ORDEN PRI/298/2021, de 4 de febrero, por la que se dispone la publicación de la tercera Adenda de prórroga del convenio interadministrativo de colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) y el Ayuntamiento de Teruel, para la gestión de programas específicos de servicios sociales durante 2021.
Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2021/6/0066, la Adenda suscrita, con fecha 23 de diciembre de 2020, por el Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales y la Alcaldesa- Presidenta del Ayuntamiento de Teruel, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:
Ordenar la publicación de la citada Adenda, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón". Zaragoza
, 4 de febrero de 2021.
La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN
TERCERA ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES (IASS) Y EL AYUNTAMIENTO DE TERUEL, PARA LA GESTIÓN DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE SERVICIOS SOCIALES DURANTE 2021 Zaragoza, a
23 de diciembre de 2020.
D. Joaquín Santos Martí, en su condición de Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, autorizado para la firma del presente convenio por delegación de firma de la Excma. Sra. Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, al amparo del Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 9 de diciembre de 2020.
Y D.ª Enma Buj Sánchez, en su calidad de Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Teruel, en nombre y representación de la misma, con NIF P4422900C.
Ambas partes se reconocen capacidad y representatividad para este acto, en el que, MANIFIESTAN
Que, con fecha 19 de septiembre de 2018, se firmó el convenio interadministrativo de colaboración entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Teruel para la gestión de programas específicos de servicios sociales. Con fecha 27 de diciembre de 2018 se firmó una adenda de prórroga para 2019 y con fecha de 17 de diciembre de 2019, para 2020.
Que, la vigencia de la adenda de prórroga a dicho convenio alcanza hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio puede prorrogarse hasta un máximo de cuatro años, hasta el 31 de diciembre de 2022, por períodos anuales, mediante la suscripción antes de la finalización de la vigencia del convenio de la adenda correspondiente.
Que, la presente Adenda debe ajustarse a lo dispuesto en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón; en la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local: en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia; en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y, específicamente, en el Decreto 184/2016, de 20 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales en Aragón.
Que ambas partes acuerdan la suscripción de la presente adenda, que contiene las siguientes, CLÁUSULAS
Primera.- Objeto.
Es objeto de esta Adenda prorrogar durante 2021 la colaboración, entre el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) y la entidad local titular, en programas específicos de competencia compartida y/o concurrente de servicios sociales.
Segunda.- Presupuesto y financiación por programas.
El Presupuesto global de esta adenda para el año 2021, asciende a la cantidad estimada de trescientos cuarenta y seis mil novecientos cuatro euros (346.094,00 €) de los cuales el IASS se compromete a aportar, como máximo, con cargo a los Capítulos correspondientes de su presupuesto de gastos, la cantidad de doscientos setenta y siete mil trescientos noventa y seis euros (277.396,00 €), debiendo aportar la entidad local el resto, es decir sesenta y nueve mil quinientos ocho euros (69.508,00 €).
La aportación del Instituto Aragonés de Servicios Sociales se ejecutará a través de las aplicaciones económicas y por los importes que se detallan:
El importe a financiar, distribuido por programas, se refleja en anexo I.
Tercera.- Programas con cargo a las aplicaciones G/3132/460059/91002 y G/3132/460059/35013.
El Decreto 184/2016, de 20 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales en Aragón, establece las ratios de personal que cada entidad local debe tener en su Centro de Servicios Sociales.
El personal de refuerzo del Centro de Servicios Sociales tiene sentido, exclusivamente, cuando la categoría profesional a reforzar está cubierta conforme a las ratios del Decreto referido.
Refuerzo al Centro de Servicios Sociales con trabajador/a social para la atención de personas en situación de dependencia.
Refuerzo al Centro de Servicios Sociales con un educador para la atención de menores en declaración de riesgo.
Desarrollo del pueblo gitano. Refuerzo al Centro de Servicios Sociales con un técnico de servicios sociales para desarrollo del pueblo gitano.
Cuarta.- Programas con cargo a la aplicación G/3132/460095/91002.
Teleasistencia. Se incluye la Teleasistencia básica, tanto de naturaleza complementaria como esencial. El servicio de teleasistencia, consiste en facilitar, a través de línea fija o móvil, respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, de inseguridad, soledad y aislamiento.
Quinta.- Programas con cargo a la aplicación G/3132/460122/91002.
Ayudas de urgencia para pago de consumo energético. Se incluye la financiación de prestaciones económicas que tienen por objeto resolver situaciones de urgencia generadas por la imposibilidad de hacer frente al pago del consumo energético.
Sexta.- Período de vigencia.
La presente Adenda tendrá vigencia desde el momento de su firma hasta el 31 de diciembre de 2021, y abarcará todas las actuaciones que sean objeto de las correspondientes transferencias, y que se realicen o hayan realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de dicho ejercicio.
Séptima.- Presentación de proyectos para futuros ejercicios y compromiso de continuidad.
Antes del 15 de septiembre de 2021, la entidad local presentará al IASS, solicitud de incluir en el ejercicio siguiente los servicios, programas y proyectos específicos de servicios sociales que se estime oportuno, en los que se detallará las características fundamentales de los mismos.
Con el objeto de procurar la estabilidad de los programas gestionados por los Centros de Servicios Sociales, ambas partes adquieren el compromiso de mantener en ejercicios sucesivos los programas incluidos. No obstante, antes del 15 de noviembre las partes manifestarán por escrito dicho compromiso.Y, en prueba
de consentimiento, firman la presente Adenda, D. Joaquín Santos Martí, en su calidad de Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, D.ª Enma Buj Sánchez, en su calidad de Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Teruel.