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ORDEN de 26 de marzo de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se declaran tres hornos para el secado de cáñamo, un cubierto y una balsa, situados en Concud (Teruel), como Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés.

Publicado el 25/04/2007 (Nº 48)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

ORDEN de 26 de marzo de 2007, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se declaran tres hornos para el secado de cáñamo, un cubierto y una balsa, situados en Concud (Teruel), como Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Igualmente señala que aquellos bienes que, pese a su significación e importancia, no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural, se denominarán Bienes Catalogados y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés.

Por Resolución, de 12 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, se incoa procedimiento y se abre un periodo de información pública para la declaración de tres hornos para el secado de cáñamo, un cubierto y una balsa, situados en Concud (Teruel), como Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés. Dicha Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 5 de octubre de 2006.

El expediente se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose la apertura de un periodo de información pública en el que no se presentaron alegaciones. Posteriormente se concedió el trámite de audiencia a los interesados en el que no hubo manifestaciones.

En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, resuelvo:

Primero.-Objeto.

Es objeto de la presente Orden declarar Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés tres hornos para el secado de cáñamo, un cubierto y una balsa, situados en Concud (Teruel). La descripción y delimitación de los Bienes se recogen en los Anexos I y II de esta Orden.

Segundo.-Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable a los tres hornos para el secado de cáñamo, un cubierto y una balsa, situados en Concud (Teruel) es el previsto en el Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Tercero.-Publicidad.

La presente Orden será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará al Ayuntamiento de Teruel.

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso potestativo de Reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

Zaragoza a 26 de marzo de 2007.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, EVA ALMUNIA BADIA

ANEXO I

DESCRIPCION DE LOS TRES HORNOS PARA EL SECADO DE CAÑAMO, UN CUBIERTO Y UNA BALSA, SITUADOS EN CONCUD (TERUEL)

Los hornos de secado de cáñamo de Concud (Teruel) representan una construcción preindustrial singular en Aragón, pues no era habitual secar el cáñamo, para su elaboración posterior, «cociéndolo» en un horno. El cultivo y preparación del cáñamo era una importante actividad y recurso económico en el núcleo urbano de Concud, población citada documentalmente por primera vez en 1212. Este cultivo, en principio en manos moriscas, queda reflejado en documentos desde el siglo XVI hasta el siglo XIX, en las obras de Isidoro Antillón y Marzo, Pascual Madoz o Rierza y Sans. Su cultivo desaparece en la zona entre 1955 y 1960, coincidiendo con la industrialización en España y la expansión de materiales plásticos para los mismos usos.

De todos los elementos necesarios para completar la elaboración del cáñamo existen en Concud tres hornos de secado, un cubierto o «agrama» y una balsa, dignos de protección. El horno nº 1 es una construcción de planta cuadrangular, de unos 3x3 metros, con una altura de 2 metros hasta el arranque de la cúpula. La disposición interna presenta dos pisos separados por un suelo, hoy desaparecido, soportado en tres arcadas de ladrillo que todavía se conservan. Una puerta enmarcada en arco de ladrillo rebajado da acceso al interior. La cúpula está construida por el sistema de falsa cúpula o aproximación de hiladas, apreciable desde el interior. Debajo de ella aparece, ahora semienterrada, la puerta que permitía cargar la cámara interior de combustión. Junto a este horno se encuentra el cubierto o «agrama» que, si bien carece de valor arquitectónico, sí lo tiene como parte inseparable del proceso de preparación. Este horno presenta un estado de conservación aceptable, manteniendo aún su estructura externa, aunque el interior muestra un derrumbe parcial del entramado que separa ambos pisos.

El horno nº 2, similar al anterior, es el mejor conservado al encontrarse semienterrado. Se puede ver su boca de entrada desde la cual se divisa la parrilla de separación de los dos pisos y la bóveda completa. Su techumbre es cupulada, de piedra enlucida de yeso.

El horno nº 3 se encuentra también bien conservado. Es de factura similar al anterior con planta circular, cuerpo cilíndrico y cubierta abovedada. La entrada disponía de dos metros de rampa.

En cuento a la balsa, de unos 30 metros cuadrados, se encuentra bien conservada y está construida en sus muros con piedra de mampostería.

ANEXO II

PLANOS DE DELIMITACION DE LOS TRES HORNOS PARA EL SECADO DE CAÑAMO, UN CUBIERTO Y UNA BALSA, SITUADOS EN CONCUD (TERUEL)