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RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2014, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de selección para la provisión de dos puestos de Facultativo Especialista de Área de Oftalmología, mediante nombramiento de sustitución de los titulares de las plazas, en el Hospital Universitario "Miguel Servet" de Zaragoza.

Publicado el 20/03/2014 (Nº 56)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

Texto completo:

La Gerencia de Sector de Zaragoza II, en virtud de las competencias delegadas en materia de personal por Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 19, de 15 de febrero de 2006, de conformidad con los artículos 9.4 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, y con los artículos 35 a 37 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los Centros del Servicio Aragonés de Salud, acuerda convocar procedimiento para la provisión, con carácter de sustitución de los titulares de las plazas, de dos puestos de Facultativo Especialista de Área de Oftalmología en el Hospital Universitario "Miguel Servet", con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Número de plazas.

Dos plazas de Facultativo Especialista de Oftalmología.

Segunda.- Características de los puestos de trabajo

a) Tipo de relación. Nombramiento de sustitución por reserva de plaza del titular.

b) Duración. Mientras subsistan las circunstancias que motivan las ausencias de los titulares, así como cuando dichas plazas resulten amortizadas

c) Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana o tarde, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, salvo que se opte por la no percepción del complemento específico y se obtenga la oportuna autorización de compatibilidad.

d) Retribuciones. Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones vigentes de aplicación.

Tercera.- Requisitos de los aspirantes.

) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Estar en posesión del título oficial de Licenciado en Medicina y Cirugía y de Especialista en Oftalmología, expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.

d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa de 65 años.

) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

f) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.

Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de incorporación al desempeño de las funciones.

Cuarta.- Solicitudes y documentación.

Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Zaragoza II, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:

- Copia del DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad.

- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, experiencia profesional, así como actividades formativas, docentes y de investigación.

- El formulario de autobaremación que se acompaña como anexo II.

- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, y sean valorables según el baremo que figura como anexo III, que deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad.

Quinta.- Plazo y lugares de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en las Unidades de Registro del Sector de Zaragoza II, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.

Sexta.- Criterios de selección.

Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento, la idoneidad de los candidatos será valorada por una Comisión de Selección, cuya composición también se hará pública, tomando como base el historial acreditado por cada aspirante, de conformidad con el baremo aplicable que figura como anexo III. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado. La puntuación máxima alcanzable en la valoración de méritos será de 100 puntos.

La Comisión de Selección mantendrá entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de la plaza convocada, cuya puntuación máxima será de 30 puntos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud. En consecuencia, resultaran seleccionados los concursantes que mayor puntuación obtengan en la suma de ambos apartados.

Séptima.- Composición de la Comisión de Selección.

La Comisión encargada de llevar a cabo la selección estará formada por:

Presidente: Gerente de Sector de Zaragoza II o personal en quien delegue.

Vocales: Director del Hospital Universitario "Miguel Servet" o persona en quien delegue.

Un facultativo de la Unidad de Oftalmología.

El Jefe de la Unidad correspondiente.

Un vocal designado por la representación sindical en el Sector II, que ocupe plaza para la que se exija el mismo nivel de titulación que la plaza convocada.

Secretario: La Subdirectora de Gestión de Personal

Octava.- Listado para sucesivas contrataciones.

Conforme al artículo 36 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo ("Boletín Oficial de Aragón", número 55, de 17 de marzo de 2011), de Selección de Personal Estatutario y Provisión de Plazas en el Servicio Aragonés de Salud, con los candidatos declarados aptos se elaborará una lista para sucesivas contrataciones temporales, respetando el orden de prelación establecido por la comisión de selección, que tendrá una vigencia de un año.

Novena.- Publicaciones sucesivas.

A los efectos previstos en el artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se indica que todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios derivados del presente procedimiento selectivo, serán publicados en los tablones de anuncios del Sector Zaragoza II. Así mismo, la resolución que ponga fin al presente procedimiento será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón",

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el titular del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto-Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 22 de enero de 2014.- El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, P.D., Resolución de 27 de enero de 2006 ("Boletín Oficial de Aragón", de 15 de febrero de 2006), el Gerente de Sector de Zaragoza II, José Huelin Domeco de Jarauta.