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ORDEN de 6 de mayo de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convoca la séptima edición del «Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas».

Publicado el 30/05/2014 (Nº 104)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El Gobierno de Aragón, en su interés por promover y difundir en la sociedad aragonesa el concepto de la Responsabilidad Social Corporativa, instauró mediante el Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 18, de 11 de febrero de 2004, el «Premio Aragonés a la Responsabilidad Social Corporativa», cuya denominación se cambió en el Decreto 79/2008, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón por "Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas".

El premio reconoce la labor de aquellas empresas que demuestran en su quehacer diario una preocupación por el ejercicio de su responsabilidad social entendiendo que esta se desarrolla cuando prestan atención a las expectativas que sobre su comportamiento tienen los diferentes grupos de interés con el propósito último de contribuir a un desarrollo, social y ambientalmente sostenible y económicamente viable.

En la primera edición de este premio, el Gobierno de Aragón se posicionó en la vanguardia en cuanto a la promoción y reconocimiento de este nuevo modelo de gestión empresarial. Con esta séptima edición, este galardón se convierte en referencia de la responsabilidad social de empresas en Aragón, con amplia difusión e impacto tanto en el ámbito empresarial, como en toda la sociedad aragonesa.

El Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, en su redacción dada por el Decreto 79/2008, de 29 de abril, dispone que su artículo 3 que mediante orden del Consejero competente en materia de industria, se realizarán las convocatorias de cada edición y la aprobación de las correspondientes bases del premio.

Actualmente, las competencias en materia de industria corresponden al Departamento de Industria e Innovación, en virtud del Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón.

Al amparo del artículo 2 del Decreto 12/2004, de 27 de enero, del Gobierno de Aragón, se establecen las diferentes modalidades del Premio, consolidando las tres nuevas modalidades que tanto éxito evidenciaron en la convocatoria anterior y que se establecen en función de las fases y acciones de implantación de la responsabilidad social en la empresa.

El objetivo de la creación de estas modalidades tuvo su origen en la búsqueda de una mayor participación, proporcionando una mayor idoneidad y adecuación en la concesión del premio, considerando las distintas materias que implican al concepto de responsabilidad social en la empresa.

La primera modalidad, denominada Excelencia, reconoce la consecución y consolidación de este concepto en la empresa, teniendo en cuenta toda su trayectoria y evolución. Esta excepcional modalidad se corresponde con el premio original de ediciones anteriores, pero aumenta su carácter de extraordinario, y por ello, su reconocimiento y mérito de concesión, por considerarlas empresas referentes en este concepto.

La segunda modalidad, denominada Iniciación, se establece atendiendo al grado de implantación del concepto de la responsabilidad social en las empresas. Se pretende en esta modalidad premiar el emprendimiento en responsabilidad social. De esta manera, se quiere reconocer no solo a las empresas maduras en esta materia, como hasta ahora, sino también premiar a aquellas que hayan iniciado el camino hacia la responsabilidad social y estén demostrando buenas prácticas, ejemplarizantes para todas aquellas empresas aragonesas que vean como beneficioso imitar este comportamiento.

La tercera modalidad, denominada Acción, premia al proyecto, iniciativa o medida acometida por la empresa para la implantación del concepto de responsabilidad social, que podrán ser dentro de las áreas de tipo social, medioambiental, laboral o económica. Se pretende, con esta modalidad, resaltar, impulsar, reconocer y promover iniciativas concretas que sirvan de ejemplo para el tejido empresarial en Aragón, indispensables para ayudarle a que se fortalezca para afrontar el futuro y adaptarse a los nuevos entornos económicos.

La gestión del premio corresponde al Departamento competente en materia de Industria, como así se determina en el artículo 7 del Decreto 12/2004, de 27 de enero. En el Decreto 27/2012, de 24 de enero, se atribuye la competencia de Fomento Industrial a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana empresa. Esta competencia es definida por la Ley de Industria de Aragón, que determina entre sus objetivos de Fomento la tarea de Impulsar iniciativas de responsabilidad social corporativa, que incluye la responsabilidad social de las empresas.

En su virtud, y en uso de las competencias que legalmente tiene atribuidas, el Consejero de Industria e Innovación, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Esta orden tiene por objeto convocar la séptima edición del «Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas» y aprobar las bases para el otorgamiento del citado premio.

Artículo 2. Objeto y características del Premio.

1. El «Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas» está destinado a reconocer públicamente a aquellas empresas que han demostrado en su gestión, una preocupación por la adquisición y puesta en marcha de los compromisos de responsabilidad social.

2. El «Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas» distinguirá a la empresa que demuestre su compromiso activo con el desarrollo económico, social y medioambiental, a través de sus políticas y sistemas de gestión, la transparencia de estas actuaciones y el escrutinio externo de las mismas.

3. El «Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas», en todas sus modalidades, tendrá carácter honorífico y consistirá en una obra representativa del galardón. Las empresas que resulten finalistas obtendrán un diploma acreditativo de esta condición.

Artículo 3. Modalidades del premio.

1. La primera modalidad del premio, denominada Excelencia, de carácter excepcional, reconoce toda la trayectoria de la empresa en la consecución de la adopción plena de la responsabilidad social, de tal forma que su actividad empresarial pueda considerarse como un ejemplo integral en esta materia, modelo de desarrollo social, transparencia y escrutinio de sus políticas.

2. La segunda modalidad, denominada Iniciación, reconoce a la empresa que se sitúa en la fase de inicio en la implantación de la responsabilidad de las empresas, comenzando con la adopción de este concepto en todas sus políticas, y demuestra buenas y ejemplarizantes prácticas medioambientales, sociales y económicas.

3. La tercera modalidad, denominada Acción, se establece atendiendo al proyecto, medida o iniciativa para la implantación del concepto de responsabilidad social en la empresa. Se establecen en esta modalidad las siguientes categorías: Medioambiental, Social, Laboral y Económica. Para poder optar como candidata a esta modalidad, la fecha de inicio o vigencia corresponderá al año 2013 o 2014.

Artículo 4. Participantes.

Podrá optar al premio, como participante, cualquier empresa con arraigo en Aragón, que se podrá materializar en cuando a su sede, domicilio, actividad o propiedad en nuestra Comunidad Autónoma, sin descartar otras posibles evidencias

Artículo 5. Presentación de propuestas.

1. Las propuestas individualizadas para cada modalidad deberán presentarse antes del 15 de noviembre de 2014, preferentemente en el Registro General de la Diputación General de Aragón, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La presentación de propuestas lleva consigo la aceptación, por parte de quienes la formulen, de los términos de esta convocatoria.

3. Las propuestas se acompañarán de la memoria en la que se expongan los méritos y circunstancias que concurran y del resto de documentación indicada en los artículos siguientes para cada modalidad del premio.

4. La documentación presentada no será devuelta ni se mantendrá correspondencia sobre la misma, que no estén permitidas por procedimiento administrativo.

5. Las solicitudes se podrán formalizar según el modelo normalizado recogido en el anexo de esta orden que también se encuentra disponible en el Catálogo de procedimientos administrativos y servicios prestados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en el portal del Gobierno de Aragón, en la pagina http://premiorse.aragon.es.

Artículo 6. Documentación a presentar en la modalidad de Excelencia e Iniciación.

6.1. Se presentará una memoria explicativa, desarrollada en un máximo de 25 folios a una sola cara, en la que se incluirán los siguientes epígrafes:

Nota: se parte de que todos los documentos siguientes son parte de esa memoria explicativa y no documentos distintos. Comprobar.

a) Datos de la empresa candidata y modalidad a la que se presenta.

b) Nombre, cargo que ocupa, número de teléfono y dirección de correo electrónico de la persona de contacto en la empresa.

c) Breve descripción de la candidatura presentada en la que se detallarán las principales acciones desarrolladas por la organización, para su evaluación por parte del Jurado.

d) Datos sobre la implantación de la responsabilidad de la empresa, debiendo comprender los datos más relevantes: Año de ejecución de proyectos, objetivos fijados, personas de la organización implicadas, aportación financiera, resultados obtenidos y planes de futuro, entre otros. En todos los casos se detallarán los datos relativos y referencias a la Comunidad Autónoma de Aragón.

La memoria deberá adaptarse a la siguiente estructura:

a) Políticas y sistemas de gestión adoptados.

-Identificación y relaciones establecidas con los grupos de interés

-Responsabilidades de RSE en los órganos rectores de la organización

-Sistemas de gestión medioambiental y/o social

-Actividades medioambientales formalizadas y resultados obtenidos

-Actividades sociales formalizadas y resultados obtenidos (laborales, seguridad en el trabajo, derechos humanos, corrupción, responsabilidad sobre el producto o servicio de acción social, etc.)

b) Transparencia de la gestión socialmente responsable.

-Desglose de las relaciones de la organización y los grupos de interés:

esponsables de RSE

-Información sobre el gobierno de la organización (códigos) y su

Accesibilidad.

-Información económica y su accesibilidad.

-Información medioambiental y su accesibilidad.

-Información social y su accesibilidad.

-Memorias de sostenibilidad.

c) Análisis externo de la gestión socialmente responsable.

-Control del órgano rector e informes, en su caso, de consejeros independientes.

-Auditoria y certificaciones de los sistemas de gestión socialmente responsables.

-Verificación externa del informe económico, social y/o medioambiental así como de la memoria de sostenibilidad.

-Calificaciones externas de la organización sobre RSE (índices de inversión socialmente responsable, de reputación, etc.)

-Premios, reconocimientos o similares obtenidos relacionados con la RSE

-Pertenencia activa a clubes, foros y demás formas organizativas vinculadas con la RSE.

En todos los casos se detallarán de una manera exhaustiva los datos relativos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

6.2 Se deberá aportar memoria de sostenibilidad, en caso de tenerla, de los dos últimos años.

6.3 Podrá adjuntarse el material adicional que se estime pertinente para la presentación y evaluación de la propuesta, tales como fotografías, video, etc.

6.4 La documentación solicitada, siempre que sea posible, deberá ser entregada en formato físico. En todo caso, el conjunto de la documentación, deberá ser entregado además, en formato electrónico, preferentemente en CD o USB.

Artículo 7. Documentación a presentar en la modalidad de Acción.

7.1. Se deberá presentar una memoria explicativa, desarrollada en un máximo de 10 folios a una sola cara, en la que se incluyan los siguientes epígrafes:

a) Datos de la empresa candidata y modalidad a la que se presenta (social, laboral, económica o medioambiental).

b) Nombre, cargo que ocupa, número de teléfono y dirección de correo electrónico de la persona de contacto en la empresa.

c) Descripción de la candidatura presentada en la que se detallarán el tipo de actuación o proyecto, para su evaluación por parte del Jurado.

d) Breve memoria del proyecto o actuación, con los datos más relevantes como el Año de ejecución, objetivos fijados, personas de la organización implicadas, aportación financiera, resultados obtenidos y planes de futuro, entre otros.

e) Breve descripción de la implantación de la responsabilidad social en la empresa, e importancia cuantitativa y cualitativa de la iniciativa en su proceso.

7.2. Se deberá aportar la memoria de sostenibilidad, en caso de tenerla, de los dos últimos años. Podrán adjuntarse el material adicional que se estime pertinente para la presentación y evaluación de la propuesta, tales como fotografías, video, etc.

7.3. En todos los casos se detallarán de una manera exhaustiva los datos relativos a la Comunidad de Aragón.

7.4. La documentación solicitada, siempre que sea posible, deberá ser entregada en formato físico. En todo caso, el conjunto de la documentación, deberá ser entregado además, en formato electrónico, preferentemente en CD o USB.

Artículo 8. Jurado.

1. El jurado para todas las modalidades estará presidido por el

Consejero de Industria e Innovación y formarán parte del mismo:

a) Un representante del Departamento de Economía y Empleo.

b) Un representante del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y

Familia.

c) Un representante del Departamento de Agricultura, Ganadería y

Medio Ambiente

d) Un representante de la Confederación de Empresarios de Aragón

(CREA)

e) Un representante de la Confederación de la Pequeña y Mediana

Empresa de Aragón (Cepyme-Aragón).

f) Un representante de Comisiones Obreras de Aragón (CC.OO.

Aragón).

g) Un representante de la Unión General de Trabajadores de Aragón

(UGT Aragón)

h) Un representante de la Fundación Ecología y Desarrollo.

i) Un representante de Intermón Oxfam.

j) Un representante de la Fundación Empresa y Sociedad.

k) Un representante de la Asociación Española de Contabilidad.

l) Un representante del Departamento de Contabilidad y Finanzas de

la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

m) Un representante de AENOR en Aragón.

n) Un representante del Instituto Aragonés de Fomento.

ñ) Actuará de Secretario, con voz pero sin voto, el Director General

de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

2. La participación de los miembros del Jurado es personal e indelegable, pudiendo ser asistidos por personal técnico de su elección.

3. Si alguno de los miembros anteriormente relacionados perteneciera o tuviera relación directa con alguna empresa que optase a obtener el premio en la presente convocatoria, deberá manifestar, tan pronto como se tenga conocimiento de ello, al Consejero de Industria e Innovación esta circunstancia y en consecuencia renunciar a su condición de miembro del Jurado.

4. El jurado, si lo considera conveniente, podrá valorar la candidatura de la empresa en una modalidad distinta a la inicialmente seleccionada por ella.

5. El Premio, en sus distintas modalidades, se otorgará por mayoría de votos de los miembros del jurado pudiendo declararse desierto si se considera que los trabajos presentados no reúnen los méritos suficientes para ser galardonados. Las deliberaciones del Jurado son confidenciales.

Artículo 9. Gestión y otorgamiento.

La gestión del Premio corresponde al Departamento de Industria e Innovación y la concesión del mismo se efectuará por Acuerdo del Gobierno de Aragón.

La organización del "Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas" será llevada a cabo por la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, a quién deberá dirigirse toda consulta o documentación solicitada.

Artículo 10. Fases del procedimiento de evaluación y otorgamiento.

Las fases del procedimiento de evaluación y otorgamiento serán las siguientes:

a) Fase I: Presentación de las propuestas para la obtención del "Premio Aragonés a la Responsabilidad Social de las Empresas" de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria.

b) Fase II: Estudio por un Comité de Evaluación de las memorias presentadas por los participantes.

Dicho Comité de Evaluación estará compuesto por técnicos del Gobierno de Aragón nombrados por el Director General competente en materia de industria, que propondrá al Jurado, a partir de los informes realizados, las empresas finalistas al Premio.

Para la concesión del premio por parte del jurado se tendrá en cuenta el arraigo en Aragón de la empresa candidata, así como la naturaleza de las actuaciones desarrolladas y el grado de implementación de las mismas. Los criterios específicos de evaluación estarán basados en los requisitos de la memoria.

c) Fase III: Emisión y entrega al Jurado de los informes realizados por el Comité de Evaluación a través de los cuáles el Jurado determinará quiénes son efectivamente los candidatos finalistas y cuál de ellos es el ganador.

En todo momento la documentación presentada por los candidatos estará a disposición de los miembros del Jurado, así como de los técnicos designados por ellos para que les puedan asistir en la valoración de las candidaturas presentadas.

d) Fase IV: Deliberación de los miembros del Jurado y propuesta de las candidaturas ganadoras al Gobierno de Aragón.

e) Fase V: Concesión del premio en sus distintas modalidades por parte del Gobierno de Aragón y entrega del mismo, distinguiendo a los finalistas, si los hubiere, con el correspondiente reconocimiento.

Artículo 11. Efectos de la obtención del premio.

1. La empresa galardonada podrá hacer publicidad de dicha concesión en membretes, anuncios y memorias, especificando el año en que fue premiada, así como publicar o difundir la concesión del premio en cualquier medio de comunicación, de acuerdo con la imagen gráfica del Premio.

2. Tanto las empresas ganadoras como las finalistas tendrán una consideración y reconocimiento especial en las acciones que puedan emprenderse desde el Departamento competente en materia de industria para la ayuda y promoción de la responsabilidad social en las empresas.

3. La información de la memoria suministrada por las empresas participantes en sus candidaturas podrá ser utilizada por el Departamento competente en materia de Industria en sus publicaciones y difusiones.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 6 de mayo de 2014.

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ