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ORDEN de 15 de marzo de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Rubielos de la Cérida (Teruel).

Publicado el 13/04/2012 (Nº 71)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el proyecto de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Rubielos de la Cérida, redactado por el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de este Departamento en Teruel, resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Primero.- Con fecha 22 de julio de 2008, el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente, tiene a bien, acordar el inicio del expediente de clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Rubielos de la Cérida.

Segundo.- En enero de 2009, se redactó la propuesta donde se incluía la clasificación de las vías pecuarias del término de Rubielos de la Cérida.

Tercero.- Con fecha 19 de febrero de 2009, se anuncia en el «Boletín Oficial de Aragón» número 34 el comienzo de las operaciones de clasificación, fijándose el 12 de marzo de 2009, a las 09:00 horas de la mañana, señalándose como lugar de reunión el Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida.

Cuarto.- Este expediente se concluye mediante Orden de 11 de enero de 2011, del Consejero de Medio Ambiente, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» número 138, de fecha 15 de julio de 2011, por la que se declara la caducidad del expediente de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Rubielos de la Cérida (Teruel). En la misma se especifica que se conservarán todos aquellos trámites y actuaciones que fueran a resultar iguales e idénticos en el nuevo procedimiento administrativo de clasificación y ordenando la iniciación del expediente para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Rubielos de la Cérida.

Quinto.- En cumplimiento de lo establecido en la Orden de 11 de enero de 2011, el 14 de noviembre de 2011, se publica en el «Boletín Oficial de Aragón» número 224, el anuncio de comienzo de las operaciones de clasificación, fijando el día 30 de noviembre de 2011, a las 10.00 horas de la mañana, estableciéndose como lugar de reunión el Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida y nombrando como representante de la administración en el acto de recorrido, reconocimiento y estudio de las vías pecuarias del referido término municipal a la Ingeniera Técnica Forestal Nieves Gil Martín.

Sexto.- Con fecha 9 de noviembre de 2011, se comunica la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", del anuncio que informa del comienzo de las operaciones de clasificación, al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida, al Presidente de la Cámara Agraria Provincial, al Presidente de la Comarca del Jiloca, al Presidente del Ligallo General de Pastores Trashumantes, a la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE), al Jefe de Servicio de Patrimonio del Departamento de Hacienda y Administración Pública, al Director del Servicio Provincial de Agricultura y Alimentación y a la Diputación Provincial. Solicitando que designen prácticos y representantes para el acto de clasificación de las vías pecuarias y para su exposición, cuando proceda, en el tablón de anuncios durante 15 días previos al comienzo de la clasificación.

Séptimo.- Con fecha 15 de noviembre de 2011, la Cámara Agraria de Teruel designa al vocal D. Leoncio Benedicto Corbatín, como representante de la Cámara, para asistir a la clasificación de las vías pecuarias del término de Rubielos de la Cérida, mandando escrito al respecto.

Octavo.- Con fecha 17 de noviembre de 2011, el Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida mediante Decreto de Alcaldía, resuelve designar como representante municipal para los trabajos de clasificación de las vías pecuarias, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento, D. Juan José Ramo Cervera y como prácticos en los trabajos a D. Francisco Ramo Lorente y D. Manuel Tolosa Simón.

Noveno.- Con fecha 15 de diciembre de 2011, el Secretario del Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida, certifica que el anuncio de inicio de operaciones de los trabajos de clasificación de las vías pecuarias, ha estado expuesto en el tablón de anuncios de ese ayuntamiento durante el plazo requerido, sin que durante ese tiempo se haya presentado ninguna reclamación.

Décimo.- Con fecha 16 de diciembre de 2011, la Secretaria de la Comarca del Jiloca, certifica que el anuncio de inicio de operaciones de los trabajos de clasificación de vías pecuarias, ha estado expuesto en el tablón de anuncios de esa comarca, sin que se hayan presentado alegaciones ni reclamaciones al mismo.

Undécimo.- Con fecha 30 de noviembre de 2011, se produce la constitución de la comisión para la clasificación de las vías pecuarias de Rubielos de la Cérida.

Duodécimo.- Tras constituir la comisión para la clasificación, se validaron las líneas fijadas, de acuerdo con los presentes y sin protestas de colindantes, tal y como queda reflejado en el acta y en el informe de fecha 30 de noviembre de 2011, incorporado al expediente y sobre el que se fundamenta esta orden.

Decimotercero.- El proceso de toma de datos se realizó empleando equipo GPS Geoexplorer III de Trimble, recorriendo las vías pecuarias para la toma de datos, con post-proceso mediante el programa informático Pathfinder, presentando los resultados en coordenadas UTM.

Decimocuarto.- El proyecto de clasificación fue objeto del trámite de información pública mediante anuncio publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 4, de fecha 9 de enero de 2012. Y el texto del anuncio comunicado, con fecha 4 de enero de 2012, para su exposición en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida y de la Comarca del Jiloca, así mismo se comunica, en esa fecha, al Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, al Presidente de la Cámara Agraria Provincial de Teruel, de la Asociación Ligallo General de Pastores, a la Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE); al Director del Servicio Provincial de Agricultura en Teruel; al Jefe del Servicio de Patrimonio; al Presidente de U.A.G.A y al Presidente de A.S. A.J.A.

Decimoquinto.- Con fecha 13 de febrero de 2012 la Presidenta de la Comarca del Jiloca, remite certificado de la exposición del anuncio de información pública del expediente de clasificación de vías pecuarias de Rubielos de la Cérida, durante el plazo establecido, sin que se hayan presentado reclamaciones al mismo.

Decimosexto.- El Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida, con fecha 9 de febrero de 2012, certifica la exposición del edicto en el tablón de anuncios de su entidad local y que no se presentaron reclamaciones al expediente.

Decimoséptimo.- Con fecha 28 de febrero de 2012, el Director Provincial de este Departamento en Teruel, manifiesta su acuerdo con lo actuado y eleva el expediente para su resolución definitiva, de acuerdo con lo actuado por la Ingeniera Técnica Forestal Nieves Gil Martín, designada para la Clasificación.

Fundamentos Jurídicos:

Primero.- El artículo 7 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y el artículo 17 de la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de Vías Pecuarias de Aragón, dispone que la clasificación es el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, categoría, anchura, trazado y demás características generales de cada vía pecuaria.

Segundo.- La Disposición adicional primera de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, insta a la Administración a clasificar con carácter de urgencia las vías pecuarias.

Tercero.- En la tramitación del expediente, se dio cumplimiento a cuanto se previene en la legislación vigente relativa al trámite de audiencia, mediante anuncios publicados en el "Boletín Oficial de Aragón", y colocados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Rubielos de la Cérida, Cámara Agraria Provincial y Comarca del Jiloca.

Cuarto.- Durante la práctica de la clasificación, y en el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron alegaciones.

Vistos el Estatuto de Autonomía de Aragón, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias; la Ley 10/2005, de 11 de noviembre, de Vías Pecuarias de Aragón; el Decreto 333/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación.

Este Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, de acuerdo con el informe del Director Servicio Provincial de Teruel, y a propuesta de la Dirección General de Gestión Forestal, resuelve:

Primero.- Aprobar la clasificación de las vías pecuarias sitas en el término municipal de Rubielos de la Cérida (Teruel), en la que se integran las que se indican en el anexo I, en el mismo anexo se recogen la relación de fuentes, abrevaderos y descansaderos.

Segundo.- Sus recorridos, direcciones, superficie y demás características de las antedichas vías pecuarias figura en el informe de clasificación, de fecha 30 de noviembre de 2011, ateniéndose en cuanto a lo señalado en su proyecto de clasificación y cuyo contenido se tendrá presente en todo cuanto le afecte.

En aquellos tramos de las mismas afectados por situaciones topográficas, paso por zonas urbanas, alteraciones por el transcurso del tiempo en cauces fluviales, etc., su anchura quedará fijada con carácter definitivo una vez practicado el deslinde de la vía pecuaria.

Si en el referido término municipal hubiese, además de las incluidas en la clasificación, otras vías pecuarias, no perderán éstas su carácter y deberán ser clasificadas con posterioridad.

Tercero.- La presente orden deberá ser objeto de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 15 de marzo de 2012.