Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 15 de octubre de 2002, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 8 de octubre de 2002, declarando urgente la expropiación de los bienes afectados por las obras del Proyecto de Clave A-313-HU «Mejora de la Intersección de Acceso a Bolea en la Carretera A-1206 de Esquedas a Ayerbe por Loarre, p.k. 5,401. Término Municipal de Bolea (Huesca)».

Publicado el 28/10/2002 (Nº 128)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Texto completo:

ORDEN de 15 de octubre de 2002, del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se publica el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, en su reunión celebrada el día 8 de octubre de 2002, declarando urgente la expropiación de los bienes afectados por las obras del Proyecto de Clave A-313-HU «Mejora de la Intersección de Acceso a Bolea en la Carretera A-1206 de Esquedas a Ayerbe por Loarre, p.k. 5,401. Término Municipal de Bolea (Huesca)».

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 8 de octubre de 2002 Acuerdo declarando urgente la expropiación de los bienes afectados por las Obras del Proyecto de Clave A-313-HU «Mejora de la Intersección de Acceso a Bolea en la Carretera A-1206 de Esquedas a Ayerbe por Loarre, p.k. 5,401. Término Municipal de Bolea (Huesca)», se procede a su publicación en Anexo a la presente Orden.

Zaragoza, 15 de octubre de 2002.

El Consejero de Obras Públicas,

Urbanismo y Transportes, JAVIER VELASCO RODRIGUEZ

ACUERDO

Con fecha 20 de mayo de 2002 el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes aprobó el Proyecto de Clave A-313-HU «Mejora de la Intersección de Acceso a Bolea en la Carretera A-1206 de Esquedas a Ayerbe por Loarre, p.k. 5,401. Término Municipal de Bolea (Huesca)», y ordenó al Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, proceder a la Información Pública de los bienes afectados.

En la citada Información Pública se presentaron las siguientes alegaciones:

D. Manuel Ayala Nueno expone que la finca nº 8 del expediente, Polígono 1, Parcela 71,T.M. Bolea, que figura en la relación de bienes a expropiar a nombre de D. Manuel Coarasa, ha pasado a titularidad de D. Pedro Alonso Ayala, circunstancia que será objeto de comprobación y rectificación en su caso en el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación.

Dª. Elisa Artieda Tresaco, en nombre propio y en representación de sus hermanas Dª. María y Dª. Teresa Artieda Tresaco, alega que la finca nº 24 del expediente, Polígono 3, Parcela 227 que figura a nombre de Dª. María Tresaco Sarasa ha pasado a nombre de sus hijas y herederas Dª. Elisa, Dª María y Dª. Teresa Artieda Tresaco, circunstancia que será igualmente objeto de comprobación y rectificación en su caso en el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. Solicita asimismo en su escrito de alegaciones la modificación del proyecto para disminuir las afecciones. En lo que respecta a la circunstancia de petición de cambio de trazado debemos informar que la misma se aparta del objeto de la información pública efectuada en el ámbito de la Ley de Expropiación Forzosa, y que se concreta en rectificación de posibles errores en la Relación publicada u oposición por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación, pero en ningún caso se puede cuestionar en esta Información Pública la solución técnica adoptada en el Proyecto, pues como ha manifestado la Sala de lo Contencioso-Administrativo el tema no afecta a la legalidad administrativa sino a cuestiones de acierto y oportunidad de la actuación de la Administración que no pueden ser objeto de revisión en vía jurisdiccional. No obstante, según informa el Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, si durante el transcurso de la obra y tras los estudios específicos de cada situación, se contemplara la posibilidad de mejoras puntuales, éstas se estudiarían en cada caso concreto, transmitiendo a los posibles afectados las variaciones efectuadas. Añade la reclamante en su escrito el tema de las valoraciones a lo que el Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Huesca informa que la cuestión de valoraciones de los bienes a indemnizar por los perjuicios ocasionados con motivo de las obras, queda diferida a la fase del justiprecio, ajustando su valoración a las indemnizaciones correspondientes con arreglo a lo que se describa en las Actas Previas a la Ocupación de cada una de las parcelas en particular, teniendo en cuenta el perjuicio concreto que se ocasione y las posibles indemnizaciones que le pudieran corresponder por el demérito ocasionado por la afección. En cuanto a la petición de la alegante en su escrito de una copia de los Planos y de la relación de afectados, el Servicio Provincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de Huesca le ha dado debida información a la interesada al respecto.

A la vista de lo anterior y la urgencia que reviste la ejecución de las Obras de este Proyecto, procede declarar urgente la ocupación de los bienes afectados.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 8 de octubre de 2002,

ACUERDO:

Primero. Declarar urgente, a los efectos de la aplicación del Art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa, la ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que dan lugar las Obras del Proyecto de Clave A-313-HU «Mejora de la Intersección de Acceso a Bolea en la Carretera A-1206 de Esquedas a Ayerbe por Loarre, p.k. 5,401. Término Municipal de Bolea (Huesca)», cuya Relación fue objeto de publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» Núm. 80 de fecha 10 de julio de 2002.

Segundo. En el levantamiento de las Actas Previas se comprobará lo manifestado por D. Manuel Ayala Nueno y Dª. Elisa Artieda Tresaco, en nombre propio y en representación de sus hermanas Dª. María y Dª. Teresa Artieda Tresaco, referente a la titularidad de las fincas núms. 8 y 24 respectivamente, T.M. Bolea, a fin de efectuar las rectificaciones que procedan.

Tercero. La cuestión de las valoraciones de los bienes a indemnizar queda diferida a la fase de justiprecio del expediente de expropiación forzosa.

Cuarto. Al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación deberán ser citados los que figuran en el expediente como titulares de los bienes y derechos afectados y los que han presentado alegaciones.

Quinto. El presente Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» y se notificará a todos los que han formulado alegaciones.

Sexto. Sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados de formular por escrito, hasta el momento del levantamiento de las Actas previas, las alegaciones que consideren oportunas a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», o bien recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».