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ORDEN de 26 de junio de 2001, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara la fiesta dedicada a San Lorenzo de Huesca como fiesta de interés turístico de Aragón.

Publicado el 11/07/2001 (Nº 82)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO

Texto completo:

ORDEN de 26 de junio de 2001, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara la fiesta dedicada a San Lorenzo de Huesca como fiesta de interés turístico de Aragón.

Visto el expediente iniciado por el Patronato Municipal de Turismo de Huesca solicitando la declaración de la fiesta dedicada a San Lorenzo de Huesca, que se celebra el 10 de agosto, como Fiesta de Interés Turístico de Aragón, y habiendo quedado acreditado en dicho expediente que dicha fiesta reúne los requisitos establecidos en el Decreto 58/1991, de 4 de abril, y que se ha aportado la documentación requerida en la citada normativa.

Visto el informe favorable del Director General de Turismo de fecha 25-6-01 que antecede y dado que ha quedado plenamente constatado que la celebración de la fiesta dedicada a San Lorenzo de Huesca forma parte de la herencia cultural de esta ciudad, constituyendo un conjunto complejo de formas religiosas y profanas, así como de tradiciones e innovaciones, habiendo sobrepasado la consideración meramente sociológica y religiosa para convertirse en un fenómeno turístico con gran atracción de visitantes, dispongo: Primero: Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 58/1991, de 4 de abril, por el que se crea la calificación "Fiesta de Interés Turístico de Aragón", se declara la fiesta celebrada en honor a San Lorenzo de Huesca como Fiesta de Interés Turístico de Aragón con código F.I.T.A. 16.

Segundo: Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa en virtud de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 11 /1996, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a partir de su notificación y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Igualmente, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Cultura y Turismo en el plazo de un mes.

Zaragoza, 26 de junio de 2001.

El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO