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ORDEN SAN/379/2021, de 21 de abril, por la que se establece el nivel de alerta sanitaria 3 ordinario en el municipio de Cuarte de Huerva

Publicado el 22/04/2021 (Nº 19 Extraordinario)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

El Decreto-Ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se restablece el nivel de alerta sanitaria 3 agravado para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, vino a declarar, con carácter general, dicho nivel de alerta sanitaria, regulado en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón. Este régimen comporta, en síntesis, la suspensión generalizada de apertura de diferentes establecimientos y de determinadas actividades con objeto de minimizar al máximo el contacto social y quebrar situaciones extendidas de contagio comunitario, evitando la adopción de medidas más drásticas y con mucho mayor coste social y económico como pueda ser el confinamiento domiciliario. Una vez establecido dicho régimen de alerta 3 agravado, mediante Orden SAN/1/2021, de 4 de enero, se limitó la suspensión de actividades anticipando el horario de cierre de todas aquellas que no sean esenciales, previendo además una serie de modulaciones específicas para algunas actividades, en su mayor parte más restrictivas que las que resultarían del nivel de alerta 3 ordinario.

La evolución posterior de la pandemia, y la mejora de los diferentes indicadores, permitió proceder, al amparo de lo previsto en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, a la declaración del nivel de alerta sanitaria 3 ordinario por Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo, con la fijación de las oportunas modulaciones para diferentes actividades, declaración que afectaba al conjunto del territorio de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que el empeoramiento de los datos epidemiológicos en determinados ámbitos territoriales pueda justificar la inaplicación de dicho nivel de alerta en los mismos, restableciendo en su ámbito el régimen jurídico de alerta sanitaria 3 agravado, declarado por Decreto-Ley 1/2021, de 4 de enero, del Gobierno de Aragón, junto con las modulaciones correspondientes que correspondiera fijar mediante Orden de la autoridad sanitaria, tal y como se hizo a través de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril, para el municipio de Tarazona, incorporándose posteriormente a tal situación, mediante Orden SAN/331/2021, de 13 de abril, los municipios de Cuarte de Huerva y Fraga y la comarca de La Litera.

La situación epidemiológica en Aragón, tras sufrir el cuarto pico epidémico, ha evolucionado con un aumento de la incidencia a partir de la semana 11 (del 15 al 21 de marzo), un incremento más marcado en la semana 14 (del 5 al 11 de abril), que sugería el comienzo de un nuevo pico epidémico, si bien posteriormente se ha producido una estabilización. En la actualidad, la incidencia acumulada a 7 días está situada entre 130 y 140 casos por 100.000 habitantes desde el 10 de abril.

Esta situación de elevada afectación de la población, aunque no se esté produciendo un nuevo pico epidémico, se corresponde con un conjunto de picos epidémicos de menor magnitud que los anteriores, que se están produciendo en distintas partes del territorio en períodos de tiempo diferentes, pero cuyo resultado neto para el conjunto de Aragón es el de una meseta en la afectación por la enfermedad.

Sin embargo, la situación es diferente en función de la zona. En concreto, en el municipio de Cuarte de Huerva se produjo un incremento de la incidencia desde mediados del mes de marzo que llegó hasta un máximo de 275 casos por 100.000 habitantes en 7 días el 12 de abril. Desde entonces, con oscilaciones, se ha producido un descenso de la afectación hasta alcanzar 164 casos por 100.000 habitantes en 7 días ayer 20 de abril. En esta situación, vista la tendencia descendente, cabe plantear ajustes en las medidas de prevención y control.

Por ello, atendiendo a la favorable evolución epidemiológica observada en el municipio de Cuarte de Huerva, según lo señalado en el artículo 3.5 del Decreto de 9 de abril de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de lo establecido en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y en el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma, se ha procedido a eliminar el confinamiento perimetral de dicho municipio.

Dicha evolución aconseja igualmente proceder al restablecimiento del nivel de alerta 3, modalidad ordinaria, en el municipio de Cuarte de Huerva, tal y como se prevé en el artículo 18.3 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, al disponer que "la autoridad sanitaria podrá acordar, en todo caso, la aplicación de un nivel de alerta inferior al aplicable en un ámbito territorial determinado en función de su concreta situación epidemiológica, siempre que no se pongan en riesgo los intereses generales de intervención sanitaria contra la pandemia COVID-19 y la preservación de la capacidad asistencial del sistema de salud".

La evaluación de los resultados de estas medidas permitirá establecer, si fuera necesario, otras que se adapten a las nuevas circunstancias que se produjeran, tanto en un sentido de endurecimiento como de mantenimiento o flexibilización, llevándose a cabo un seguimiento estrecho de otros territorios en los que puede haber un incremento de la afectación.

En su virtud, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3.5 del Decreto de 9 de abril de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, y en ejercicio de las competencias propias como autoridad sanitaria, conforme a lo previsto en la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, y en el Decreto-Ley 1/2021, de 4 de enero, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden SAN/283/2021, de 6 de abril.

Se modifica el artículo segundo, Ámbito territorial de aplicación, con la redacción siguiente:

"La situación de nivel de alerta sanitaria 3 agravado y las medidas previstas en esta Orden resultan de aplicación en el territorio correspondiente a los municipios de Fraga y Tarazona y a la comarca de La Litera".

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor a las 00:00 horas del día 23 de abril de 2021.

Zaragoza, 21 de abril de 2021.

La Consejera de Sanidad,

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