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RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2021, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se delega en el Secretario General Técnico del Departamento de Sanidad la competencia para la convocatoria y gestión de listas de espera de personal interino de la clase de Especialidad Veterinarios de Administración Sanitaria.

Publicado el 02/02/2021 (Nº 21)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

La disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2021, atribuye a la dirección general competente en materia de función pública la competencia para la convocatoria y gestión de la lista de espera de personal interino para puestos de la clase de Especialidad Veterinarios de Administración Sanitaria.

Hasta la entrada en vigor de la Ley 4/2020, de 30 de diciembre, dicha competencia la tenían atribuida, conjuntamente, los Secretarios Generales Técnicos de los Departamentos de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y de Sanidad, según disponía el artículo 11. 3 del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Dicha competencia les venía atribuida, precisamente, para poder gestionar de una manera más ágil y eficaz la contratación de personal interino de esta clase de especialidad, dado que, se trata de un colectivo que se encuentra adscrito en su totalidad a los precitados Departamentos.

El artículo 9 de la Ley 40/2005, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su apartado 1, establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.

Con una redacción análoga, el apartado 1 del artículo 34 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Texto Refundido se aprueba por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos aun cuando éstos no sean jerárquicamente dependientes de los delegantes y su apartado 4 determina que las competencias de los Directores Generales serán delegables previa autorización expresa del titular del Departamento.

Dada la experiencia adquirida por los Departamentos de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y de Sanidad para convocar y gestionar las listas de espera de personal interino para puestos de la clase de Especialidad Veterinarios de Administración Sanitaria a lo largo de los años y su conocimiento de las peculiaridades de esta clase de Especialidad siendo este último Departamento, en concreto, quien venía gestionando la lista de dicha clase de especialidad, se considera que, en aras de la eficacia y eficiencia administrativa, sería aconsejable que la gestión de la competencia no sufriera cambios y continuase ejerciéndose en la misma forma.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34.4 y 35 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Texto Refundido se aprueba por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y previa autorización del Consejero de Hacienda y Administración Pública, en fecha 12 de enero de 2021, resuelvo:

Primero.- Delegar en la Secretaría General Técnica del Departamento de Sanidad la competencia para confeccionar y gestionar las listas de espera de personal interino de la clase de especialidad Veterinarios de Administración Sanitaria.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios se reserva la competencia de aprobación de las listas de espera derivadas de los procesos selectivos de la precitada clase de especialidad, conforme al procedimiento previsto en el artículo 38.1 del Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- El ejercicio de la competencia delegada en esta Resolución se ajustará a lo dispuesto en los artículos 34, 35 y 37 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Texto Refundido se aprueba por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, así como a los criterios establecidos con carácter general por parte de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Tercero.- Ordenar la publicación de la presente delegación de competencias en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.1 de la precitada Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 12 de enero de 2021.

El Director General de la

Función Pública y Calidad de los Servicios,

ESTEBAN DEL RUSTE AGUILAR