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ANUNCIO del Servicio Provincial de Huesca, por el que se anuncia licitación para la enajenación, mediante procedimiento abierto con único criterio de adjudicación (subasta), de aprovechamiento forestal de madera en el Monte de Utilidad Pública número 402 Basarán, perteneciente a la Comunidad Autónoma de Aragón, recogido en el Plan Anual de Aprovechamientos de 2015 de la provincia de Huesca.

Publicado el 05/10/2015 (Nº 193)
Sección: V. Anuncios - a) Contratación de las Administraciones Públicas
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Se convoca el procedimiento abierto con único criterio de adjudicación (subasta) para la adjudicación del aprovechamiento forestal de madera del Monte de Utilidad Pública número 402 Basarán sito en el término municipal de Broto. El lote a subastar, queda incluido en la Resolución de 12 de enero de 2015, de la Dirección General de Gestión Forestal, por la que se aprueba el Plan Anual de Aprovechamientos de la provincia de Huesca para el año 2015.

a) Organismo: Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

a) Descripción del objeto: Enajenación de aprovechamiento forestal de maderas.

b) Lugar de ejecución: Basarán (término municipal de Broto).

c) Plazo de ejecución: 3 años.

d) Cantidad: Se estima un mínimo de 2000 Tm a liquidación final. El máximo a extraer vendrá determinado por el tipo de tratamiento y superficie indicado en el pliego de condiciones técnicas del aprovechamiento.

a) Tipo: Procedimiento simplificado (artículo 10 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón).

b) Procedimiento de adjudicación: Abierto.

c) Criterio de valoración de ofertas: Único criterio de adjudicación el económico (subasta).

4. Tasación base de licitación: 2 euros por tonelada (sin IVA).

5. Obtención de documentación e información (pliegos de condiciones).

a) Entidad: Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

b) Domicilio: C/ General Lasheras, 8.

c) Código postal y localidad: 22071 - Huesca.

d) Teléfono: 974 29 32 01; 974 29 32 07. Fax: 974 29 31 90.

e) Correo electrónico: aprovechamientos@aragon.es / gestionforestalhu@aragon.es

6. Presentación de las proposiciones.

a) Plazo o fecha límite de presentación:

Durante las horas de atención al público y dentro del plazo de los diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón",; en el caso de que dicho plazo terminase en sábado ó festivo, el plazo se prorrogará hasta el siguiente día hábil.

b) Lugar de presentación:

-Registro del Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, se encuentra en plaza Cervantes, número 1, planta tercera. Código postal 22071 - Huesca.

-También podrán presentarse por correo, dentro del mismo plazo expresado, debiendo justificarse la fecha en que se hace el envío en la Oficina de Correos y anunciar al Servicio Provincial la remisión de la presentación, mediante fax o telegrama, en el mismo día.

7. Documentación a presentar:

Las proposiciones para optar a la subasta se presentarán en un único sobre cerrado. El encontrarse el sobre abierto será motivo de exclusión.

No es necesaria la presentación de DNI, bastanteo o ningún otro documento. Únicamente debe rellenarse y firmarse convenientemente el sobre según lo indicado en el punto 8 y la hoja que debe ir en el interior según lo indicado en el punto 9.

8. Sobre de presentación.

Parte exterior del sobre. En la parte exterior del sobre deberá aparecer lo siguiente:

Apellidos Nombre/Razón Social:

Monte: 402 BASARÁN. Clase de aprovechamiento: Maderas.

Firma:

9. Interior del Sobre. Dentro del sobre deberá aparecer únicamente el modelo único anexo a este anuncio convenientemente rellenado.

10. Comprobación de la documentación.

En relación con los artículos 15 y 16 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, se recuerda que: "La presentación de la propuesta por el interesado para concurrir en un procedimiento de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir tanto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón." Y en relación con lo relativo a la acreditación de la identidad de las personas físicas (artículo 16): "La presentación de la propuesta por el interesado para concurrir en un procedimiento de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos conllevará el consentimiento para que el órgano gestor realice las comprobaciones correspondientes".

11. Documentación a presentar por el licitador que resulte adjudicatario tras la subasta.

En cuanto a la capacidad de representación de las personas jurídicas, se recuerda que el licitador en la declaración responsable indicada en el punto 9, se declara con la suficiente capacidad de representación. Por tanto y en base a lo indicado en el artículo 9. f de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar en el plazo de cinco días hábiles el documento que acredite la personalidad del licitador, y en su caso, la representación que ostente. Quienes comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Asesoría Jurídica de la Diputación General de Aragón, y fotocopia legitimada notarialmente o compulsada por el Órgano Administrativo competente, de su D.N.I. o del documento que, en su caso le sustituya reglamentariamente.

12. Otras informaciones.

a) Podrán tomar parte en la subasta todos los licitadores que estén facultados para contratar con la Administración, según lo establecido en los artículos 54 a 59 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y no concurra en ellos ninguna de las circunstancias que implican una prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 de dicha Ley.

b) La renuncia del aprovechamiento sin causa justificada o no aceptada, limitará la presentación a los procesos de adjudicación en los tres años siguientes.

c) Dentro del plazo de los quince días hábiles siguientes al de notificación de la adjudicación definitiva, los adjudicatarios deberán constituir la garantía definitiva en el tiempo y forma que se les indique desde el Servicio Provincial de Huesca del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.

d) Los adjudicatarios quedarán obligados a abonar el importe anticipado de la anualidad que corresponda, las tasas, factura y fianzas en los plazos reglamentariamente establecidos.

e) El importe definitivo de las tasas se calculará cuando se emita el Impreso de liquidación de tasas según las tarifas vigentes en esa fecha.

f) No efectuar los correspondientes pagos en los plazos reglamentariamente establecidos supondrá la anulación de la adjudicación, con pérdida de la fianza y sin perjuicio de las responsabilidades que se pudieran exigir. En este caso se procederá a adjudicar al siguiente licitador, según el orden de prelación establecido en la subasta.

g) Se significa que, de conformidad con lo establecido en el artículo 423 del Reglamento de Montes, el adjudicatario que no se proveyere de la licencia en el tiempo previsto en el artículo 216 del precitado Reglamento o no hiciese operación alguna en el monte dentro de los plazos de cada adjudicación, será sancionado con multa del cinco al quince por ciento del importe del remate, según la importancia y trascendencia del daño resultante, pudiéndose declarar cancelada la adjudicación.

h) Se efectuará la adjudicación provisional al mejor postor. Si hubiera empate, se decidirá por sorteo.

13. El incumplimiento del contrato, en cualquier momento del mismo así como el incumplimiento de las condiciones establecidas en el pliego de condiciones, llevará consigo la rescisión del contrato y podrá ser motivo de prohibición de contratar en posteriores contratos con la administración, en relación a lo indicado en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Huesca, 17 de septiembre de 2015.- El Director del Servicio Provincial. P.S.R. (Artículo 10.3 Decreto 74/2000, de 11 de abril). El Secretario Provincial, Pedro Uldemolins Julve.