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ORDEN ECD/390/2021, de 8 de abril, por la que se convoca a los profesionales vinculados al mundo audiovisual aragonés para la participación en el programa film.ar en el año 2021.

Publicado el 26/04/2021 (Nº 89)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 71. 43.ª que la cultura es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma.

El Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte dispone en su artículo 1.2.s) dentro de las competencias generales del Departamento, que le corresponde la promoción, fomento y difusión de las artes y la cultura aragonesa en todas y cada una de las manifestaciones a través de programaciones propias y el apoyo a programaciones privadas. Asimismo, según lo recogido en el artículo 22.1.a), g) y j) del Decreto, se atribuye a la Dirección General de Cultura las funciones de programación, ejecución, seguimiento y análisis de resultados de las competencias del Departamento en materia cultural y, en concreto, las acciones culturales en materia de teatro, música, danza, artes plásticas, cine y audiovisuales, así como el fomento de la industria cultural aragonesa y las actuaciones que de forma directa o indirecta contribuyen a la conservación, difusión y promoción de la cultura.

El fomento de la cultura es uno de los objetivos del Departamento, que a través de la Dirección General de Cultura se potencia por medio de programas de difusión de la producción audiovisual aragonesa.

Por tanto, conforme a las competencias atribuidas al Departamento de Educación, Cultura y Deporte en el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, dispongo:

Primero.- Objeto de la convocatoria.

La presente Orden tiene por objeto convocar a los profesionales del sector audiovisual aragonés para la selección de cortometrajes y documentales y su posterior difusión y promoción tanto a nivel nacional como internacional.

Para conseguir este objetivo se realizará con las obras seleccionadas un catálogo digital denominado film.ar, que se integrará en la página web patrimonio cultural de Aragón (http://www.patrimonioculturaldearagon.es/buscador) y en la web aragon.es (https://www.aragon.es/-/film.ar-2019-convoca-a-los-profesionales-vinculados-al-mundo-audiovisual-aragones)

Asimismo, se distribuirán por los distintos festivales nacionales e internacionales, así como la posible difusión por parte de la Dirección General de Cultura.

Segundo.- Requisitos.

Podrán participar en esta convocatoria cortometrajes con una duración máxima de 30 minutos y documentales con una duración máxima de 60 minutos que cumplan los siguientes requisitos:

1. Fecha de inscripción en el Depósito Legal con posterioridad al 1 de enero de 2019.

2. Cumplir al menos una de las siguientes condiciones:

2.1. Director nacido en Aragón, o residente en la Comunidad Autónoma con un año de anterioridad, al menos, a la fecha de finalización del plazo de solicitud de participación en esta convocatoria.

2.2. Productor o empresa productora con domicilio en Aragón, con un año de antigüedad, al menos, a la fecha de finalización del plazo de solicitud de participación en esta convocatoria.

En el caso de coproducción, la productora o productoras aragonesas deben ser propietarias de, al menos, un 50% de los derechos del audiovisual presentado.

Tercero.- Documentación a presentar.

1. Solicitud de participación (anexo I)

2. Escrituras de constitución de empresa y copia del NIF. En caso de que esta documentación ya conste en poder de la administración, deberá indicarse en qué procedimiento fue aportada.

3. En caso de coproducción contrato con la empresa o empresas con las que se coproduce.

4. Una copia en formato digital del audiovisual así como el enlace a una plataforma de descarga online a la dirección de correo electrónico dgcultura@aragon.es, indicando el nombre del solicitante y el título de la obra.

5. Listado completo de los festivales a los que el cortometraje ha sido previamente enviado, las selecciones habidas y los premios conseguidos.

6. Acreditación de la identidad del interesado, en caso de haber ejercido el derecho de oposición para la realización de su consulta, mediante copia de DNI.

7. Acreditación de la identidad del representante, en caso de haber ejercido el derecho de oposición para la realización de su consulta, mediante copia de DNI.

8. Acreditación de residencia, mediante certificado actualizado en el plazo de presentación de solicitudes, en caso de haber ejercicio el derecho de oposición para la realización de su consulta.

Cuarto.- Lugar y plazo de presentación.

La solicitud de participación, dirigida al Director General de Cultura, se presentará, con indicación del procedimiento 1541 (Convocatoria a los profesionales vinculados al mundo audiovisual aragonés para la participación en el programa Film.ar), en el Registro Electrónico General de Aragón (https://www.aragon.es/tramites/registro-electronico-general) en el caso de las personas jurídicas.

Las personas físicas podrán optar por la presentación electrónica que se indica en el párrafo anterior o por la presentación presencial, con cita previa, en el Registro del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, Avenida Ranillas, 5 D, 1.ª planta, de Zaragoza así como por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir de la publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinto.- Evaluación de la solicitudes

La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión de Valoración designada por el Director General de Cultura, y estará constituida por:

Un Jefe de Servicio de la Dirección General de Cultura, que actuará como Presidente.

Hasta tres expertos en el mundo audiovisual, seleccionados entre profesionales de reconocido prestigio.

Actuará como Secretario, con voz y sin voto, un funcionario de la Dirección General de Cultura designado por el Director General.

Los criterios de valoración serán la calidad del trabajo y su adecuación a las características de los festivales donde pretenden presentarse.

Sexto.- Instrucción y resolución.

Son órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento el Director General de Cultura y el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, respectivamente.

Una vez evaluadas las solicitudes la comisión de valoración emitirá informe en el que se se recogerá el resultado de la evaluación y se elevará al Director General de Cultura.

Corresponde al Consejero de Educación, Cultura y Deporte la resolución de la convocatoria incluyendo en la misma la relación de audiovisuales seleccionados y también los no seleccionados y la causa.

El plazo máximo para resolver será de tres meses a contar desde la fecha de publicación de la presente convocatoria; transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución expresa, la petición se entenderá desestimada.

Séptimo.- Notificación.

La Orden de resolución con los audiovisuales seleccionados para participar en el programa y los no seleccionados se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", con efectos de notificación, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Octavo.- Obligaciones de los productores de los audiovisuales seleccionados.

Los productores de los audiovisuales seleccionados se comprometen a entregar en el plazo que se determine en la Orden de resolución de convocatoria el siguiente material:

1. Copia del audiovisual con las especificaciones técnicas que se indiquen en la resolución.

2. Ficha técnica y artística completa, según modelo que se determine.

3. 4 fotografías del audiovisual.

4. Diseño del cartel del audiovisual.

5. 1 fotografía del director.

6. Biofilmografía del director.

7. Actualización del listado previsto en el apartado 3, punto 5.

8. Autorización firmada para la inclusión del audiovisual, encriptado, en la web del Gobierno de Aragón.

En caso de incumplimiento de los plazos fijados para esta entrega de material, el audiovisual seleccionado quedará excluido del programa de difusión.

Noveno.- Aceptación de las bases.

La presentación de un audiovisual a esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases.

Décimo.- Eficacia.

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Decimoprimero.- Recursos.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los recursos administrativos que se interpongan por personas obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas deberán presentarse por medios electrónicos, tanto a través del Servicio de Soporte a la Tramitación (https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion), como en cualquiera de los otros Registros Públicos contemplados en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Zaragoza, 8 de abril de 2021.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, FELIPE FACI LÁZARO