán remitidos por la Dirección General de Planificación y Formación Profesional al Servicio Provincial de Zaragoza quien, a su vez, enviará copia al presidente de la comisión evaluadora. Los órganos competentes del Servicio Provincial de Zaragoza tomarán las medidas oportunas para salvaguardar la confidencialidad de los ejercicios. Cada prueba de acceso irá acompañada de sus correspondientes criterios de evaluación y calificación.

3. El calendario de las pruebas deberá ser expuesto en el tablón de anuncios del centro, indicando expresamente el lugar donde hayan de efectuarse. Las actuaciones seguirán el orden y el horario que a continuación se expresa:

- A las 14:45 horas del día 9 de mayo de 2018, cada comisión evaluadora se reunirá y el presidente procederá a la apertura del sobre con los ejercicios de la prueba de acceso, los cuales quedarán bajo su custodia. Se comprobará por parte de los miembros de la comisión que están todos los ejercicios y se estudiarán los criterios de calificación y evaluación por los miembros de la comisión. Se adoptarán las medidas oportunas que garanticen la confidencialidad, organización y desarrollo de estos ejercicios, de acuerdo con las disponibilidades de recursos humanos y materiales del centro educativo.

4. Día y horario de celebración de las pruebas:

- Prueba de acceso de Grado Medio: 9 y 10 de mayo de 2018, de acuerdo con el siguiente horario:

Día 9 de mayo:

- A las 16:00 horas. Ejercicio del ámbito de Comunicación. Duración dos horas.

- A las 18:30 horas. Ejercicio del ámbito Social. Duración dos horas.

Día 10 de mayo:

- A las 16:00 horas. Ejercicio del ámbito Científico-Tecnológico. Duración dos horas.

- Prueba de acceso de Grado Superior: 9 de mayo de 2018, de acuerdo con el siguiente horario:

- A las 16:00 horas. La primera fase de la parte común tendrá una duración de dos horas y media, y corresponderá a la realización de los ejercicios relativos a las materias de Lengua Castellana y Literatura, y de Lengua Extranjera (Inglés o Francés).

- A las 18:45 horas. La segunda fase de la parte común tendrá una duración de dos horas y corresponderá a la realización del ejercicio relativo a la materia de Matemáticas.

Séptimo.- Adaptación de las pruebas a las personas con discapacidad

1. Los aspirantes con discapacidad que soliciten algún tipo de adaptación posible de tiempo y medios para la realización de la prueba adjuntarán a su solicitud de inscripción un certificado acreditativo de la minusvalía, expedido por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), el Instituto de mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente a tal fin, de las Comunidades Autónomas, junto con la petición en la que se concretará la adaptación que se solicita.

2. Una vez publicados los listados definitivos, los centros donde se han realizado las inscripciones comunicarán al Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza la copia de las peticiones de adaptación de la prueba que se hayan podido formular por las personas con discapacidad inscritas en las pruebas de acceso.

3. El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza atenderá las solicitudes de adaptación de las pruebas presentadas por las personas con discapacidad inscritas y determinará las medidas que procedan. Estas medidas serán comunicadas a la Dirección General de Planificación y Formación Profesional antes del 27 de abril de 2018.

Octavo.- Comisiones evaluadoras.

A la vista del número de aspirantes, el Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza establecerá las comisiones evaluadoras que sean precisas y designará a sus componentes, de acuerdo a lo indicado en el artículo 17 de la Orden ECD/605/2017, de 17 de abril, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte.

Noveno.- Datos de la evaluación, publicación y reclamación.

1. Los resultados se harán públicos el 15 de mayo de 2018 en el tablón de anuncios y en la página web del centro docente donde se hayan realizado las pruebas de acceso, así como a través de la aplicación informática desarrollada al efecto.

2. Del 16 al 18 de mayo de 2018 los interesados podrán presentar reclamación sobre los resultados publicados en la secretaría del centro donde se realizó la prueba, especificando con claridad el motivo de la reclamación y la parte de la prueba que se desea revisar.

3. Las reclamaciones efectuadas se deben de resolver del 21 al 23 de mayo de 2018 por la Comisión evaluadora correspondiente, y su resolución se debe comunicar por escrito a los interesados en el plazo de tres días desde la adopción del acuerdo, de conformidad con lo especificado en el artículo 21 de la Orden ECD/605/2017, de 17 de abril.

Décimo.- Efectos de la resolución.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 26 de febrero de 2018.

El Director General de Planificación y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS