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ORDEN de 21 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca el Premio Aragón 2014.

Publicado el 11/02/2014 (Nº 29)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 65/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, que regula el Premio Aragón, modificado por el Decreto 23/2013, de 19 de febrero, se convoca el Premio Aragón 2014 destinado a reconocer públicamente a personas físicas o jurídicas que hayan destacado a lo largo del año anterior a la convocatoria en el área de la cultura, de la ciencia, la tecnología o los valores humanos.

La edición de 2014 se regirá por las siguientes

Bases

Primera.- Objeto.

El Premio Aragón tendrá como finalidad el reconocimiento a una labor continuada o de especial notoriedad e importancia a lo largo del año anterior a la convocatoria, tanto en el área de la cultura como en el de la ciencia, la tecnología o los valores humanos, que suponga un destacado beneficio para la Comunidad y constituya un modelo y testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa.

Segunda.- Requisitos de los candidatos.

Podrán ser candidatos al Premio Aragón los aragoneses o personas con especiales vínculos con la Comunidad Autónoma, así como las instituciones o asociaciones aragonesas cuya actividad reúna las circunstancias previstas en el artículo anterior.

El Premio no podrá ser concedido con carácter póstumo.

Tercera.- Dotación.

El Premio Aragón tiene carácter honorífico y conlleva un diploma acreditativo.

Cuarta.- Candidaturas.

1. Las candidaturas serán propuestas por cualquier institución académica, científica o cultural aragonesa, o bien a propuesta pública mediante la presentación de al menos cien firmas recogidas en pliegos, donde conste con claridad el nombre, número de documento nacional de identidad y rúbrica de los firmantes.

En ningún caso las instituciones proponentes podrán presentar su propia candidatura o la de otra institución o persona física con la que tengan una vinculación directa.

2. Las propuestas deberán adjuntar necesariamente una sucinta biografía de la persona, institución o asociación cuya candidatura se propone, y la exposición de los motivos que inducen a la presentación.

3. En cualquier momento de su actuación como tales, los miembros del Jurado que se constituya, de forma individual o colectiva, podrán proponer candidatos al Premio. Para la formalización de la candidatura será precisa la documentación enumerada en el apartado anterior y la aceptación unánime de la candidatura por el Jurado.

4. La presentación de candidaturas llevará consigo la aceptación por parte de quienes las formulen de los términos de las convocatorias, así como del otorgamiento del premio.

Quinta.- Plazo y lugar de presentación.

El plazo de presentación de candidaturas finalizará el 14 de marzo de 2014, debiendo presentarse en el Registro del Gobierno de Aragón, sito en la Avda. Gómez Laguna número 25, 6.ª planta, de Zaragoza, o bien por cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero. Irán acompañados de escrito dirigido a la Dirección General de Cultura.

Sexta.- Jurado.

1. Las candidaturas al Premio Aragón serán examinadas por un Jurado que se constituirá al efecto, designado por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

2. El Jurado estará presidido por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y formarán parte del mismo el Director General de Cultura, que actuará como Secretario, y cinco vocales seleccionados entre personalidades de reconocido prestigio en las áreas referidas en la base primera.

El Jurado examinará las candidaturas presentadas, apreciando libremente los méritos de los candidatos y acordando la propuesta de otorgamiento del Premio o de declararlo desierto.

Séptima.- Otorgamiento.

1. El Premio Aragón se otorgará por el Gobierno de Aragón, conforme a las propuestas elevadas por el Jurado.

2. La entrega del Premio tendrá lugar con ocasión de la celebración del Día de Aragón, salvo que por causas excepcionales se acuerde otra fecha.

Octava.- Devolución de documentación.

Una vez resuelta la convocatoria y realizada la entrega del Premio Aragón 2014, la documentación aportada podrá ser recogida en el Servicio de Fomento de las Artes y la Cultura de la Dirección General de Cultura (Avda. Gómez Laguna número 25, 6.ª planta, de Zaragoza).

Zaragoza, a 21 de enero de 2014.

La Consejera de Educación,

Universidad, Cultura y Deporte,

DOLORES SERRAT MORÉ