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ORDEN de 10 de enero de 2003, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés el «Claustro y Aleros del ex Convento de la Virgen del Carmen» en Gea de Albarracín (Teruel).

Publicado el 05/02/2003 (Nº 14)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO

Texto completo:

ORDEN de 10 de enero de 2003, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés el «Claustro y Aleros del ex Convento de la Virgen del Carmen» en Gea de Albarracín (Teruel).

El artículo 2 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que el Patrimonio Cultural Aragonés está integrado por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo la superficie de las aguas.

Los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Se denominarán Bienes Catalogados y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés, aquéllos que, pese a su significación e importancia no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural.

Por Resolución de 22 de marzo de 1985 de la Dirección General de Cultura y Educación de la Diputación General de Aragón, publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» el 7 de junio de 1985, se incoó procedimiento para la declaración del «Claustro y Aleros del ex Convento de la Virgen del Carmen» en Gea de Albarracín (Teruel) como Monumento Histórico-Artístico. La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, modificó la denominación de esta categoría por la de Bienes de Interés Cultural, a través de su Disposición Adicional Primera.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, en el apartado primero de su Disposición Transitoria Segunda, establece que la tramitación y los efectos de los expedientes de declaración de Monumentos, Jardines, Conjuntos, Sitios Históricos y Zonas Arqueológicas, incoados con anterioridad a su entrada en vigor, quedarán sometidos a lo dispuesto en ella, en la categoría que corresponda.

Mediante Orden de 8 de julio de 2002 del Departamento de Cultura y Turismo («Boletín Oficial de Aragón» de 9 de agosto de 2002) se acordó, en virtud de la citada Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/1999, modificar los procedimientos incoados para la declaración de los bienes que se relacionaban en el Anexo, cambiando su categoría de protección de la de Bienes de Interés Cultural a la de Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés. Entre dichos Bienes se incluía el «Claustro y Aleros del ex Convento de la Virgen del Carmen» de Gea de Albarracín (Teruel).

El procedimiento se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose la apertura de un periodo de información pública en el que no se hicieron alegaciones.

Igualmente se concedió un trámite de audiencia a los interesados en el que tampoco se hicieron alegaciones.

En su virtud, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, ordeno:

Primero.-Objeto.

Es objeto de la presente Orden declarar Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés el «Claustro y Aleros del ex Convento de la Virgen del Carmen» en Gea de Albarracín, en la provincia de Teruel.

La descripción y delimitación concreta del citado Bien y de su entorno se recogen en los Anexos I y II de esta Orden.

Segundo.-Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable al «Claustro y Aleros del ex Convento de la Virgen del Carmen» en Gea de Albarracín (Teruel) y a su entorno es el previsto en el Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Tercero.-Publicidad.

La presente Orden será notificada a los interesados y se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejero de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

Zaragoza a 10 de enero de 2003.

El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO

ANEXO I. DESCRIPCION DEL BIEN

Epoca: 2ª m.s.XVIII

Estilo: Barroco

Descripción:

Se trata de un antiguo convento construido en la segunda mitad del s.XVII en un sobrio estilo barroco clasicista, que forma un rotundo volumen prismático que destaca notablemente dentro del caserío de esta población turolense.

Tiene fábrica de mampostería reforzada en los ángulos con sillar y presenta planta rectangular y tres alturas. Consta de una iglesia de tres naves con crucero y, adosado a la nave de la Epístola, un amplio claustro de planta cuadrada.

El claustro está realizado en sillarejo y también presenta tres alturas. La primera se encuentra actualmente cegada y sólo abre al patio a través de óculos cerrados con placas de alabastro, mientras el segundo y tercer piso abren por medio de vanos adintelados, de mayor tamaño los del segundo.

El conjunto se remata con una magnífico alero de madera estructurado en dos niveles sostenidos por ménsulas talladas con motivos vegetales en forma de hojas de acanto en el inferior y antropomorfas en el superior, entre las ménsulas se disponen florones rematados por piñas. Es el elemento de mayor interés del claustro por su originalidad y la riqueza de su talla.

El estado de conservación del claustro es bueno en general, aunque las últimas intervenciones han desvirtuado en parte su disposición original.

ANEXO II.-PLANO DE DELIMITACION DEL CLAUSTRO Y ALEROS DEL EX CONVENTO DE LA VIRGEN DEL CARMEN EN GEA

DE ALBARRACIN (TERUEL) Y SU ENTORNO