ORDEN ICD/889/2020, de 11 de septiembre, complementaria de la Orden ICD/690/2020, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen autónomo y pequeñas y medianas empresas del sector turístico aragonés afectadas por la crisis de la COVID-19.

Publicado el 21/09/2020 (Nº 188)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL
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Texto completo:

Con fecha 3 de enero de 2020 fue publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 152, la Orden ICD/690/2020, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen autónomo y pequeñas y medianas empresas del sector turístico aragonés afectadas por la crisis de la COVID-19.

En el artículo 4 punto 1 de la mencionada Orden se establece que las ayudas convocadas por medio de la presente Orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 19050/G/7511/470136/91019 (PEP 2006/000379) de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2020, asignando a este fin un importe total de 4.000.000 de euros. Las resoluciones de concesión de subvención otorgadas al amparo de esta convocatoria, quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del citado ejercicio.

Asimismo, en el artículo 4, punto 2 se considera que dicho crédito podrá ser incrementado hasta 2.000.000 de euros, previa tramitación del correspondiente expediente de gasto, procediendo a su publicación, sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, con el artículo 58.2 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

En la reunión de Consejo de Gobierno de fecha 1 de julio de 2020 se acuerda tomar conocimiento de los créditos que de acuerdo con el artículo 2 del Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica de Aragón, a los efectos de lo establecido en el artículo 6 de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2020, tienen la consideración de créditos ampliables. Quedando incrementada en una cuantía de 2.000.000 euros la aplicación 19050/G/7511/470136/91019 (PEP 2006/000379) para proporcionar cobertura financiera a la Convocatoria de ayudas urgentes a autónomos y pymes afectados por el COVID-19.

Dado que los beneficiarios de esta ayuda pueden ser empresarios autónomos o pymes que sean titulares de establecimientos de alojamiento hotelero, de apartamentos turísticos, de alojamiento de turismo rural, de camping, de albergues y refugios, de restaurantes y cafeterías, así como, titulares de actividades de turismo activo, de agencias de viajes o guías de turismo, inscritos en el Registro de Turismo de Aragón, se ha producido un volumen de solicitudes superior a lo previsto inicialmente lo que aconseja utilizar todos los créditos disponibles para atender la necesidad que plantea el sector afectado por la crisis de la COVID-19.

En virtud de ello, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, y el artículo 10 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente del Gobierno de Aragón, dispongo:

Primero.- Autorizar el incremento de los créditos previstos en la Orden ICD/690/2020, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a personas trabajadoras en régimen autónomo y pequeñas y medianas empresas del sector turístico aragonés afectadas por la crisis de la COVID-19 con un importe de 2.000.000 con cargo a la aplicación presupuestaria 19050/G/7511/470136/91019 (PEP 2006/000379) del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el año 2020,

Por lo que quedan fijados los siguientes importes:

Consignación presupuestaria inicial: 4.000.000 euros

Incremento actual: 2.000.000 euros

Total: 6.000.000 euros

Segundo.- Los créditos publicados tienen el carácter de máximos, y no podrán concederse subvenciones una vez agotados.

La publicación de los créditos definitivos no implica la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo computo de plano para resolver.

Zaragoza, 11 de septiembre de 2020.

El Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad,

y Desarrollo Empresarial,

ARTURO ALIAGA LÓPEZ