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RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2021, del Director General de Investigación e Innovación, por la que se modifica la Resolución de 17 de agosto de 2021, del Director General de Investigación e Innovación, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón para el periodo 2020-2022.

Publicado el 15/09/2021 (Nº 192)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO

Texto completo:

Mediante Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de los Grupos de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Una vez convocado el procedimiento de reconocimiento de grupos de investigación (Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre) se procede al citado reconocimiento mediante la Resolución de 13 de marzo de 2020, del Director General de Investigación e Innovación, por la que se reconocieron un total de 251 grupos de investigación, 31 en la categoría de desarrollo y 220 en la categoría de referencia, tal como se establece en sus anexos I y II.

Por su parte, la Orden CUS/1466/2020, de 19 de noviembre, procede a realizar la convocatoria de subvenciones para financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón. Dicho procedimiento subvencional ha concluido con la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 179, de 27 de agosto de 2021, de la Resolución de 17 de agosto de 2021, por la que se resuelve la convocatoria para el periodo 2020-2022, de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón para el periodo 2020-2022.

La precitada convocatoria, en relación con el pago de la subvención, dispone en su apartado vigésimo segundo que la Dirección General de Investigación e Innovación podrá acordar la realización de anticipos de pago de la subvención cuyo importe se fijará en la Resolución de concesión, importe que se destinará a financiar las actuaciones inherentes a la subvención, lo que es congruente con lo previsto en el artículo 39. 2 de la Orden que aprueba las bases reguladoras que establece que el órgano concedente, siempre que se prevea en la respectiva convocatoria, podrá acordar la realización de anticipos de pago de la subvención concedida cuyo importe se fijará en la orden de convocatoria o en la resolución de concesión de la subvención, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

La Resolución de 17 de agosto de 2021, recoge en el apartado primero del resuelvo la concesión de las subvenciones a los distintos beneficiarios por cada una de las anualidades correspondientes (2021, 2022, 2023). Por su parte, en el apartado tercero, en sede del pago de la subvención, dispone en la letra b) que el beneficiario deberá justificar la realización y pago de la actividad subvencionada hasta el 29 de noviembre de 2022. Sin embargo, no se ha recogido ninguna previsión sobre el importe de los anticipos a que hubiese lugar tal como señalaba la Orden CUS/1466/2020, de 19 de noviembre.

Considerando que es necesaria la tramitación de estos anticipos en los términos recogidos en el apartado vigésimo segundo de la precita Orden CUS/1466/2020, de 19 de noviembre, se procede a modificar el apartado tercero del resuelvo de la Resolución de 17 de agosto de 2021, del Director General de Investigación e Innovación.

Vistas la Orden CUS/966/2019, de 1 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la actividad investigadora de los grupos de investigación reconocidos por el Gobierno de Aragón y se establecen las medidas para el reconocimiento de los Grupos de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Orden CUS/1338/2019, de 8 de octubre, modificada por la Orden CUS/1439/2019, de 29 de octubre, por la que se convoca el procedimiento de reconocimiento de grupos de investigación para el periodo 2020-2022; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón; el Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y demás normativa aplicable, resuelvo:

Único.- Modificación del apartado tercero de la Resolución de 17 de agosto de 2021, del Director General de Investigación e Innovación.

El apartado tercero de la Resolución de 17 de agosto de 2021 del Director General de Investigación e Innovación, queda modificado incorporando una nueva letra d) con la siguiente redacción:

"d) De acuerdo con el apartado vigésimo segundo de la Orden CUS/1466/2020, de 19 de noviembre, se acuerda la realización de anticipos de la subvención concedida por un importe equivalente a la anualidad de 2021, recogida en esta Resolución para cada uno de los centros beneficiarios".

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 7 de septiembre de 2021.

El Director General de Investigación e Innovación, ENRIQUE NAVARRO RODRÍGUEZ