RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2019, del Director General de Administración Local, de propuesta de Resolución provisional de la convocatoria de las subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia.

Publicado el 09/08/2019 (Nº 156)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
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Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 71. 5.º, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de régimen local y, en concreto, la relativa a las relaciones para la cooperación y colaboración entre los entes locales y entre éstos y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia, establece que las competencias en cuanto a la gestión de la cooperación económica local de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón corresponden a la Dirección General de Administración Local.

El pasado 29 de mayo de 2018 se suscribió un convenio entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Aragón para la financiación de inversiones en la provincia de Teruel (Fondo de Inversiones de Teruel 2018) que continúen favoreciendo la generación de renta y riqueza en dicha provincia.

El convenio relaciona un conjunto de líneas de actuación entre las que se encuentra la dedicada a infraestructuras municipales y su ejecución por las entidades locales en cuyo término se desarrollen.

La Comisión de Seguimiento del convenio, como órgano paritario competente para adscribir los recursos a los distintos proyectos de inversión, acordó en su reunión de 24 de julio de 2018 destinar siete millones trescientos mil euros a la realización de Infraestructuras Municipales.

Mediante la Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 58, de 25 de marzo de 2019, se convocaron subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia.

Una vez evaluadas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en el apartado sexto de la Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo, y emitido informe por la Comisión de Valoración, base de propuesta de Resolución del órgano instructor, el Director General de Administración Local, a la vista del expediente y del citado informe, y conforme a lo establecido en el apartado decimosegundo de la citada Orden, formula la siguiente propuesta de Resolución provisional:

Primero.- Estimar totalmente las solicitudes de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia que figuran como anexo I a la presente propuesta de Resolución provisional, por un importe global de un millón ochocientos veintiséis mil setecientos catorce euros con noventa y seis céntimos de euro (1.826.714,96 €) indicando los municipios beneficiarios, objeto de la subvención e importes concedidos y puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en la convocatoria mediante Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo.

Segundo.- Estimar parcialmente las solicitudes de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia que figuran como anexo II a la presente propuesta de Resolución provisional, por un importe global de cinco millones cuatrocientos diez mil ochocientos treinta euros con cincuenta y un céntimos de euro (5.410.830,51€), indicando los municipios beneficiarios, objeto de la subvención e importes concedidos, la puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en la convocatoria mediante Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo y motivos de la estimación parcial.

Tercero.- Desestimar, por rebasar la cuantía máxima de crédito prevista en la Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo, las solicitudes de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia que se detallan en el anexo III a la presente propuesta de Resolución, indicando la puntuación obtenida en cada uno de los criterios de valoración previstos en la convocatoria mediante Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo.

Cuarto.- Desestimar las solicitudes de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia que se detallan en el anexo IV a la presente propuesta de Resolución provisional indicando las razones de desestimación de la solicitud en cada caso.

Quinto.- Desestimar por renuncia la solicitud de subvención con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 para infraestructuras municipales de dicha provincia, que figura como anexo V a la presente propuesta de Resolución provisional.

Sexto.- Las actuaciones subvencionadas se financian con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Aragón:

10030 1252 760059 32200: 3.650.000 €.

10030 1252 760059 91001: 3.650.000 €.

Séptimo.- El plazo para la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención serán las inversiones realizadas y pagadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 10 de junio de 2020.

Octavo.- Los beneficiarios de las subvenciones cumplirán con carácter general con las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria; en concreto las obligaciones previstas en el apartado decimocuarto y decimoquinto, así como demás normativa aplicable, en especial aquella necesaria para dar cumplimiento de la finalidad objeto de la subvención.

Noveno.- Además de las causas de incumplimiento del beneficiario recogidas en la Orden de convocatoria y demás normativa de aplicación se iniciará expediente de reintegro total de la subvención e intereses que pudieran corresponder en el supuesto de incumplimiento del beneficiario de elaborar proyecto técnico base de la licitación cuando así lo exija la normativa.

Décimo.- Notificar la presente propuesta de Resolución provisional de la convocatoria de subvenciones con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2018 en el "Boletín Oficial de Aragón", de acuerdo con los dispuesto en el apartado decimosegundo de la Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo.

Decimoprimero.- En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de la Resolución de la Dirección General de Administración Local por la que se anuncia la publicación de la presente propuesta de Resolución provisional, los interesados podrán presentar alegaciones que serán estudiadas.

Decimosegundo.- La Resolución definitiva de concesión de subvenciones será mediante Orden del Consejero de Presidencia. Las subvenciones resueltas favorablemente en las cuantías aprobadas serán notificadas a los interesados y publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón".

Decimotercero.- En el plazo de tres meses desde la notificación favorable de la concesión por el Departamento de Presidencia, la entidad de derecho público "Instituto Aragonés de Fomento", como entidad colaboradora en relación a la línea de ayudas a infraestructuras municipales procederá al pago anticipado de las subvenciones en las cuantías aprobadas y conforme a lo establecido en el artículo decimosexto de la Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo.

Decimocuarto.- La presentación de la solicitud de la subvención conlleva la aceptación de la misma, que en su caso sea concedida, de acuerdo con el apartado octavo de la Orden PRE/265/2019, de 14 de marzo.

Decimoquinto.- La presente Resolución provisional queda condicionada al cumplimiento, por parte de los ayuntamientos, con carácter previo a obtener la condición de beneficiario, de los requisitos establecidos en el artículo 13.2. e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Decimosexto.- La presente Resolución provisional no crea derecho alguno frente a la administración a favor de los beneficiarios propuestos en la misma mientras no se haya notificado la Resolución definitiva de concesión según establece el artículo 22.5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Zaragoza, 5 de agosto de 2019.

El Director General de Administración Local,

SERGIO PÉREZ PUEYO