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RESOLUCIÓN de 24 de marzo 2023, del Ayuntamiento de Codo, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023.

Publicado el 03/05/2023 (Nº 82)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: AYUNTAMIENTO DE CODO

Texto completo:

Resolución de Alcaldía número 9, de 24 de marzo 2023, del Ayuntamiento de Codo, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023.

De conformidad con el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que, por Decreto de Alcaldía de este Ayuntamiento de 16 de enero de 2023, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2023, incluyendo la plaza que a continuación se detalla:

Plaza destinada a turno libre

Personal laboral:

Una plaza de Operario de Servicios Múltiples, fijo, a tiempo completo, provisión por concurso-oposición.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en otra provincia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Codo, 24 de marzo de 2023.- El Alcalde, Raúl Cuevas Larrosa.