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ANUNCIO de la Dirección Provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Empleo relativo a Cédula de Notificación de Resolución en relación al expediente Z-0313-CIN-04-0300 de D. José Manuel Mairal Loriente relativo a la subvención en concepto de Promoción de la contratación estable y de calidad prevista en el Decreto 47/2004 de 9 de marzo, convocado para el año 2004 por Orden de 10 de marzo de 2004, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, se le ha remitido resolución de fecha 30 de septiembre de 2004, que es del tenor literal siguiente.

Publicado el 17/12/2004 (Nº 147)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO

Texto completo:

ANUNCIO de la Dirección Provincial de Zaragoza del Instituto Aragonés de Empleo relativo a Cédula de Notificación de Resolución en relación al expediente Z-0313-CIN-04-0300 de D. José Manuel Mairal Loriente relativo a la subvención en concepto de Promoción de la contratación estable y de calidad prevista en el Decreto 47/2004 de 9 de marzo, convocado para el año 2004 por Orden de 10 de marzo de 2004, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, se le ha remitido resolución de fecha 30 de septiembre de 2004, que es del tenor literal siguiente.

«De conformidad con las normas vigentes, esta Subdirección de Empleo eleva al Director Provincial del Instituto Aragonés de Empleo en Zaragoza la siguiente Propuesta de Resolución:

Visto el expediente promovido por José Manuel Mairal Loriente, con N.I.F. nº 73195338-T, y domicilio a efectos de notificación en Cno. del Pilón, 41 3º dcha. 50011 de Zaragoza, de solicitud de subvención al amparo del Decreto 47/2004, de 9 de marzo, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad («Boletín Oficial de Aragón» nº 34 de 22 de marzo), convocado para el año 2004 por Orden de 10 de marzo, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo (BOA 22-3-2004), por la contratación indefinida de Dº Danilo Gil Díaz Jiménez, y teniendo en cuenta los siguientes

Antecedentes:

Primero: Con fecha 21-05-2004, la empresa solicita subvención al amparo del artículo 3.1.b) del Decreto 47/2004, por la contratación indefinida de D. Danilo Gil Díaz Jiménez.

Segundo: La contratación indefinida comienza el día 20-11-2003.

-En el informe del Servicio Público de Empleo, incorporado al expediente, consta que el último periodo de inscripción, de D. Danilo Gil Díaz Jiménez, como demandante de empleo es desde el día 27-02-03 hasta el día 01-09-03 en que causa baja por no renovación de la demanda. Por tanto no acredita el requisito de estar inscrito en el Servicio Público de Empleo durante un período mínimo de seis meses inmediatamente anteriores a la contratación indefinida.

Fundamentos de derecho

Primero: La competencia en materia de gestión de los programas de apoyo y fomento al empleo corresponde al Instituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en el artículo 2, a) de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de las Cortes de Aragón, sobre creación de dicho Instituto. La competencia para resolver viene atribuida a la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 19 de la citada Ley y en el artículo 21.2 de los Estatutos del Instituto Aragonés de Empleo, aprobado por Decreto 82/2001 de 10 de abril del Gobierno de Aragón.

Segundo: La competencia en materia de resolución de solicitudes de subvención reguladas en este programa ha sido delegada en los Directores Provinciales de este Instituto, en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 26 de diciembre de 2002, de la Dirección Gerencia del mismo («Boletín Oficial de Aragón» 27-1-03) y a la que remite al artículo 25º.2 del citado Decreto 47/2004, de 9 de marzo.

Tercero: El artículo 3.3.a) del Decreto 47/2004 exige para la concesión de la subvención que los trabajadores deberán encontrarse desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo durante un periodo mínimo de:

-Seis meses para los trabajadores previstos en la letra b) del apartado 1.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial Acuerda:

Denegar: a la empresa José Manuel Mairal Loriente la subvención solicitada conforme a lo consignado en los Antecedentes y Fundamentos de Derecho de la presente resolución.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y artículos 58.2 y 54.3 del Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio («Boletín Oficial de Aragón» nº 86 de 20-7-2001).

Notifíquese esta resolución a la empresa interesada en la forma legalmente establecida».

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual del beneficiario, se procede de acuerdo con el Artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber que una vez publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» y exhibido en el tablón de anuncios del Ayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todos los efectos.

Zaragoza, a 9 de diciembre de 2004.-El Director Provincial, Manuel Edo Hernández.