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RESOLUCION de 15 de junio de 2006, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se reconoce al Instituto de Educación Secundaria «Biello Aragón», como entidad de formación para impartir cursos teórico-prácticos necesarios para la obtención del certificado de profesional habilitado.

Publicado el 14/07/2006 (Nº 80)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

RESOLUCION de 15 de junio de 2006, de la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se reconoce al Instituto de Educación Secundaria «Biello Aragón», como entidad de formación para impartir cursos teórico-prácticos necesarios para la obtención del certificado de profesional habilitado.

Vista la solicitud presentada por el Instituto de Educación Secundaria Biello Aragón y documentación anexa, en la que se solicita que se le dispense de la autorización y le sea concedido el reconocimiento como entidad de formación para impartir los cursos teórico prácticos necesarios para la obtención del certificado de profesional habilitado de la especialidad de instalaciones eléctricas de baja tensión.

Considerando las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón de conformidad con el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y modificado por Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo y por Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre.

Considerando que el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio de 2003, del Gobierno de Aragón, indica en el punto segundo del artículo 27 que la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa podrá, mediante Resolución, dispensar de la autorización a los centros educativos de carácter público que acrediten disponer de medios humanos y materiales adecuados y así lo soliciten.

Considerando que el Instituto de Educación Secundaria Biello Aragón ha acreditado suficientemente los medios humanos y materiales adecuados.

Esta Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa,

RESUELVE:

PRIMERO. Dispensar al Instituto de Educación Secundaria Biello Aragón de la autorización de entidades de formación.

SEGUNDO. Reconocer para un plazo de dos años, recogiendo los ciclos formativos impartidos en los periodos 2004-2006, 2005-2007 y 2006-2008, al Instituto de Educación Secundaria Biello Aragón como entidad de formación para impartir los cursos básicos establecidos como requisitos previos para la obtención del certificado de profesional habilitado en las especialidades de instalaciones eléctricas de baja tensión, establecidas en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, con el siguiente alcance:

ESPECIALIDAD DE INSTALACIONES ELECTRICAS DE BAJA TENSION:

A los alumnos titulados durante el periodo de vigencia del reconocimiento en alguna de las siguientes titulaciones:

-Técnico en equipos e instalaciones electrotécnicas

se les reconoce la superación de los siguientes cursos básicos:

-Curso de categoría básica para personas sin experiencia.

-Curso de categoría especialista

para personas sin experiencia.

TERCERO. El reconocimiento está sujeto a las siguientes condiciones generales:

1º. El coordinador de los cursos será el Jefe/a de Estudios Adjunto de Formación Profesional o en su defecto, el Jefe/a de Estudios del Centro.

2.º: La comunicación de los cursos, la comunicación de los alumnos matriculados y las calificaciones de los alumnos examinados se realizarán de acuerdo con la normativa aplicable a las entidades de formación autorizadas.

3º. Antes del 30 de junio de 2006, el centro deberá comunicar a la Dirección General de Industria la siguiente información relativa a cada ciclo formativo vinculado a este reconocimiento e impartido en el periodo 2004-2006:

-Alumnos matriculados en el curso y que van a presentarse en las convocatorias de 2006.

-Alumnos que han obtenido la titulación en las convocatorias de marzo y de junio de 2006.

4.º: Antes del 30 de junio de 2006, el centro deberá comunicar a la Dirección General de Industria los datos de los cursos básicos correspondientes a los ciclos formativos impartidos durante el periodo 2005-2007 y durante el periodo 2006-2008 para su correspondiente homologación a través de la aplicación informática de Gestión de Entidades de Formación.

5º. Antes del 30 de abril de 2007, el centro deberá comunicar a través de la aplicación informática de Gestión de Entidades de Formación, los alumnos matriculados en el ciclo formativo impartido durante el periodo 2005-2007 y que pueden obtener en el año 2007 alguno de los títulos para los que se realiza el reconocimiento.

6º. Antes del 30 de abril de 2008, el centro deberá comunicar a través de la aplicación informática de Gestión de Entidades de Formación, los alumnos matriculados en el ciclo formativo impartido durante el periodo 2006-2008 y que pueden obtener en el año 2008 alguno de los títulos para los que se realiza el reconocimiento.

7º Antes del 30 de junio de 2007 o de 2008, el centro deberá comunicar a través de la aplicación informática de Gestión de Entidades de Formación, los alumnos titulados en la convocatoria de marzo y de junio y que han superado el curso correspondiente al ciclo impartido durante el periodo 2005-2007 o 2006-2008, respectivamente.

8º Antes del 30 de septiembre de 2006, 2007 y 2008, el centro deberá comunicar a través de la aplicación informática de Gestión de Entidades de Formación, los alumnos titulados en la convocatoria de septiembre y que han superado el curso correspondiente al ciclo formativo impartido durante el periodo 2004-2006, 2005-2007 o 2006-2008, respectivamente.

8º Antes del 31 de diciembre de 2006, 2007 o 2008, el centro deberá comunicar a través de la aplicación informática de Gestión de Entidades de Formación, los alumnos titulados en la convocatoria de diciembre y que han realizado el curso correspondiente al ciclo formativo impartido durante el periodo 2004-2006, 2005-2007 o 2006-2008, respectivamente.

9º. El centro deberá emitir el correspondiente certificado de superación de cursos básicos a los alumnos que hayan superado alguno de los títulos para los que se realiza el reconocimiento.

10º El centro deberá conservar y tener a disposición de la Administración los originales de los exámenes y pruebas realizadas por los alumnos durante un plazo mínimo de un mes desde su realización.

CUARTO. La vigencia de este reconocimiento está condicionada al cumplimiento y mantenimiento de las condiciones establecidas en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial.

QUINTO. Se inscribirá al Instituto de Educación Secundaria Biello Aragón en el Registro de Entidades de Formación para la obtención de certificados de profesional habilitado autorizadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, incorporando a su inscripción los cursos para los que es reconocida en esta Resolución.

SEXTO. La renovación del reconocimiento como entidad de formación deberá solicitarse a la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa antes del 30 de abril de 2008.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 15 de junio de 2006.

El Director General de Industria

y de la Pequeña y Mediana Empresa, CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA