RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2017, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado de Formación Profesional Específica "Formacciona" de Zaragoza.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular del Centro Privado de Formación Profesional Específica "Formacciona", con domicilio en la calle Asín y Palacios, 18, de Zaragoza, solicitando autorización para la apertura y funcionamiento de un Centro.
Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados, y por la Inspección de Educación del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, con relación al equipamiento requerido para impartir dichas enseñanzas.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:
Primero.- Autorizar la apertura y funcionamiento, con efectos desde el 3 de noviembre de 2017, del centro docente privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Formación Profesional Específica
Denominación específica: "Formacciona".
Titular: FL Consulting Formación e Investigación, S. C.
Código: 50019640.
Domicilio: C/ Asín y Palacios, 18.
Localidad: Zaragoza.
Municipio: Zaragoza.
Provincia: Zaragoza.
Enseñanzas que se autorizan:
Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.
Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.
Sexto.- Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.
Zaragoza, 2 de noviembre de 2017.
El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS