DECRETO 257/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Nonaspe, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.
DECRETO 257/2004, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Nonaspe, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal.
El Ayuntamiento de Nonaspe, de la provincia de Zaragoza, inició expediente para la adopción de su escudo y bandera municipal conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y Decreto 1/1992, de 21 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adopción de escudos, banderas y otros símbolos de los Municipios y demás Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las citadas normas, figurando el informe del Consejo Asesor de Heráldica y Simbología de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Vicepresidente y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 30 de noviembre de 2004,
DISPONGO:
Artículo único.-Se autoriza al Ayuntamiento de Nonaspe, de la provincia de Zaragoza, para adoptar su escudo y bandera municipal, que quedarán organizados de la forma siguiente:
Escudo: cuadrilongo de base redondeada. De gules, olivo nurido, de oro, con una filiera de plata. Al timbre, Corona Real cerrada..
Bandera: paño rojo de proporción 2/3, un cabrio ondeado invertido blanco, superado de un olivo amarillo.
Zaragoza, 30 de noviembre de 2004.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU
El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA
ESCUDO Y BANDERA DE NONASPE