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RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 14 de mayo de 2007, en la que se formuló declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para la ampliación de la explotación porcina existente hasta 6000 plazas de cebo, ubicada en las parcelas 227 y 250 polígono 26 del término municipal de Monzón (Huesca), y promovida por Explotaciones Berdala Montull S.L. (Número de Expediente INAGA/500202/02/2017/05074).

Publicado el 23/11/2017 (Nº 225)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 23 de mayo de 2017 el promotor Explotaciones Berdala Montull S.L., solicita a este Instituto modificación puntual, consistente en cambio de titularidad e incorporación del sistema de calefacción.

Antecedentes de hecho:

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 14 de mayo de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, a favor de Explotaciones Berdala Montull S. C.P., y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 64, de 30 de mayo de 2007 (Expte. INAGA/500301/02/2006/04760).

Segundo.- Mediante Resolución de 19 de noviembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Expte. INAGA/500601/02/2013/10372).

Tercero.- los cambios planteados consisten en cambio de titularidad a favor de Explotaciones Berdala Montull S.L.; analizada la documentación presentada se considera suficientemente acreditada la transmisión, pasando de Explotaciones Berdala Montull S. C. a Explotaciones Berdala Montull S.L, e incorporación del sistema de calefacción alimentado por gas propano. Se consideran suficientemente acreditados estos cambios.

Fundamentos jurídicos:

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

Por la presente se resuelve,

Modificar puntualmente la Resolución de 14 de mayo de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina de cebo hasta 6000 plazas, situada en las parcelas 227 y 250, del polígono 26 del término municipal de Monzón (Huesca), promovida por Explotaciones Berdala Montull S.L, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 quedará sustituido por lo siguiente:

"2. Otorgar la autorización Ambiental Integrada a Explotaciones Berdala Montull S.L, con C.I.F: B-22195986, para la instalación existente y la ampliación de la explotación porcina de cebo hasta 6000 plazas, equivalentes a 720 UGM, situada en las coordenadas ED 50 Huso 30 X=765.938, Y = 4.639.053, Z=300 m., parcelas 227 y 250 del polígono 26 del T.M. de Monzón (Huesca). La autorización se otorga con el siguiente condicionado:"

El punto 2.4 quedará sustituido por lo siguiente:

"2.4. El suministro de energía eléctrica se realizará a través de una línea de baja tensión. Se estima un consumo anual de 36.500 Kwh. El sistema de calefacción se basa en 3 calderas alimentadas por gas propano, con una potencia útil nominal de cada una de 32 kW, un consumo calorífico nominal de 34,4 kW, y consumo eléctrico de 70 W".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 24 de octubre de 2017.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL