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EDICTO del Juzgado de 1ªInstancia número 2 de Huesca, relativo a juicio verbal 109/2005.

Publicado el 25/04/2007 (Nº 48)
Sección: BOA IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Texto completo:

EDICTO del Juzgado de 1ªInstancia número 2 de Huesca, relativo a juicio verbal 109/2005.

Don José Manuel de Río Monge, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Huesca. Por el presente hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo, se siguen autos de juicio verbal 109/05, a instancia de doña Natividad Mendiara Callén representada por el Procurador Sr. Fañanás, contra don Vicente Mariano Sánchez Otín, cuyo paradero se desconoce, en los cuales se ha dictado sentencia de fecha 12/04/05, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente.

Fallo: Que en virtud del desistimiento formulado por la procuradora Sra Fañanás Puertas en nombre y representación de doña Natividad Mendiara Callén, asistida por el Letrado Sr. Orús Rodes, debo acordar y acuerdo el sobreseimiento y archivo del proceso en cuanto se seguía contra don Vicente Mariano Sánchez Otín.

Que, en virtud del allanamiento formulado por la Procuradora Sra. Ortega Navasa, en nombre y representación de Mutua General de Seguros, asistida por el letrado Sr. Cortés Ballarín, debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. Fañanás Puertas en nombre y representación de doña Natividad Mendiara Callén, asistida por el Letrado Sr. Orús Rodes contra Mutua General de Seguros, debiendo condenar y condenando a la demandada a que satisfaga a la actora la cantidad de quinientos ochenta y tres euros con noventa y tres céntimos (583,93 euros), más el interés devengado por dicha cantidad conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, y todo ello, sin que proceda emitir pronunciamiento expreso sobre imposición de costas procesales.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, con expresión de que contra la misma, cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado, en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de la notificación de la misma.

Hágase entrega de la cantidad consignada por la demandada a la actora, tal y como la primera solicita en su escrito de allanamiento.

Una vez firme la presente resolución, téngase por formulada liquidación de intereses por la parte actora y dese traslado de la misma a la parte demandada a los oportunos efectos.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de donde dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado en paradero desconocido, don Vicente Mariano Sánchez Otín, haciéndole saber que contra dicha sentencia cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de cinco días, admisible en su caso en ambos efectos, para ante este Juzgado, que será resuelto en Segunda Instancia por la Ilma. Audiencia Provincial de esta ciudad, se extiende y firma la presente en Huesca, a 12 de septiembre de 2006-El Secretario Judicial.