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ANUNCIO de la Dirección General de Salud Pública, por el que se somete a información pública el proyecto de Orden por la que se desarrolla el Decreto 55/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la figura del Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria y se crea el Registro de Entidades de Auxiliares Oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 23/12/2019 (Nº 248)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

Mediante Orden de 24 de septiembre de 2019, de la Consejera de Sanidad, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, se acordó el inicio del procedimiento de elaboración de un proyecto de Orden por la que se desarrolla el Decreto 55/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la figura del Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria y se crea el Registro de Entidades de Auxiliares Oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, sobre Controles Oficiales, contempla la figura de "Auxiliar Oficial". Visto el contexto agroalimentario en la Comunidad Autónoma de Aragón, en especial el desarrollo de la actividad de los mataderos existentes, y las previsiones de crecimiento en un futuro próximo, se ha considerado necesario desarrollar normativamente dicha figura del "Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria" (en adelante AOIV), así como la creación del Registro de Entidades autorizadas de Auxiliares Oficiales. Todo ello se ha llevado a cabo en el Decreto 55/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la figura del Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria y se crea el Registro de Entidades de Auxiliares Oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Dicho Decreto establece que determinados aspectos de tal figura y de las Entidades sean desarrollados reglamentariamente. En concreto son aspectos referidos a requisitos documentales para la tramitación de la autorización; obligaciones y requisitos exigibles a las Entidades para ser autorizadas; requisitos de personal, equipos e infraestructura necesarios para llevar a cabo la actividad y requisitos para la habilitación de AOIV, en relación con la formación y realización de las pruebas de habilitación. Por tanto, procede llevar a cabo dicho desarrollo reglamentario.

Asimismo, y tal y como establece el citado Decreto 55/2019, de 26 de marzo, se atribuye al Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (en adelante CITA) el control del cumplimiento de los requisitos de registro tanto previos como de mantenimiento, en virtud de lo establecido en los artículos 1.4 y 3 de la Ley 29/2002, de 17 de diciembre, de creación del Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón. Por tanto, procede establecer dichos requisitos para que la comprobación sea lo más objetiva posible.

Además, con posterioridad a la publicación del citado Decreto, ha sido publicado como normativa de desarrollo del Reglamento (UE) 2017/625, el Reglamento Delegado (UE) 2019/624, de la Comisión, de 8 de febrero de 2019, relativo a normas específicas respecto a la realización de controles oficiales sobre la producción de carne y respecto a las zonas de producción y reinstalación de moluscos bivalvos vivos de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625, del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece los aspectos insuficientemente detallados en el Reglamento (UE) 2017/625, y que serán exigibles a partir de su plena entrada en aplicación. Por tanto, es necesario actualizar las referencias a dichas exigencias.

En virtud de lo señalado, esta Dirección General de Salud Pública, en uso de las competencias que legalmente tiene atribuidas, resuelve:

Primero.- Someter a información pública el proyecto de Orden por la que se desarrolla el Decreto 55/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la figura del Auxiliar Oficial de la Inspección Veterinaria y se crea el Registro de Entidades de Auxiliares Oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, por un plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Segundo.- Dar audiencia en relación con el citado proyecto de Orden a las entidades y asociaciones representativas de intereses colectivos en el ámbito de los servicios sanitarios y cuya existencia consta a la Administración, por igual plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Tercero.- El texto del citado proyecto de Decreto estará accesible en el Portal de Servicios del Gobierno de Aragón (www.aragon.es) y en la página web del Departamento de Sanidad. Asimismo, podrá consultarse en las oficinas de información que se relacionan en el anexo a esta Resolución.

Cuarto.- Las alegaciones o sugerencias al citado proyecto de Orden deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, pudiendo ser presentadas, dentro del plazo señalado, en su sede social (Vía Universitas, 36, de Zaragoza) o a través de cualquiera de las Unidades de Registros de documentos del Gobierno de Aragón, previstos en la Orden HAP/1346/2016, de 26 de septiembre, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 12 de diciembre de 2019.- El Director General de Salud Pública, Francisco Javier Falo Forniés.

REGISTRO DE OFICINAS

Departamento de Sanidad, Vía Univérsitas, número 36, de Zaragoza, planta tercera.

Servicio de Información y Documentación Administrativa. Paseo María Agustín, número 36. Zaragoza.

Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Huesca. Plaza Cervantes, número 1. Huesca.

Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel. Calle San Francisco, número 1. Teruel.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Alcañiz. Calle San Bartolomé Esteban, número 58. Alcañiz.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Calamocha. Calle Melchor de Luzón, número 6. Calamocha.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Calatayud. Calle Amparados, número 2. Calatayud.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Ejea de los Caballeros. Calle Mediavilla, número 25. Ejea de los Caballeros.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Jaca. Avenida Levante, número 10. Jaca.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Tarazona. Avenida La Paz, número 29. Tarazona.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Fraga. Calle San Quintín,1-3. Fraga.

Oficina delegada del Gobierno de Aragón en Barbastro. Calle Conde, s/n. Barbastro.