Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 16 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de cebo con capacidad para 375 UGM, ubicada en la parcela 41 del polígono 16, en el municipio de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), ampliando la capacidad a 561,60 UGM (4.680 plazas), y promovida por Granja Usán Conde, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/05631).

Publicado el 27/11/2015 (Nº 230)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 8 de junio de 2015, se registra escrito, presentado en este Instituto, por D. Pedro Usán Conde, en representación de Granja Usán Conde, S. C., con CIF: J99115594, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, en base a la modificación no sustancial, aprobada por Resolución de 26 de enero de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 16 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 141, de 1 de diciembre de 2004.

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 24 de octubre de 2014, se actualizó dicha autorización ambiental integrada a su titular, Granja Usán Conde, S. C. (Número Expte. INAGA 500601/02/2014/09865).

Tercero.- Mediante Resolución de 21 de mayo de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada por incremento de capacidad y modificación de las construcciones en la explotación porcina de cebo hasta 561,60 UGM (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/04392).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 16 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Calidad Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la construcción de una explotación porcina de cebo con capacidad para 375 UGM, ubicada en la parcela 41, del polígono 16, en el municipio de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y promovida por Granja Usán Conde, S. C., en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

Los puntos 2 y 2.1 de la resolución quedarán sustituidos por los siguientes:

"2. Se otorga la autorización ambiental integrada a Granja Usán Conde, S. C, con CIF: J99115594, para la instalación de una explotación porcina para cebo con una capacidad equivalente a 561,60 UGM, a ubicar en el polígono 16, parcela 41, del término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), con unas coordenadas UTM ETRS89 (huso 30) de: X = 649.668 - Y = 4.654.838. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación:

2.1. Las instalaciones proyectadas autorizadas para el desarrollo de la actividad se corresponden con: tres naves de cebo, idénticas, de dimensiones 90 x 14 m; una caseta empleada como vestuario, de 16 x 6 m; una balsa de purines con una capacidad útil de 5.568 m³; una fosa de cadáveres con capacidad útil para 57,60 m³; una balsa de agua con capacidad útil para 6.880 m³; un depósito de agua 15 m³; vado de desinfección y vallado perimetral de la explotación".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 5 de noviembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS