Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PIC/1268/2023, de 20 de septiembre, por la que se conceden subvenciones a las Federaciones Deportivas Aragonesas en el ejercicio 2023 para la preparación y participación de las selecciones aragonesas en los Campeonatos de España en edad escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes.

Publicado el 03/10/2023 (Nº 191)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y CULTURA

Texto completo:

Por Orden ECD/483/2023, de 12 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 77, de 25 de abril de 2023), fueron convocadas subvenciones para las Federaciones Deportivas Aragonesas para la preparación y participación de las selecciones aragonesas en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes.

Una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, atendiendo a las disponibilidades económicas del presupuesto del ejercicio 2023, y a los criterios objetivos de cuantificación previstos en el artículo 11 de la Orden de convocatoria, con fecha 16 de junio se aprobó, por el órgano instructor del procedimiento, la propuesta de resolución definitiva de concesión.

Por ello, teniendo en cuenta la Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 152, de 3 de agosto), modificada por Orden ECD/423/2021, de 29 de abril ("Boletín Oficial de Aragón", número 95, de 4 de mayo) y por Orden ECD/834/2022, de 3 de junio ("Boletín Oficial de Aragón", número 114, de 15 de junio) y por Orden ECD/1618/2022, de 4 de noviembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 221, de 15 de noviembre), y los criterios de la Orden ECD/483/2023, de 12 de abril, por la que se convocan ayudas para las Federaciones Deportivas Aragonesas para la preparación y participación de las selecciones aragonesas en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes; aplicados los criterios objetivos de cuantificación por la comisión de valoración, y vista la propuesta de resolución definitiva elevada por el órgano instructor del procedimiento, en uso de las competencias que legalmente me han sido atribuidas, resuelvo:

Primero.- Conceder subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en la Orden ECD/483/2023, de 12 de abril, por la que fueron convocadas subvenciones para las Federaciones Deportivas Aragonesas para la preparación y participación de las selecciones aragonesas en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes.

1. El importe total de las subvenciones concedidas para la preparación de las selecciones aragonesas para los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes asciende a 5.982,66 euros.

De acuerdo con lo expuesto, en el anexo de la presente Orden se detallan los beneficiarios, el número de participantes, importe por participante, número de jornadas, el coeficiente corrector en función del número de jornadas, la subvención teórica que le correspondería, la subvención solicitada y la subvención que finalmente se concede para la preparación de las selecciones aragonesas de los Campeonatos de España en Edad Escolar.

2. El importe total de las subvenciones concedidas para la participación en los Campeonatos de España en Edad Escolar asciende a 172.092,04 euros.

De acuerdo con lo expuesto, en el anexo de la presente Orden se detallan los beneficiarios, el número de miembros de cada expedición, el importe por miembro de la expedición, el número de días de desplazamiento y competición, la subvención teórica que le correspondería, la subvención solicitada y la subvención que finalmente se concede para la participación en los Campeonatos de España en Edad Escolar.

La cuantía total de las subvenciones concedidas por la presente Orden asciende a ciento setenta y ocho mil setenta y cuatro euros con setenta céntimos (178.074,70 €), a satisfacer con cargo preresupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del año 2023, en la posición presupuestaria G/18080/4571/480112/91002.

Segundo.- El pago de la cuantía concedida queda condicionado a la justificación de la actividad objeto de la subvención. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 de la Orden ECD/483/2023, de 12 de abril, el plazo para la justificación de las subvenciones comenzará desde la publicación de la presente Orden y finalizará el 2 de diciembre de 2023, pudiendo ser revocadas aquellas que no estuvieran justificadas en tiempo y forma.

Tercero.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios, se estará a lo especificado en los artículos 7 de la Orden ECD/686/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de deporte y el artículo 19 de la Orden ECD/483/2023, de 12 de abril, que regula esta convocatoria, así como a las obligaciones de carácter general que se contemplan en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Además, deberán cumplir con la obligación de suministrar a las entidades previstas en el artículo 4 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, a las que se encuentren vinculadas, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquellas de las obligaciones previstas en el título II de la citada Ley, todo ello conforme a lo dispuesto en su artículo 9.2.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Presidencia, Interior y Cultura en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 20 de septiembre de 2023.

La Consejera de Presidencia, Interior y Cultura, TOMASA HERNÁNDEZ MARTÍN