DECRETO 271 /2001, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita de un terreno, acordada por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) destinado a la ubicación del centro de Educación Secundaria "Cabañas".

Publicado el 21/11/2001 (Nº 137)
Sección: BOA III. Otras disposiciones y acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
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Texto completo:

DECRETO 271 /2001, de 6 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita de un terreno, acordada por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) destinado a la ubicación del centro de Educación Secundaria "Cabañas".

Con fecha 27 de diciembre de 1984 el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza) adoptó un acuerdo por el que aprobó la cesión gratuita a la Administración del Estado (Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia) de un terreno de 12.500 metros cuadrados de superficie, a segregar de una finca de 22.955 metros cuadrados, destinado a la construcción de un Instituto Nacional de Enseñanzas Medias. Dicho Acuerdo no se llegó a formalizar en el correspondiente documento público de segregación y cesión.

En virtud del Real Decreto 1983/1998, de 18 de septiembre, sobre transferencias de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria, se produjo el traspaso del Instituto de Educación Secundaria "Cabañas", ubicado en el referido terreno.

En consecuencia, y al objeto de proceder a la depuración jurídica del derecho transmitido a la Comunidad Autónoma de Aragón, resulta necesaria la aceptación de dicha cesión y la formalización de la preceptiva escritura pública de donación.

La Dirección General de Administración Local y Política Territorial ha tomado conocimiento de esta cesión, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 109 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

En su virtud, previo dictamen de la Dirección General de Servicios Jurídicos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51.1 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2000, de 29 de junio, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día, 6 de noviembre de 2001,

DISPONGO:

Primero.--Aceptación de la cesión.

Se acepta la cesión gratuita, acordada por el Ayuntamiento de La Almunia de Doña Godina (Zaragoza), del terreno de titularidad municipal que a continuación se describe: "Porción de terreno con la calificación jurídica de bien de propios, sito en la Partida Campo Bajero, del término municipal de La Almunia de Doña Godina, afectado a servicio público, con una extensión superficial de una hectárea, veinticinco áreas y 0 centiáreas, que tiene los linderos siguientes: Norte, resto de la finca matriz de la que se segrega; Sur, Josefa Ros Rivera y Matilde Soria Moreno, mediante brazal y Ernesto Gasca Yus; Este, Carretera de Cariñena, mediante brazal y 16 metros lineales de confrontación, y herederos de Mariaño Martínez García, y Oeste, Camino de la Hilera, en parte mediante brazal." Dicha finca se segregará de la inscrita en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, al Tomo 1209, folio 191, finca 3725, inscripción 9ª, cuya descripción es la siguiente: "Rústica: Campo en La Almunia, partida Campo Bajero, de dos hectáreas, veintinueve áreas, cincuenta y cinco centiáreas.

Linda: Norte, Carretera de Cariñena, mediante brazal y Camino de La Hilera; Sur, Josefa Ros Rivera y Matilde Soria Moreno, mediante brazal y Ernesto Gasca Yus; Este, Carretera de Cariñena, mediante brazal y herederos de Mariano Martínez García; y Oeste, camino de la Hilera, en parte mediante brazal. Parcela 1 polígono 42.

Valoración: 17.706.000 pesetas (106.415,203 euros).

Segundo.--Destino y adscripción.

El terreno cedido se destina a la ubicación de un Centro de Enseñanza Secundaria Obligatoria y deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad de La Almunia de Doña Godina, para su ulterior afectación y adscripción al Departamento de Educación y Ciencia.

Tercero.--Formalización.

Se faculta al Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y a la Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio, o persona en quien deleguen, para que cualquiera de ellos, indistintamente, en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, formalicen cuantos documentos sean necesarios para la efectividad de este Decreto.

Cuarto.--Gastos e impuestos.

Los gastos e impuestos que se deriven del otorgamiento de la escritura de donación serán de cargo de la parte donataria, y los correspondientes a la segregación, de cargo de la parte cedente.

Dado en Zaragoza, 6 de noviembre de 2001.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, EDUARDO BANDRES MOLINE