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ORDEN de 24 de noviembre de 2006, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón sobre la solicitud del Ayuntamiento de Binéfar en relación con la exención del trámite y delegación de competencias para la calificación de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de los expedientes de concesión de licencias de apertura y actividad por constituir la ponencia técnica municipal para la calificación de dichas actividades.

Publicado el 13/12/2006 (Nº 142)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

ORDEN de 24 de noviembre de 2006, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón sobre la solicitud del Ayuntamiento de Binéfar en relación con la exención del trámite y delegación de competencias para la calificación de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de los expedientes de concesión de licencias de apertura y actividad por constituir la ponencia técnica municipal para la calificación de dichas actividades.

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 4 de abril de 2006 Acuerdo sobre la solicitud del Ayuntamiento de Binéfar en relación con la exención del trámite y delegación de competencias para la calificación de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de los expedientes de concesión de licencias de apertura y actividad por constituir la ponencia técnica municipal para la calificación de dichas actividades, se procede a su publicación en Anexo a la presente Orden.

Zaragoza, a 24 de noviembre de 2006.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ

ANEXO

«ACUERDO DEL GOBIERNO DE ARAGON SOBRE LA SOLICITUD DEL AYUNTAMIENTO DE BINEFAR EN RELACION CON LA EXENCION DEL TRAMITE Y DELEGACION DE COMPETENCIAS PARA LA CALIFICACION DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS DE LOS EXPEDIENTES DE CONCESION DE LICENCIAS DE APERTURA Y ACTIVIDAD POR CONSTITUIR LA PONENCIA TECNICA MUNICIPAL PARA LA CALIFICACION DE DICHAS ACTIVIDADES

Vista la solicitud y documentación remitida por el ayuntamiento de Binéfar de fecha 27 de octubre de 2005 pidiendo la «delegación de competencias» en el ayuntamiento, para la calificación de actividades clasificadas como molestas, insalubres, nocivas y peligrosas de los expedientes de concesión de licencia de apertura y actividad y exención del trámite de informe ante la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca.

Vista la creación de la Ponencia Técnica Municipal y la disposición de Ordenanzas municipales reguladoras de las Actividades clasificadas y del Medio Ambiente, así como la acreditada capacidad municipal del Ayuntamiento de Binéfar, para acceder a lo solicitado.

Visto el Decreto 109/1986, de 14 de noviembre por el que se regula la intervención de la Diputación General de Aragón en materia de actividades molestas insalubres, nocivas y peligrosas en cuyo artículo 3 regula la exención del trámite de calificación de la actividad por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, que asumió las competencias de las Comisiones Provinciales de Medio Ambiente en virtud del Decreto 135/1991, de 1 de agosto y en cuyo artículo 5 establece los trámites que deben cumplimentarse en las resoluciones de la Alcaldía en el otorgamiento de las licencias sobre el ejercicio de las actividades eximidas de calificación e informe y vista la Orden de 28 de noviembre de 1986 que permite el desarrollo de estas previsiones normativas con la concreción de cuales son los expedientes que se consideran eximidos en función de la clasificación de los Municipios por categorías, según su población correspondiendo la categoría II por población a Binéfar, pero pudiendo aceptar las consideraciones y circunstancias expuestas para incluirla en la categoría III habida cuenta la disposición técnica y administrativa municipal y la realidad de facto, especialmente en los meses de verano, de la mencionada población.

Visto el informe favorable a la exención solicitada efectuado por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca, en su sesión de 22 de diciembre de 2005 en los términos del mencionado Decreto y de la Orden citadas, con la categoría III para el informe de las actividades correspondientes reseñadas en el Anexo de la mencionada Orden de 28 de noviembre de 1986.

Considerando lo expuesto en la normativa anteriormente citada, en relación con el principio constitucional de autonomía municipal consagrado en la legislación aragonesa sobre régimen local y valorando la suficiencia y capacidad técnica del Ayuntamiento de Binéfar para organizar técnica y administrativamente el informe y calificación de actividades clasificadas para el otorgamiento de la licencia de apertura e instalación disponiendo de una Ponencia Técnica creada en los términos del art 3º de la citada Orden de 28 de noviembre de 1986.

En su virtud a propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y precia deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de abril de 2006, acuerda:

Primero: Otorgar al Ayuntamiento de Binéfar, la exención del trámite ante la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio, antes de Medio Ambiente, de aquellos expedientes cuyas actividades son contempladas en el Anexo I de la Orden de 28 de noviembre de 1986, considerando al Municipio de Binéfar con la mayor categoría (III), para el examen e informe por el Ayuntamiento de Binéfar y por sus órganos competentes, en los términos establecidos en la vigente normativa (Decreto 109, de 14 de noviembre de 1986 y Orden 28-XI-86), se enviará a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio de Huesca una copia de las resoluciones sobre licencias de instalación o apertura y sus medidas correctoras impuestas, en su caso, que resulten emitidas, interviniendo en todos aquellos expedientes que se le presenten contemplados en el Anexo citado y dotándose de una Ponencia Técnica municipal que se reúna con suficiente periodicidad para el despacho reglamentario de los expedientes de forma efectiva. En la Ponencia municipal participaran, al menos un Arquitecto técnico y un Ingeniero técnico Industrial.

Segundo: El mencionado acuerdo se publicará para general conocimiento en el «Boletín Oficial de Aragón».