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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2023, del Gobierno de Zaragoza, por la que se declara válida la licitación pública convocada para la enajenación, con adjudicación a la oferta económica más ventajosa mediante una pluralidad de criterios, de la parcela municipal B-2 de las resultantes del proyecto de reparcelación del Área de Intervención F-52-1 (La Jota-Vadorrey), destinada a la construcción de 84 viviendas protegidas de Aragón. (Expte. 2.947/23).

Publicado el 05/05/2023 (Nº 84)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA

Texto completo:

Primero.- Declarar válida la licitación pública para la enajenación con adjudicación a la oferta económica más ventajosa mediante una pluralidad de criterios, de la parcela B-2 de las resultantes del proyecto de reparcelación del Área F-52-1 en La Jota-Vadorrey con objeto de destinarla a la construcción de 84 viviendas protegidas de Aragón, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1.b) y 108 del Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Urbanística de Aragón, cumplimentando el destino previsto en los artículos 105.1 y 2.a) y c) de dicho cuerpo legal.

Segundo.- Adjudicar a la entidad Rosales del Canal Sociedad Cooperativa Aragonesa (CIF F-04984100), a propuesta de la Mesa de Contratación celebrada en fecha 20 de marzo de 2023, por un importe de 2.024.949,60 €, IVA no incluido, la parca mumunicipal objeto de la presente licitación pública, que a continuación se describe:

Parcela de propiedad municipal B-2 de las resultantes del proyecto de reparcelación del Área de Intervención F-52-1 (La Jota), aprobado definitivamente por el Gobierno de Zaragoza en fecha 28 de diciembre de 2020. Dicha Área de Intervención cuenta con proyecto de urbanización definitivamente aprobado por el Gobierno de Zaragoza el 23 de noviembre de 2021, habiéndose contratado por la Junta de Compensación de dicho ámbito la ejecución de las precitadas obras de urbanización, ya iniciadas.

Descripción.- "Urbana. De figura rectangular. Constituye la totalidad de la manzana B-2 de la Unidad de Ejecución F-52-1 del Plan General de Ordenación Urbana. Tiene una superficie de mil setecientos veinte metros cuadrados con ochenta y dos decímetros cuadrados (1.720,82 m²). Linderos: Al Norte, en una línea recta de 47,06 metros con zona verde pública; al Sur, en otra línea recta de 47,06 metros con la calle J. Numancia; al Este, en una línea recta de 30 metros con la calle M.Blasco; y al Oeste, en otra línea recta de 30 metros con terrenos edificados exteriores a la Unidad de Ejecución.

Título.- Pertenece en pleno dominio al Ayuntamiento de Zaragoza por cesión obligatoria y gratuita derivada del 10% del aprovechamiento urbanístico con arreglo a la legislación aplicable.

Inscripción.- Se trata de la finca registral 16266 del Registro de la Propiedad Número 15, y se encuentra inventariada en el Inventario General de Bienes de la Corporación, con número de IGB 4914-4.

Limitaciones, cargas y gravámenes.- Libre de cargas y gravámenes por subrogación real, así como de nueva creación.

Aprovechamiento urbanístico.- Tiene una superficie edificable máxima de 8.437,29 m² edificables. Total de unidades de valor (4.218,645 m²/t). Uso residencial de vivienda protegida con capacidad para la construcción de un número máximo de 84 viviendas.

Tercero.- De conformidad con lo dispuesto en las cláusulas tercera y décima del Pliego de Cláusulas económico-administrativas que ha regido la presente enajenación mediante licitación pública, el precio del contrato se satisfará al Ayuntamiento de Zaragoza de la siguiente forma:

- El 25 % del importe de la adjudicación quinientos seis mil doscientos treinta y siete euros y cuarenta céntimos (506.237,40 €) más el 25% deimporte de IVA A (106.309,85 €),e abonará en el plazo de un n mes desde que reciba la notificación del Acuerdo de adjudicación.

- El 75 % del importe restante, un millón quinientos dieciocho mil setecientos doce euros y veinte céntimos (1.518.712,20 €), se satisfará en momento dede la formalización de la escritura pública de transmisión del dominio de la parcela, cifra a la que se añadirá el 75% del importe correspondiente del IVA (318.929,56 €).

No obstante lo anterior, el adjudicatario del contrato podrá comunicar previamente a la formalización de la escritura pública de transmisión de dominio de la parcela municipal objeto de enajenación, el aplazamiento del segundo pago del importe del contrato como máximo hasta el otorgamiento de la licencia urbanística, sin perjuicio de que aporte la correspondiente garantía, mediante aval bancario que cubra dicha cantidad, o en su caso, mediante el establecimiento de condición resolutoria debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad sobre la finca objeto de enajenación consistente en el pago de la parte del precio aplazado. En cuyo caso, el pago total del precio habrá de efectuarse antes del 15 de diciembre de 2023.

Cuarto.- El presente acuerdo, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", habrá de formalizarse en escritura pública de compraventa en la fecha que señalará el Ayuntamiento de Zaragoza, previo requerimiento efectuado por el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, una vez que haya quedado acreditado por parte del adjudicatario del contrato, el abono de la totalidad del precio del contrato más el IVA correspondiente.

Sin perjuicio de ello, con anterioridad a dicha fecha, el adjudicatario del contrato deberá constituir garantía definitiva por importe equivalente al 5% del precio de adjudicación del contrato y abonar las tasas correspondientes por anuncios, entregando justificantes ante el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, todo ello en los plazos establecidos en el propio Pliego.

Quinto.- La entidad adjudicataria asume el contenido íntegro de los Pliegos de Cláusulas Económico-Administrativas que ha regido la enajenación de la parcela mediante licitación pública, así como el conjunto de derechos y obligaciones dimanantes del mismo y de la oferta presentada.

Asimismo, la entidad adjudicataria queda obligada al cumplimiento de las mejoras incluidas en la propuesta presentada en su oferta, que serán garantizadas mediante su inclusión en la escritura pública de transmisión de dominio de la finca, así como al cumplimiento de las características, tipologías constructivas y calidades previstas, para las viviendas a ejecutar en el Área F-52-1 que forman parte de su propuesta.

Sexto.- Notificar el presente Acuerdo a la Dirección General de Administración Local del Gobierno de Aragón.

Séptimo.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, todo ello según lo previsto en los artículos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa, en relación con el artículo 52 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículos 114 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 26 de abril de 2023.- La Jefa del Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, M.ª Teresa Barrao Sánchez.