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ORDEN de 27 de febrero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se modifica la Orden de 27 de enero de 2014, por la que se convocan, para el año 2014, subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de grupos de investigación.

Publicado el 19/03/2014 (Nº 55)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, atribuye a este Departamento las competencias en materia de fomento y coordinación de la investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos, así como la promoción y fomento de la actividad investigadora.

Al amparo de dichas competencias y de la planificación de los objetivos perseguidos por el citado Departamento, se aprobó el Decreto 148/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación y sociedad de la información, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa aplicable en esta materia en la Comunidad Autónoma de Aragón.

En concreto, y respecto de las subvenciones en materia de investigación e innovación, el citado Decreto contempla las subvenciones a favor de la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón, indicando el artículo 25, respecto de la tipología de los grupos de investigación, que será la correspondiente convocatoria la que determine la composición exigible para cada una de las categorías de estos grupos.

Con fecha 17 de febrero de 2014 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", la Orden de 27 de enero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan, para el año 2014, subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de grupos de investigación.

De acuerdo con lo dispuesto por el citado artículo 25, en el apartado quinto de la orden de convocatoria, se regulan los criterios de valoración de la composición del grupo de investigación, concretando lo que debe entenderse a efectos de la convocatoria por miembros efectivos y miembros estables del grupo. No obstante, en la definición de miembros efectivos parece no quedar clara la inclusión de los profesores eméritos, por lo que en aras de la seguridad jurídica se considera oportuno incorporar expresamente su inclusión como posible miembro efectivo de un grupo.

En este sentido, procede modificar la mencionada orden por la que se convocan subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón, incluyendo la referencia expresa a los profesores eméritos como posibles miembros efectivos de un grupo de investigación.

En virtud de todo lo expuesto y de acuerdo con las competencias atribuidas al Departamento de Industria e Innovación en el citado Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón y en el Decreto148/2013, de 10 de septiembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Uno. Modificación del punto 1 letra a) del apartado quinto de la Orden de 27 de enero de 2014, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan, para el año 2014, subvenciones a la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de grupos de investigación, que queda redactado en los siguientes términos:

"Quinto.- Criterios de valoración de la composición del grupo.

1. Para la valoración de la composición del grupo de investigación se entenderá por:

a) Miembros efectivos del grupo: aquellos investigadores que, incluidos en la solicitud, sean titulados universitarios y mantengan una vinculación contractual o funcionarial con un organismo o centro de investigación que desarrolle su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón, los profesores eméritos, así como los becarios de investigación pre y postdoctorales procedentes de convocatorias públicas (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Gobierno de Aragón y equivalentes)".

Dos. Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 27 de febrero de 2014.

El Consejero de Industria e Innovación,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ