RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2017, de la Gerencia de Sector de Zaragoza II, por la que se convoca procedimiento de selección, para la provisión, con carácter temporal, de una plaza de Personal Técnico Titulado Superior en Psicología no sanitario en el Hospital Universitario Miguel Servet, Sector Sanitario de Zaragoza II.

Publicado el 05/05/2017 (Nº 84)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD
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Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y en el Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en centros del Servicio Aragonés de Salud, esta Gerencia de Sector de Zaragoza II, en ejercicio de las competencias que le han sido delegadas por Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud ("Boletín Oficial de Aragón", número 19, de 15 de febrero de 2006), convoca procedimiento selectivo para la provisión temporal de una reserva de plaza, de la categoría de Personal Técnico Titulado Superior de Psicología no sanitario, en el Hospital Universitario "Miguel Servet", Sector Sanitario de Zaragoza II, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Número de plazas.

Una plaza de Personal Técnico Titulado Superior Especialista en Psicología, personal no sanitario, por reserva de plaza de su titular.

Segunda.- Ámbito subjetivo.

a) Vía de promoción interna temporal: podrá participar quien, además de reunir el requisito de titulación exigido en la base Cuarta b), posea la condición de personal estatutario fijo, y se encuentre en situación de servicio activo, con destino definitivo o en reingreso provisional, en cualquiera de los Centros del Sector de Zaragoza II, en categoría distinta de la convocada, del mismo o inferior grupo de clasificación, en los términos establecidos en el Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de promoción interna temporal para el personal estatutario fijo del Servicio Aragonés de Salud, publicado por Orden de 28 de diciembre de 2005, del Departamento de Salud y Consumo. No podrá participar en la convocatoria, por esta vía, el personal que se encuentre en Comisión de Servicios.

b) Vía de acceso libre: de conformidad con lo establecido en los artículos 9.4 y 33 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, podrán participar quienes cumplan los requisitos exigidos en la base Cuarta.

Tercera.- Características del puesto de trabajo.

Jornada de trabajo. La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañana y/o tarde.

Funciones: Las propias de la profesión de Personal Técnico Titulado Superior de Psicología no sanitario, y en particular las siguientes:

- Colaborar en los proyectos de gestión de RRHH del Sector de Zaragoza II, así como en proyectos de colaboración con el Salud, Departamento de Sanidad y Gobierno de Aragón.

- Realizar funciones de secretaría y coordinación en los órganos de participación institucional.

- Colaborar en el desarrollo organizacional apoyando el liderazgo de los equipos, dinamizando proyectos de innovación y mejora continua.

- Colaborar en el desarrollo profesional a través del diagnóstico de las competencias personales y profesionales necesarias en los puestos. En el diseño de planes de formación, capacitación y evaluación del desempeño.

- Diseñar la puesta en marcha de programas de intervención psicosocial y organizacional que influyen en el comportamiento humano y que impactan en la eficiencia organizacional y calidad asistencial.

Retribuciones: las que correspondan a este puesto de trabajo, según la normativa vigente.

Tipo de nombramiento: si el aspirante seleccionado para desempeñar la plaza convocada procede de la vía de acceso libre, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal de sustitución. De conformidad con el artículo 9.4 de Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, se acordará el cese en dicho nombramiento cuando se reincorpore la persona a la que se sustituye, así como cuando ésta pierda su derecho a la reincorporación a la misma plaza.

En caso de resultar seleccionado personal estatutario fijo para la provisión de la plaza por la vía de promoción interna temporal, se le expedirá nombramiento de Promoción Interna Temporal. Durante el tiempo en que desarrolle su actividad, se mantendrá en servicio activo en su categoría de origen, y percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones efectivamente desempeñadas, con excepción de los trienios y, en su caso, el complemento de carrera, que serán los correspondientes a los de su categoría original.

El ejercicio de las funciones en promoción interna temporal no supondrá la consolidación de derecho alguno de carácter retributivo o en relación con la obtención de nuevo nombramiento, sin perjuicio de su posible consideración como mérito en los sistemas previstos en el correspondiente régimen jurídico de aplicación.

El cese en dicho nombramiento se acordará por las causas que en su caso procedan, detalladas en el artículo 31 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

Cuarta.- Requisitos de participación

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Estar en posesión de titulación universitaria, con el grado de licenciado en Psicología o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.

d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida el acceso al empleo público en los mismos términos, en su Estado.

f) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.

g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores así como por trata de seres humanos.

Los requisitos exigidos para participar en esta convocatoria deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento del posible llamamiento y nombramiento.

Quinta.- Solicitudes y documentación

Los interesados en participar en esta convocatoria deberán formular solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Zaragoza II, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:

- Fotocopia de DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad.

- Fotocopia del título oficial exigido.

- Breve curriculum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, y experiencia profesional.

- Formulario de Autobaremación, cumplimentado en modelo que figura en anexo II-A. Acceso libre y anexo II-B. Promoción Interna Temporal.

- Fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo específico que se adjunta como anexo III, según vía de participación (anexo III-A. Acceso libre y anexo III-B. Promoción interna temporal) y se deberán poseer en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad.

Para la acreditación de los méritos bastará con la presentación de fotocopia de los documentos en los que consten los respectivos méritos alegados, sin perjuicio de la obligación del aspirante de presentar los documentos originales cuando sea requerido por el órgano convocante o por el órgano de selección nombrado al efecto. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados.

Sexta.- Plazo y lugar de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en las Unidades de Registro del Sector de Zaragoza II, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

No se admitirán a concurso documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste y debidamente apreciada por el órgano convocante.

Séptima.- Criterios de selección

En el caso del personal estatutario fijo que opte a la plaza por el sistema de Promoción Interna Temporal se aplicará el baremo de méritos para acceso a la Promoción Interna Temporal de personal de Gestión y Servicios Generales, establecido en el Pacto de Promoción Interna Temporal de 22 de diciembre de 2005.

Para el resto de aspirantes se aplicará el baremo de méritos de personal de Gestión y Servicios para la cobertura temporal de plazas estatutarias de Personal de Gestión y Servicios de los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, establecido mediante Resolución de 23 de enero de 2009, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud.

Con carácter previo a la valoración de los méritos alegados por los aspirantes, podrán efectuarse pruebas eliminatorias de aptitud, de carácter teórico, práctico o ambos, para determinar la idoneidad de los candidatos y que estarán relacionadas con las funciones a desempeñar en la plaza ofertada.

Se podrán mantener entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de la plaza convocada, cuya puntuación máxima no podrá superar el 30 por ciento del valor total alcanzable a través del baremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 del Decreto 37/2011, de 8 de marzo, del Gobierno de Aragón, de selección de personal estatutario y provisión de plazas en los centros del Servicio Aragonés de Salud.

Octava.- Procedimiento

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos, y los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado su exclusión expresa, o para justificar su derecho a ser incluidos en caso de haber resultado omitidos. Transcurrido el plazo anterior, la Gerencia de Sector de Zaragoza II dictará resolución que declarará aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos al procedimiento, la idoneidad de los candidatos será valorada por una Comisión de Selección, cuya composición también se hará pública. Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por la Comisión de Selección, al objeto que aclaren los méritos que hayan presentado.

La ordenación de los aspirantes que, en su caso, hayan superado las pruebas de aptitud, se realizará por la Comisión de Selección de conformidad con la puntuación obtenida aplicando el baremo de méritos de Personal de Gestión y Servicios de los Centros Sanitarios del Servicio Aragonés de Salud, que figura como anexo III-A. Acceso libre y anexo III-B. Promoción interna temporal y la puntuación obtenida en las pruebas teórico-prácticas.

Los aspirantes que hayan superado la prueba teórico-práctica que opten a la plaza por el sistema de promoción interna temporal tendrán carácter preferente frente al personal de acceso libre.

Si la Comisión de Selección lo considera oportuno podrá mantener entrevistas personales a fin de determinar la idoneidad de los aspirantes al perfil de la plaza convocada, cuya puntuación máxima no podrá superar el 30 por ciento del valor total alcanzable a través del baremo.

Novena.- Composición de la Comisión de Selección.

El desarrollo del procedimiento selectivo corresponderá a una Comisión de Selección designada por la Gerencia del Sector convocante e integrada por los miembros que a continuación se detallan:

Presidente: El Gerente de Sector de Zaragoza II o persona en quien delegue.

Secretaria: La Subdirectora de Gestión de Recursos Humanos del Sector Zaragoza II.

Vocales:

- El Director del Hospital Universitario Miguel Servet o persona en quien delegue.

- La Directora de Gestión y Asuntos Generales del Sector Zaragoza II, o persona en quien delegue.

- El Subdirector de Gestión Económica del Sector Zaragoza II, o persona en quien delegue.

- Un representante de los trabajadores designado por la Junta de Personal que ocupe plaza del mismo nivel de titulación que la plaza convocada.

Décima.- Período de prueba.

La persona seleccionada quedará sujeta a un período de prueba de tres meses, establecido en el artículo 33.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, durante el cual será posible dejar sin efecto el nombramiento a instancia de cualquiera de las partes.

Undécima.- Lista para sucesivas contrataciones.

De conformidad con el artículo 36.3 del mencionado Decreto 37/2011, de 8 de marzo, con los candidatos declarados aptos se elaborará una lista, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Selección, que tendrá una vigencia de un año.

Duodécima.- Publicaciones sucesivas.

A los efectos previstos en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se indica que todos aquellos acuerdos, resoluciones o anuncios derivados del presente procedimiento selectivo, serán publicados en la página web del Servicio Aragonés de Salud y en los tablones de anuncios del Sector Zaragoza II. Asimismo, la resolución que ponga fin al presente procedimiento será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su recepción, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 15 de marzo de 2017.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud,

Resolución de 27 de enero de 2006 ("Boletín Oficial de Aragón", de 15 de febrero de 2006)

P.D. El Gerente de Sector de Zaragoza II, José Manuel Aldámiz-Echevarría Iraurgui