Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN ECD/1525/2022, de 19 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria del "Premio Guillem Nicolau 2022".

Publicado el 31/10/2022 (Nº 211)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden ECD/905/2022, de 13 de junio, fue convocado el premio "Guillem Nicolau 2022", ("Boletín Oficial de Aragón", número 121, de 24 de junio de 2022), con una dotación de 3.000 euros.

Dicho premio se convocó en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, punto 2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, dirigido a fomentar y difundir la creación literaria escrita en catalán de Aragón, con sujeción a las bases reguladoras aprobadas mediante Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 20, de 31 de enero de 2017, y modificada por Orden ECD/209/2020, de 11 de febrero, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 53, de 16 de marzo de 2020, por la que se establecieron las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón.

De conformidad con la citada Orden de convocatoria y de acuerdo con la valoración emitida por el jurado previsto en el apartado decimoprimero de las bases de la referida Orden, que se ha reunido para valorar la solicitud presentada, ha determinado que esta obra "descriu la societat i el territori d´una comarca aragonesa, el Matarranya, des d´una òptica femenina i feminista amb un llenguatge àgil per la seua riquesa i precisió i de vegades poètic. Alhora mostra la necessitat de continuar lluitant pel reconeixement d´una de les nostres llengües, la catalana, a l´Aragó". El Director General de Política Lingüística ha elevado la correspondiente propuesta definitiva de concesión del premio de acuerdo con lo estipulado en el apartado decimoprimero de la referida Orden, con fecha de 5 de octubre de 2022.

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero.- Otorgar el Premio "Guillem Nicolau 2022", por un importe de 3.000 euros, a doña Marta Momblant Ribas, al haber obtenido la obra presentada "Dona lletra aigua" un total de 77 puntos, de acuerdo con la valoración obtenida una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado decimosegundo de las bases de la Orden de convocatoria.

El jurado ha elegido esta obra porque describe la sociedad y el territorio de una comarca aragonesa, el Matarranya, desde una óptica femenina y feminista con un lenguaje ágil por su riqueza y precisión y en ocasiones, poético. Al mismo tiempo muestra la necesidad de continuar luchando por el reconocimiento de una de nuestras lenguas, la catalana, en Aragón.

El otorgamiento del premio se tramitará como una subvención con cargo a la línea presupuestaria 18020/G/4551/480507/91002, del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El pago se realizará conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón, y la Orden ECD/905/2022, de 13 de junio, por la que se convoca el premio "Guillem Nicolau 2022".

Segundo.- En cuanto a las obligaciones de los beneficiarios se estará a lo especificado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; en el artículo 8 de la Orden ECD/48/2017, de 10 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de los premios de creación literaria y artística en aragonés y catalán de Aragón, y en la Orden ECD/905/2022, de 13 de junio, por la que se convoca el premio "Guillem Nicolau 2022".

En el supuesto de incumplimiento de cualquiera de las normas aplicables, se procederá a declarar la pérdida del derecho parcial o total al cobro de la misma, o a su reintegro y al ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.

Tercero.- El adjudicatario de esta ayuda está obligado a suministrar información sobre la ayuda concedida en los términos establecidos en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

Cuarto.- La presente Orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón" y en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. Asimismo, se publicará la concesión de ayuda en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la Orden de resolución en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 19 de octubre de 2022.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO