Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

NOTIFICACION del Instituto Aragonés de Empleo, relativo a cédula de notificación y requerimiento a Expansión J. J. Cristeva, S. L.

Publicado el 05/02/2003 (Nº 14)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO

Texto completo:

NOTIFICACION del Instituto Aragonés de Empleo, relativo a cédula de notificación y requerimiento a Expansión J. J. Cristeva, S. L.

En relación con el expediente CI-501/1198 relativo a la Subvención de por contratación indefinida prevista en el Decreto 114/1998, de 9 de junio, del Gobierno de Aragón, de Expansión J. J. Cristeva, S. L., ha recaído requerimiento para el reintegro, en periodo voluntario, de la subvención concedida de fecha 8 de enero de 2003, que es del tenor literal siguiente:

Acusamos recibo del escrito de la Inspección Provincial de Trabajo de fecha 20 de noviembre de 2002, en el cual se nos comunica que la trabajadora Mª Cristina Villanueva Pérez por la que se ha percibido subvención por contratación indefinida acogiéndose al Decreto 114/98 de 9 de junio, del Gobierno de Aragón, por una cuantía de 600.000 ptas. (3.606,07euros), ha causado baja en la empresa en fecha 30 de octubre de 1999 y que la empresa no ha procedido a sustituirla.

El art. 10 del Decreto 114/1998, dispone, como obligación de los beneficiarios de ayudas y subvenciones: «a) Mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación subvencionada, durante, al menos, tres años,... b) En caso de baja anticipada del trabajador cuya contratación dio lugar a la subvención, la empresa deberá sustituirlo en el plazo máximo de tres meses por otro que reúna los requisitos que determinaron lo hubieran podido determinar la concesión de la ayuda».

Asimismo, el art. 17 del citado Decreto establece que «procederá la revocación de la subvención, así como el reintegro total o parcial y del interés de demora correspondiente desde el momento del pago, en caso de incumplimiento de las obligaciones del beneficiario,...»

En caso de que desee efectuar la devolución voluntaria por la cuantía total, puede hacerlo en un plazo de diez días mediante transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Aragonés de Empleo que a continuación se indica, haciendo constar el nombre de la empresa y el número de expediente. Posteriormente, deberá remitir a este Servicio copia del resguardo de ingreso o transferencia del importe reintegrado para su constancia en el expediente.

Nº Cuenta: Ibercaja 2085 0103 91 0330241114

Asimismo se le informa que de conformidad con lo dispuesto el art. 84 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/99 de 13 de enero, dispone de un plazo de diez días para formular alegaciones y presentar los documentos y justificantes que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución con los documentos y datos que obran en el expediente.

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual del solicitante, se procede de acuerdo con el Artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber que una vez publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» y exhibido en el tablón de anuncios del Ayuntamiento se le tendrá por notificado del mismo a todos los efectos.

Zaragoza, a 22 de enero de 2003.-La Directora Gerente del INAEM, Ana Bermúdez Odriozola.