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DECRETO 162/2006, de 4 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 354/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se declara de Interés General para la Comunidad Autónoma la actuación para la transformación en regadío, contenida en el ámbito territorial del PEBEA, correspondiente a la iniciativa presentada por la Comunidad de Regantes «LA EFESA» en el término municipal de Escatrón (Zaragoza).

Publicado el 14/07/2006 (Nº 80)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACION

Texto completo:

DECRETO 162/2006, de 4 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 354/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se declara de Interés General para la Comunidad Autónoma la actuación para la transformación en regadío, contenida en el ámbito territorial del PEBEA, correspondiente a la iniciativa presentada por la Comunidad de Regantes «LA EFESA» en el término municipal de Escatrón (Zaragoza).

Las Cortes de Aragón en uso de las competencias exclusivas de que es titular la Comunidad Autónoma en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía, y sobre la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo establecido en los números 12º y 24º del apartado 1 del artículo 35 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobaron la Ley 10/1997, de 17 de noviembre, por la que se instrumenta la aplicación del Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés, y se aprueban medidas para su mejor ejecución, habiendo sido aprobado el Plan por Acuerdo del Gobierno de Aragón adoptado en su reunión del día 30 de junio de 1997.

El Decreto 64/2001, de 27 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece el procedimiento y condiciones para llevar a efecto las transformaciones en regadío que se ejecuten en el ámbito del PEBEA («Boletín Oficial de Aragón» nº 41, de 6 de abril de 2001), introduce la posibilidad de que determinados beneficiarios, entre los que se encuentran las comunidades de regantes constituidas o en constitución y entidades locales, puedan ejecutar las obras de transformación por la Administración.

En el marco del Decreto 64/2001, el Departamento de Agricultura ha aprobado la Orden de 5 de abril de 2001, por la que se desarrolla el Decreto 64/2001, y se abre el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a la transformación en regadío al amparo del PEBEA, habiendo presentado la Comunidad de Regantes, en constitución, «LA EFESA» en el término municipal de Escatrón una iniciativa para la transformación en regadío.

El Decreto 64/2001, prevé que cuando las obras se lleven a efecto por la modalidad de ejecución por la Administración, la actuación de transformación en regadío se declarará por Decreto del Gobierno de Aragón de Interés General para la Comunidad Autónoma, siendo necesario para ello que la actuación se refiera a obras de cierta complejidad técnica, repercusión social o económica y que afecten a zonas o sectores homogéneos. La iniciativa presentada por la Comunidad de Regantes en constitución «LA EFESA» en el término municipal de Escatrón, cumple con las condiciones señaladas y con el resto de circunstancias exigidas por el Decreto como para que proceda la declaración de Interés General de la actuación, tal y como acreditan los informes emitidos y actuaciones desarrolladas en los términos de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 64/2001.

En virtud de lo anteriormente expuesto la solicitud de la Comunidad de Regantes en constitución «LA EFESA» fue declarada de Interés General según Decreto 354/2002, de 19 de noviembre, y en su artículo primero quedó delimitada en la parte oeste mediante el camino C-15 de la zona de concentración parcelaria de Escatrón. Como consecuencia de la Información Pública del Estudio de Impacto Ambiental («Boletín Oficial de Aragón» de 21 de junio de 2004), hubo diferentes solicitudes de inclusión de parcelas en esta solicitud, parcelas que anteriormente estuvieron incluidas en la iniciativa PEBEA presentada por la Comunidad de Regantes en constitución de Escatrón Secano y que se sitúan al otro lado del camino C-15.

Una vez estudiadas las solicitudes de inclusión de nuevas parcelas, desde un punto de vista técnico se considera más adecuado incluirlas en la presente iniciativa y así se ha recogido en la Declaración de Impacto Ambiental (Resolución de 31 de mayo de 2006, del INAGA; «Boletín Oficial de Aragón» de 12 de junio de 2006).

Lo expuesto obliga a modificar la delimitación de la zona a transformar en regadío llevada a cabo en el citado Decreto 354/2002 del Gobierno de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Alimentación, habiéndose seguido los trámites legales procedentes, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 4 de julio de 2006,

DISPONGO:

Artículo único.-Se da una nueva redacción al artículo primero del Decreto 354/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se declara de Interés General para la Comunidad Autónoma la actuación para la transformación en regadío, contenida en el ámbito territorial del PEBEA, correspondiente a la iniciativa presentada por la Comunidad de Regantes en constitución «LA EFESA»:

«Artículo primero.-Declaración de Interés General.

Se declara de Interés General para la Comunidad Autónoma de Aragón a los efectos de la aplicación del Plan Estratégico del Bajo Ebro Aragonés la ejecución de las obras de transformación en regadío interesada por la Comunidad de Regantes «LA -EFESA» con una superficie aproximada de 421 ha., que se definirá en el proyecto de obra que estará condicionado a la preceptiva Declaración de Impacto Ambiental, y con la siguiente delimitación de zona, en término municipal de Escatrón (Zaragoza):

Norte: Río Ebro.

Sur: Carretera de Escatrón a Chiprana (A-221) e iniciativa de la Comunidad de Regantes de Escatrón (expte.PEBEA-14/01).

Este: Término municipal de Chiprana.

Oeste: Los caminos C-15 y C-15-1 de concentración parcelaria y la Iniciativa de la Comunidad de Regantes de Escatrón Secano.»

Disposición Final Unica: Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 4 de julio de 2006.

El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Agricultura

y Alimentación, GONZALO ARGUILE LAGUARTA