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ORDEN de 22 de noviembre de 2006, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Boquiñeni (Zaragoza), la concertación de una operación de crédito a largo plazo con la Entidad Financiera Grupo BBVA-Banco de Crédito Local por importe de 326.621.62 euros con destino a financiar inversiones, así como la sustitución de operaciones de crédito preexistentes.

Publicado el 13/12/2006 (Nº 142)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

ORDEN de 22 de noviembre de 2006, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Boquiñeni (Zaragoza), la concertación de una operación de crédito a largo plazo con la Entidad Financiera Grupo BBVA-Banco de Crédito Local por importe de 326.621.62 euros con destino a financiar inversiones, así como la sustitución de operaciones de crédito preexistentes.

Examinado el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Boquiñeni (Zaragoza) para concertar una operación de crédito a largo plazo.

Resultando que el Ayuntamiento de Boquiñeni (Zaragoza), en sesión del Pleno de la Corporación de fecha 8 de noviembre de 2006, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de aprobar la concertación de una operación de crédito a largo plazo con la Entidad Financiera Grupo BBVA-Banco de Crédito Local por un importe total de 326.621.62 euros, de los cuales 86.987 euros van destinados a financiar inversiones incluidas en el Presupuesto del ejercicio 2006, y el resto por importe de 239.634,62 euros destinados a la sustitución de operaciones de crédito preexistentes.

Resultando que dicho Ayuntamiento dispone de presupuesto aprobado para el ejercicio en curso de 2006, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 50 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales [en adelante TRLHL].

Resultando que el Presupuesto del Ayuntamiento de Boquiñeni para el ejercicio 2006, en el que se incluye la operación de crédito destinada a financiar inversiones, fue aprobado en sesión plenaria de fecha 7 de junio de 2006, cuya aprobación inicial fue expuesta al público en la sección provincial de Zaragoza del «Boletín Oficial de Aragón» nº 174 de fecha 31 de julio de 2006, sin que se presentase reclamación alguna, entrando en vigor tras su publicación resumido por capítulos en la misma sección provincial del «Boletín Oficial de Aragón» nº 206 de fecha 7 de septiembre de 2006.

Resultando que el ahorro neto del Ayuntamiento de Boquiñeni, conforme a lo dispuesto en el artículo 53.1 del TRLHL, representa el -13,03 por 100 sobre los ingresos corrientes liquidados del Presupuesto de 2005, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, siendo por lo tanto de signo negativo.

Resultando que el volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo, incluida la operación proyectada, representa el 102,99 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2005, según cálculo realizado por dicho Ayuntamiento conforme al artículo 53.2 del TRLHL.

Considerando que de los resultados de los ingresos corrientes reflejados en la última liquidación realizada del año 2005, resulta un ahorro neto negativo del -13,03 por 100, el mentado Ayuntamiento necesita, por esta causa, autorización para concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo, habiendo aprobado un Plan de Saneamiento Financiero a un año por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 8 de noviembre de 2006, conforme a lo preceptuado en el artículo 53.1 del TRLHL, el cual se considera idóneo para el fin previsto en la citada ley.

Considerando que el volumen del capital vivo de las operaciones vigentes a corto y largo plazo, incluida la operación proyectada, no excede del 110 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 2005, representando el 102,99 por 100 de los mismos, el Ayuntamiento no precisa, por esta causa, autorización para concertar nuevas operaciones de crédito a largo plazo.

Considerando que el Ayuntamiento de Boquiñeni (Zaragoza), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 a 55 del TRLHL, puede concertar operaciones de crédito para financiar inversiones.

Considerando que, conforme a lo previsto en el artículo 53 del Estatuto de Autonomía de Aragón y artículo 53 del TRLHL corresponde a la Diputación General de Aragón la autorización de dicha operación de crédito, en ejercicio de su competencia para velar por los intereses financieros de los Entes Locales de su territorio.

Considerando que la operación de crédito se ha tramitado cumpliendo los requisitos legales establecidos, entendemos que puede autorizarse la misma.

Vistos el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y, demás disposiciones de aplicación.

Este Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto 80/1986, de 31 de julio, de la Diputación General de Aragón, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Boquiñeni (Zaragoza) para concertar una operación de crédito a largo plazo con la Entidad Financiera Grupo BBVA-Banco de Crédito Local por importe de 326.621.62 euros, de los cuales 86.987 euros van destinados a financiar inversiones incluidas en el Presupuesto del ejercicio 2006, y el resto por importe de 239.634,62 euros destinados a la sustitución de operaciones de crédito preexistentes.

Zaragoza, 22 de noviembre de 2006.

El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA