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AVISO del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón en Teruel, por el que se anuncia la aprobación de la actualización de bases definitivas y del proyecto de calificación de tierras de la zona regable del Canal de Calanda Alcañiz. 1ª parte. 2ª fase.

Publicado el 25/04/2007 (Nº 48)
Sección: BOA V. Anuncios - otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION

Texto completo:

AVISO del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón en Teruel, por el que se anuncia la aprobación de la actualización de bases definitivas y del proyecto de calificación de tierras de la zona regable del Canal de Calanda Alcañiz. 1ª parte. 2ª fase.

Se pone en conocimiento de todos los interesados en la concentración parcelaria y en la puesta en riego de la Zona Regable del Canal de Calanda-Alcañiz. 1ª Parte. 2ª Fase, declarada de utilidad pública y urgente ejecución por Orden del Ministerio de Agricultura de 10 de agosto de 1974:

Primero.-Que con fecha 26 de marzo 2.007 el Director General de Desarrollo Rural ha aprobado la Actualización de Bases Definitivas y del Proyecto de Calificación de Tierras de la citada zona.

Segundo.-Que los citados documentos relativos a la Actualización de Bases Definitivas y del Proyecto de Calificación de Tierras estarán expuestos a disposición del público en el Ayuntamiento de Alcañiz y en los locales de la Oficina Delegada del Gobierno de Aragón en Alcañiz, sita en la Avda. Bartolomé Esteban s/n, durante 1 mes a contar desde la inserción del último aviso, expuesto por 3 días en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Alcañiz e inserto una sola vez en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel y en «Boletín Oficial de Aragón».

Los documentos que los interesados pueden examinar se refieren, por un lado a la determinación del perímetro, a la clasificación de tierras y fijaciones de coeficientes y a la determinación de propietarios y titulares de gravámenes y otras situaciones jurídicas, cuyo dominio y titularidad se han declarado formalmente. Por otro lado, dichos documentos se refieren a la extensión de las propiedades que cada propietario tenga en la 2ª fase de la zona regable, así como a las fincas o porciones de las mismas que deban ser exceptuadas, a las parcelas que proceda reservar conforme a las disposiciones de la Ley y las contenidas en el Plan General de Transformación, a las superficies que se les asigne de acuerdo con los artículos 105 y 106 y a las tierras en exceso que puedan ser objeto de expropiación y adjudicación por el Gobierno de Aragón.

Tercero.-Que durante el plazo de 1 mes, contado a partir del día siguiente al que se produzca la última publicación a las que se refiere el apartado anterior, todos aquellos a quien afecte la concentración parcelaria o la puesta en riego podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón, pudiendo presentarlo en el Registro General ubicado en las oficinas de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel, sita en calle San Francisco nº 1 de Teruel, o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1.992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, expresando en el escrito un domicilio para hacer las notificaciones que procedan.

Teruel, 27 de marzo de 2007.-El Director del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación, Jacinto Vivas Aranda.