ORDEN PRE/486/2019, de 26 de marzo, por la que se dispone la publicación del convenio específico de colaboración para el año 2018, entre el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud y la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Aragón.

Publicado el 17/05/2019 (Nº 94)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
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Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios, con el número 2019/7/0024, el convenio de colaboración suscrito, con fecha 28 de diciembre de 2018, por la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud y el Director Científico y Ejecutivo del Instituto de Investigación Sanitaria Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio de colaboración que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 26 de marzo de 2019.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN PARA EL AÑO 2018 ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE CIENCIAS DE LA SALUD Y LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN SANITARIA ARAGÓN

En Zaragoza, a 28 de diciembre de 2018.

Por el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, Dña. Sandra García Armesto en su calidad de Directora Gerente del mismo, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 70 de la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón.

Por la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Aragón, D. Ángel Lanas Arbeloa en su calidad de Director Científico del Instituto de Investigación Sanitaria Aragón y Director Ejecutivo por Resolución de la Presidenta del Patronato de la Fundación IIS Aragón, de 13 de septiembre de 2018.

El Gobierno ha autorizado la celebración de este convenio según Acuerdo de su Consejo, celebrado el día 18 de diciembre de 2018,

Primero.- Que con fecha 5 de diciembre de 2014 ambas partes firmaron un convenio Marco de Colaboración en el que se establece en su cláusula tercera que anualmente se procederá a la firma de convenios específicos, dentro del marco general del convenio Marco, en los que se detallarán las prioridades de colaboración y las contraprestaciones en investigación, formación, apoyo a la investigación, documentación y otras a establecer.

Que el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, en adelante IACS, se crea como entidad de Derecho Público adscrita al Departamento responsable de Salud y dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, y plena capacidad para el cumplimiento de los fines de colaboración en el desarrollo de los servicios del Sistema de Salud de Aragón, mediante la formación de los recursos humanos, el fomento de la investigación, la asesoría y cooperación y el aumento del conocimiento sobre la salud de la población y sus determinantes (artículo 64 de la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón).

La misión del IACS es potenciar la gestión del conocimiento, entendida como la gestión del capital intelectual (tácito o explícito) del Servicio Aragonés de Salud (en adelante SALUD) para identificar, crear, almacenar, transmitir y utilizar de forma eficiente el conocimiento individual y colectivo de los profesionales y otros trabajadores para resolver problemas, mejorar la atención e innovar servicios. Con fecha 14 de noviembre de 2003 el IACS y el SALUD firmaron un convenio Marco de Colaboración que regula sus relaciones.

Segundo.- Que con fecha 27 de octubre de 2014, fue firmado Acuerdo fundacional entre el Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, el Servicio Aragonés de Salud y la Universidad de Zaragoza para la creación de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Aragón (IIS Aragón).

Que con fecha 6 de mayo de 2015 el IIS Aragón obtiene la acreditación como Instituto de Investigación Sanitaria conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, del Ministerio de Sanidad y Consumo, con objeto de desarrollar e integrar armónicamente la investigación básica y aplicada, clínica y de salud pública, potenciando la investigación traslacional en el contexto del Complejo Hospitalario constituido por el Hospital Universitario Miguel Servet y el Hospital Clínico Universitario Lozano Blesa así como en el ámbito de los centros de atención primaria del SALUD y Centros de la UNIZAR y el IACS, a efectos de Innovación, Desarrollo e Investigación Biomédica.

Tercero.- Que las partes, en su necesidad de concretar la forma de gobernanza y gestión del Instituto de Investigación Sanitaria Aragón, que permita diseñar estrategias de planificación, optimizar las actuaciones previstas y promueva una mayor colaboración entre los distintos agentes biomédicos del Sistema de Salud de Aragón implicados, y con objeto de dar cumplimiento a lo establecido para los Institutos acreditados por el Instituto de Salud Carlos III, exige llegar a acuerdos específicos entre el IACS y el IIS Aragón, de larga duración y revisables periódicamente, que regulen las transacciones entre ambas instituciones.

Por ello proceden a la firma del presente convenio específico, en base a los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Objeto. El presente convenio Específico de Colaboración tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración entre ambas partes suscribientes, en el marco y bajo las condiciones del Acuerdo fundacional de 27 de octubre de 2014 en general, y el mencionado convenio Marco de 5 de diciembre de 2014. En concreto las condiciones en las que se desarrollarán las siguientes colaboraciones:

1. La contribución activa para facilitar los instrumentos de gestión de sus respectivas funciones, en concreto del personal y recursos de desarrollo de labores de apoyo y gestión de la investigación, y las compensaciones económicas que de ello deriven.

2. El establecimiento de un sistema de participación en overheads provenientes de proyectos realizados por investigadores propios del IACS, gestionados por la Fundación IIS Aragón.

3. Liquidación de los haberes económicos del periodo comprendido desde el uno de enero al treinta y uno de diciembre de 2017.

Segundo.- Compromisos de las partes.

1. Instrumentos de gestión.

La Fundación IIS Aragón asumirá las siguientes obligaciones:

1. La obligación de solicitar al IACS, autorización para que investigadores en nómina del IACS soliciten proyectos a través de la Fundación IIS Aragón, según el modelo previsto en el anexo 1.

2. La Fundación IIS Aragón seguirá asumiendo la coordinación y la gestión de la investigación de ensayos clínicos, EPAs, No EPAs y PIs tal y como se recoge en la Instrucción vigente al efecto, tanto titularidad del IIS Aragón como del IACS. Tanto los anteriores al nacimiento de la Fundación como los posteriores, haciéndolo de forma trazable y por cuenta de cada institución.

El IACS se compromete a:

1. Mantener la adscripción al IIS Aragón para las actividades derivadas de este convenio, de personal de administración o de servicios del IACS.

2. Contribuir conjuntamente con los Servicios Científico Técnicos, Biobanco del Sistema de Salud de Aragón, Oficina de Transferencia de Resultados, Biblioteca virtual, y demás competencias y recursos de que dispusiere el IACS para que el IIS Aragón pueda conseguir sus fines y realizar su labor a través de sus instrumentos propios de gestión.

2. Participación en Overheads.

Es interés de las partes permitir la participación de investigadores contratados por el IACS para trabajar en proyectos solicitados y gestionados a través de la Fundación IIS Aragón, respetando las condiciones que a continuación se detallan.

La Fundación IIS Aragón se compromete a cumplir con los compromisos económicos que esto supone, en concreto:

a) Cuando ello sea posible, en función de las características de la convocatoria, el IACS aparecerá como socio o tercera parte del proyecto de investigación.

b) En aquellos casos de proyectos conseguidos por los investigadores IACS en que el IACS no conste como socio o tercera parte, los overheads se repartirán a partes iguales, según el apartado 1 del anexo 1 del Artículo 17 del Acuerdo fundacional del 27 de octubre de 2014 entre la Fundación IIS Aragón y el IACS. Ver anexo 2

Artículo 17. "Proyectos, contratos y convenios

1. Cuando la actividad investigadores se realice en espacios no cedidos al IIS Aragón, la entidad propietaria de estos espacios recibirá un 50 % del importe total de los costes indirectos generados por dicha actividad".

c) Otros supuestos acordados entre las instituciones.

3. Liquidación económica.

Con objeto de unificar en una misma justificación económica, todas las compensaciones anuales entre ambas entidades, se incluyen:

1. El importe correspondiente a la aportación solidaria de la Fundación IIS Aragón a los gastos generales del CIBA de forma proporcional al espacio que ocupa el IIS en el mismo, según el apartado 6. segundo del convenio Específico entre el IACS y la UNIZAR para el establecimiento de un Plan de Gestión que regula los aspectos económicos y administrativos del CIBA y de los Servicios Científico-Técnicos Conjuntos.

2. El importe del resto de conceptos económicos, referidos al ejercicio 2017, se describe en el anexo 2.

Así, la cuantía total a aportar por la Fundación IIS Aragón al IACS asciende a la cantidad de 105.543,05 €

Por otro lado, la cuantía total a aportar por el IACS a la Fundación IIS Aragón asciende a la cantidad de 92.353,45€

Esto supone un ingreso para el IACS a aportar por la Fundación IIS Aragón de 13.189,60 €

Vigencia.

El presente convenio se suscribe con efectos de 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, pudiendo ser prorrogado anualmente mediante adenda donde se detallen los objetivos específicos y las aportaciones económicas que correspondan de los periodos pendientes de liquidación.

Resolución.

El presente convenio podrá quedar resuelto por las siguientes causas:

1.º Incumplimiento de los compromisos recogidos en el presente convenio.

2.º Cambio de destino del objeto del convenio sin el consentimiento expreso y por escrito del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud.

En el caso de incumplimiento por parte de la Fundación IIS Aragón, el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud tendrá derecho al abono de la aportación de acuerdo con las normas establecidas en el presente convenio y los correspondientes intereses de demora.

Marco jurídico.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando en el ámbito de lo establecido en el artículo 4.1.c del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y, consiguientemente, regulándose por sus propias normas y por las previstas en el Decreto Legislativo 2/2000, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las cuales serán de aplicación para la Resolución de las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Jurisdicción.

Las dudas y controversias que puedan surgir con motivo de la interpretación y aplicación del presente convenio, y que no puedan ser resueltas en el seno de la Comisión de Gestión y Seguimiento, se resolverán por el Consejero del Departamento responsable de Salud, y en su caso de conformidad con las normas aplicables en Derecho, y ante los órganos de la Jurisdicción Contencioso-administrativa con sede en Zaragoza.

Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes arriba indicadas firman el presente convenio de colaboración.