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ORDEN de 23 de octubre de 2002, del Departamento de Educación y Ciencia, sobre servicios esenciales durante la huelga convocada para el próximo 29 de octubre de 2002.

Publicado el 28/10/2002 (Nº 128)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA

Texto completo:

ORDEN de 23 de octubre de 2002, del Departamento de Educación y Ciencia, sobre servicios esenciales durante la huelga convocada para el próximo 29 de octubre de 2002.

Convocada por las Organizaciones Sindicales UGT, CC.OO., C.G.T. y S.T.E.A. huelga para el día 29 de octubre de 2002 que afecta a los trabajadores de la enseñanza en centros docentes públicos no universitarios, resulta imprescindible señalar los medios personales que atenderán durante dicha jornada los servicios esenciales en los mismos.

Por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 19 de febrero de 2002, publicado en el BOA nº 30, de 11 de marzo de 2002, se delegaron en la Consejera de Educación y Ciencia, en el caso de huelga y respecto del personal adscrito a los Centros docentes no universitarios, las competencias en materia de adopción de medidas que garanticen los servicios mínimos, así como la gestión y seguimiento de la misma.

En su virtud, dispongo:

Primero.-La huelga convocada para el día 29 de octubre de 2002, respecto de los Centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, estará condicionada al mantenimiento de los servicios esenciales durante esa fecha, con las dotaciones de personal que figuran en el Anexo, previamente acordadas con los representantes de las Organizaciones Sindicales convocantes.

Segundo.-El cese y las alteraciones en la prestación de los servicios esenciales serán objeto de sanción, de conformidad con la normativa vigente.

Tercero.-Serán de aplicación, a los efectos determinados en esta Orden, las disposiciones reguladoras de la relación funcionarial del personal funcionario y las específicas del personal con relación de derecho laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Zaragoza, 23 de octubre de 2002.

La Consejera de Educación y Ciencia, EVA ALMUNIA BADIA

ANEXO

SERVICIOS MINIMOS EN LOS CENTROS PUBLICOS DOCENTES DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA DEPENDIENTES DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA

CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PRIMARIA, SECUNDARIA Y REGIMEN ESPECIAL

-Director o un miembro del equipo directivo.

-1 P.S.A. en I.E.S.

-1 Oficial de mantenimiento en Colegios Públicos.

-1 cocinero/a en comedores escolares.

CPRs, EOEPs Y CENTROS PUBLICOS DE EDUCACION DE ADULTOS

-Director o un miembro del equipo directivo

COLEGIOS RURALES AGRUPADOS

-Director o un miembro del equipo directivo.

CENTROS DE EDUCACION ESPECIAL

-Director o un miembro del equipo directivo

-1 A.T.S. por turno

-2 Auxiliares en Educación Especial por turno

-1 P.S.A.

-1 Oficial 1ª Cocinero

-1 Ayudante de Cocina

ESCUELAS HOGAR

-Director o un miembro del equipo directivo.

-1 Maestro por turno

-1 cocinero por turno

-1 Ayudante de cocina por turno

-1 P.S.A.

GUARDERIAS INFANTILES

-Director

-2 técnicos de Jardín de Infancia

-1 P.S.A.

-1 P.E.S.D.

-1 cocinero.

RESIDENCIAS

-Jefe de Residencia

-1 Profesor Técnico por turno

-1 cocinero por turno

-1 P.E.S.D.

-1 P.S.A.