DECRETO 102/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Foz-Calanda, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal.
DECRETO 102/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Foz-Calanda, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Foz-Calanda, de la provincia de Teruel, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día de 27 de mayo de 2008,
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Foz-Calanda, de la provincia de Teruel, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
Escudo cuadrilongo de base redondeada. De azur, puente de plata de un ojo, mazonado de sable y sumado de un ciprés de oro; en punta, una hoz de oro, puesta en faja. Al timbre, la Corona del Escudo de España.
Bandera: Paño azul, de proporción 2:3, ancho por largo; con un arco blanco al asta, que encierra una hoz amarilla; una faja amarilla desde el arco al batiente.
Zaragoza, 27 de mayo de 2008.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Consejero de Política Territorial, Justicia
e Interior, ROGELIO SILVA GAYOSO