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ORDEN de 23 de enero de 2003, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración, para la realización de programas para el desarrollo de Servicios de Atención a la primera infancia. (cero-tres años), entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón, con fecha 4 de diciembre de 2002.

Publicado el 05/02/2003 (Nº 14)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

ORDEN de 23 de enero de 2003, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración, para la realización de programas para el desarrollo de Servicios de Atención a la primera infancia. (cero-tres años), entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón, con fecha 4 de diciembre de 2002.

Inscrito en el Registro General de Convenios con el número h2c16n0028 el convenio suscrito, con fecha 4 de diciembre por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejera de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 23 de enero de 2003.

El Vicepresidente del Gobierno y Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, JOSE ANGEL BIEL RIVERA

ANEXO CONVENIO DE COLABORACION ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON PARA LA REALIZACION DE PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS DE ATENCION

A LA PRIMERA INFANCIA. (CERO-TRES AÑOS)

En Madrid, a 4 de diciembre de 2002, reunidos:

De una parte, el Excmo. Señor Don Eduardo Zaplana Hernández-Soro, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002, de 9 de julio (Boletín Oficial del Estado número 164, de 10 de julio), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (Boletín Oficial del Estado número 12), sobre competencia para celebrar Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.

Y de otra parte, la Excma. Señora Doña Eva Almunia Badía, Consejera de Educación y Ciencia nombrada por Decreto de 12 de julio de 2001, de la Presidencia del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» de 16 de julio núm. 84), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, de acuerdo con la autorización conferida por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 5 de noviembre de 2002.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y manifiestan:

Primero.-Que la finalidad del presente Convenio es la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.-Que el objeto del mismo es financiar conjuntamente programas para el desarrollo de servicios de atención a la primera infancia (cero-tres años).

Tercero.-Que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde la protección y promoción del menor y la familia, de acuerdo con lo previsto en los Reales Decretos 758/1996 de 5 de mayo, 839/1996 de 10 de mayo, 1888/1996 de 2 de agosto y 140/1997 de 31 de enero.

Cuarto.-Que la Comunidad Autónoma de Aragón ostenta competencias en materia de Asistencia, Bienestar Social y Desarrollo Comunitario, de acuerdo con el artículo 35.1.19 de su Estatuto (Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto y 6/1994, de 24 de marzo) y los Reales Decretos de transferencia 251/1982, de 15 de enero y 851/1984, de 8 de febrero.

Quinto.-Que de acuerdo con lo establecido en la regla cuarta del apartado dos del artículo 153 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada al mismo por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y de Orden Social, es procedente la suscripción del presente Convenio de Colaboración.

Sexto.-Que la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2002 (BOE del día 31), incluye un crédito adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y que la clasificación 19.04.313O.454.00, transferencias corrientes a comunidades autónomas para favorecer la conciliación entre la vida familiar y laboral a través de la atención a la primera infancia, tiene una dotación de 21.793.830 euros.

Séptimo.-Que la Comunidad Autónoma de Aragón garantiza la existencia de dotación presupuestaria para similares fines.

Octavo.-Que es voluntad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales promover y potenciar la realización de programas que permitan ampliar y/o mejorar los servicios existentes de atención a la primera infancia (0-3 años).

Noveno.-Que los proyectos se han seleccionado de acuerdo con los criterios objetivos de distribución del crédito acordados con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Consejo de Ministros del día 1 de marzo de 2002 (BOE de 27 de marzo 2002).

Décimo.-Que la Comunidad Autónoma de Aragón tiene previsto la puesta en marcha de programas de las características apuntadas.

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y que se regirá con arreglo a las siguientes cláusulas:

Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de los Programas destinados a crear y/o mejorar los servicios de atención a la primera infancia (0-3 años) que se especifican en el anexo de este Convenio.

Segunda.-La Comunidad Autónoma pondrá en marcha los programas a que se hace referencia en el apartado anterior.

Tercera.-Para sufragar los costes de los mencionados programas, la Comunidad Autónoma de Aragón, se compromete a aportar la cantidad total de cuatrocientos cuarenta y seis mil cuatrocientos noventa y cinco euros con veintidós céntimos (446.495,22 euros), como participación en la financiación de los programas. Esta cantidad a que se obliga la Comunidad Autónoma puede corresponder al importe que se sufraga directamente por la misma y/o las Corporaciones Locales, estas últimas según los acuerdos con la Comunidad de acuerdo con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Cuarta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, con cargo a su dotación presupuestaria 19.04.313O.454.00 para el ejercicio de 2002, aporta la cantidad de seiscientos treinta mil seiscientos veintiún euros con cincuenta y tres céntimos (630.621,53 euros) como participación en la financiación de los programas, de conformidad con el desglose que se contiene en el anexo de este Convenio.

Quinta.-El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón la cantidad prevista en la cláusula cuarta de este Convenio o la que reste por transferir en ese momento hasta dicha cantidad, si se hubiese efectuado la transferencia de alguna cantidad al amparo de lo previsto en el último párrafo del Acuerdo del Consejo de Ministros del día 1 de marzo de 2002 (BOE de 27 de marzo de 2002).

Sexta.-La Comunidad Autónoma deberá:

A.-Aplicar los fondos previstos en las cláusulas tercera y cuarta a los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de los programas que se especifican en este Convenio de Colaboración.

B.-Informar de la puesta en marcha de los servicios previstos en el programa y proporcionar al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la información que recabe en relación con el presente Convenio.

C.-Elaborar los documentos necesarios que permitan recoger los datos técnicos sobre los servicios financiados.

D.-Remitir, al finalizar la vigencia del Convenio, un estado comprensivo de las obligaciones reconocidas y los pagos realizados, de acuerdo con lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 153 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/88, de 23 de septiembre).

E. Comunicar cualquier modificación que pudiera surgir en el desarrollo y ejecución de los programas, tanto las referidas al contenido como a la forma, plazos de ejecución y de justificación, etc., con el fin de acordar conjuntamente el Ministerio y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de cualquier variación en el desarrollo de los proyectos.

La solicitud de modificación deberá estar suficientemente motivada y deberá presentarse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que la justifiquen y con anterioridad al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto en cuestión.

Séptima.-La Comunidad Autónoma de Aragón elaborará, al finalizar la vigencia del Convenio, una Memoria financiera y técnica de cada proyecto que entregará en los 6 meses siguientes y que al menos recoja:

-Fecha de puesta en marcha.

-Información económica.

-Actividades realizadas.

-Recursos utilizados.

-Sectores atendidos.

-Resultados obtenidos.

-Datos estadísticos.

-Dificultades y propuestas.

-Valoración del programa.

En el supuesto de que la Comunidad Autónoma de Aragón no presente la citada memoria, se analizará en la Comisión de Seguimiento que se regula en la cláusula siguiente.

Octava.-Para el seguimiento del presente Convenio se creará una Comisión Mixta de Seguimiento, que tendrá como funciones velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la ejecución del mismo, prestar asistencia a las Administraciones firmantes y determinar los documentos técnicos e informes necesarios para la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos.

Estará integrada por un representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y por un representante de cada una de las comunidades autónomas firmantes de los Convenios.

El representante del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales será designado por la Directora General de Acción Social, del Menor y de la Familia, y el representante de la Comunidad Autónoma de Aragón por la Directora General de Centros y Formación Profesional.

Su régimen de funcionamiento es el previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, designándose el Presidente por el propio órgano colegiado y actuando como Secretario un funcionario de la Dirección General de Acción Social, del Menor y de la Familia del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales designado por la Directora General.

Novena.-En la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la cofinanciación establecida entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la Comunidad Autónoma y/o las Corporaciones Locales.

Décima.-Este Convenio tendrá vigencia durante el período de un año desde la fecha de su firma.

Undécima.-El presente Convenio se extinguirá igualmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de los compromisos adquiridos en el mismo. En este caso, deberán reintegrarse las cantidades que se hubieran percibido como aportación económica del mismo y que no se hubieran destinado al/los programa/s previstos en él.

Duodécima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza administrativa, serán sometidas a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO

APORTACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON, CORPORACIONES LOCALES Y MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS DE ATENCION

A LA PRIMERA INFANCIA. AÑO 2002

A) SERVICIOS DE TITULARIDAD DE CORPORACIONES LOCALES (CERO TRES AÑOS)

HUESCA

1 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Aínsa

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 4.597,74 euros

Aportación M.T.A.S 4.597,74 euros

2 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Altorricón

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 15.632,32 euros

Aportación M.T.A.S 15.632,32 euros

3 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Biescas.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 6.010,12 euros

Aportación M.T.A.S 6.010,12 euros

4 Ampliación de plazas y horario en la Ludoteca Infantil de Canfranc

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 13.793,23 euros

Aportación M.T.A.S 13.793,23 euros

5 Creación de la Guardería Infantil de Castejón de SOS

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 14.784,90 euros

Aportación M.T.A.S 14.784,90 euros

6 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Graus

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 28.965,78 euros

Aportación M.T.A.S 28.965,78 euros

7 Adecuación a la LOGSE de las Guarderías Infantiles de la Mancomunidad de los Monegros (Grañén)

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 12.852,79 euros

Aportación M.T.A.S 12.852,79 euros

8 Continuidad de la ampliación de plazas en la Guardería Infantil de Benasque y su adecuación a la

LOGSE, financiada en 2000 y 2001

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 9.195,49 euros

Aportación M.T.A.S 9.195,49 euros

9) Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil «Concepción Bañeres» de Binéfar,

financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 51.494,72 euros

Aportación M.T.A.S 51.494,72 euros

10) Continuidad de la Guardería Infantil de Boltaña, subvencionada en 2000

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 6.965,58 euros

Aportación M.T.A.S 6.965,58 euros

11) Continuidad de la Guardería Infantil de Esplús, subvencionada en 2000

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 5.517,29 euros

Aportación M.T.A.S 5.517,29 euros

12) Continuidad de la Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Sariñena, subvencionada

en 1999

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 4.152,33 euros

Aportación M.T.A.S 4.152,33 euros

TERUEL

13) Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Alcorisa

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 21.576,33 euros

Aportación M.T.A.S 21.576,33 euros

14) Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Híjar

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 18.390,97 euros

Aportación M.T.A.S 18.390,97 euros

15) Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Mora de Rubielos

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 3.065,16 euros

Aportación M.T.A.S 3.065,16 euros

ZARAGOZA

16) Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil «Ntra. Sra. De la Piedad» de Ainzón.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 17.882,78 euros

Aportación M.T.A.S 17.882,78 euros

17) Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de la Almunia de Dña. Godina.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 26.174,08 euros

Aportación M.T.A.S 26.174,08 euros

18) Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Ateca.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 12.020,24 euros

Aportación M.T.A.S 12.020,24 euros

19 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Cadrete.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 4.507,59 euros

Aportación M.T.A.S 4.507,59 euros

20 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil «Pekikes» de Caspe.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 45.379,72 euros

Aportación M.T.A.S 45.379,72 euros

21 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil «Pinocho» de Daroca.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 9.853,22 euros

Aportación M.T.A.S 9.853,22 euros

22 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Epila.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 7.479,60 euros

Aportación M.T.A.S 7.479,60 euros

23 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Magallón.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 6.010,12 euros

Aportación M.T.A.S 6.010,12 euros

24 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Remolinos.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 15.961,55 euros

Aportación M.T.A.S 15.961,55 euros

25 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Saviñán.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 7.512,65 euros

Aportación M.T.A.S 7.512,65 euros

26 Adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Tauste-Sta. Engracia.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 4.026,78 euros

Aportación M.T.A.S 4.026,78 euros

27 Continuidad de la Escuela Infantil de Fuentes de Ebro y su adecuación a la LOGSE, financiada de 1996 a 2001 ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 12.260,65 euros

Aportación M.T.A.S 12.260,65 euros

28 Continuidad de la Escuela Infantil de Sádaba y su adecuación a la LOGSE, financiada de 1996 a 2001 ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 12.873,68 euros

Aportación M.T.A.S 12.873,68 euros

29 Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Brea de Aragón, financiada de 1999 a 2001 ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 5.915,76 euros.

Aportación M.T.A.S 5.915,76 euros.

30 Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Zuera, financiada de 1999 a 2001 ambos inclusive.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 29.904,86 euros

Aportación M.T.A.S 29.904,86 euros

31 Continuidad de la adecuación a la LOGSE de la Guardería Infantil de Tauste, financiada en 1999 y 2000.

Aportación Comunidad Autónoma y Corporación Local 11.737,19 euros

Aportación M.T.A.S 11.737,19 euros

B) «GUARDERIAS INFANTILES LABORALES» DE TITULARIDAD DE CORPORACIONES LOCALES O ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO

HUESCA

1 Guardería Infantil «San José» de Huesca, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 9.086,85 euros

2 Guardería Infantil «Minte» de Monzón, financiada en 2000 y 2001.

Aportación M.T.A.S 4.482,05 euros

ZARAGOZA

3 Guardería Infantil «San Sebastián» de Mallén, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 4.340,96 euros

4 Guardería Infantil «Santa María de la Esperanza» de Pina de Ebro, financiada en 1999 y 2001.

Aportación M.T.A.S 2.943,87 euros

5 Guardería Infantil «El Chalet» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 4.304,30 euros

6 Guardería Infantil «La Caridad» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 10.521,62 euros

7 Guardería Infantil «Madre de Dios de Begoña» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001

ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 33.680,72 euros

8 Guardería Infantil «Ntra. Sra. de la Paz» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 8.927,43 euros

9 Guardería Infantil «Ntra. Sra. de los Dolores» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001,

ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 24.641,50 euros

10 Guardería Infantil «Siervas de los Pobres» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive..

Aportación M.T.A.S 9.565,11 euros

11 Guardería Infantil «Santo Refugio» de Zaragoza, financiada en 2001..

Aportación M.T.A.S 6.376,74 euros

12 Guardería Infantil «Valdefierro» de Zaragoza, financiada de 1999 a 2001, ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 9.868,62 euros

13 Guardería Infantil «Ntra. Sra. de la Rosa» de Zaragoza-Casetas, financiada de 1999 a 2001,

ambos inclusive.

Aportación M.T.A.S 12.950,53 euros

14 Guardería Infantil «Ntra. Sra. del Carmen de Zaragoza, financiada en 2000

Aportación M.T.A.S 7.014,41 euros

15 Guardería Infantil «Mater», de Zaragoza, financiada en 2000

Aportación M.T.A.S 7.885,48 euros

16 Guardería Infantil «Las Fuentes», de Zaragoza,.

Aportación M.T.A.S 20.362,29 euros

17 Guardería Infantil «Mainada» de Tarazona, financiada en 2000.

Aportación M.T.A.S 7.173,83 euros

TOTAL APORTACION COMUNIDAD AUTONOMA Y CORPORACIONES LOCALES 446.495,22 euros

TOTAL APORTACION MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 630.621,53 euros