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EXTRACTO de la Orden DRS/956/2019, de 18 de julio, por la que se convocan subvenciones públicas en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, para el año 2019.

Publicado el 09/08/2019 (Nº 156)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

BDNS (Identif.): 467795

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, empresarios autónomos, personas físicas, instituciones sin fines de lucro, entidades de derecho público y agrupaciones de propietarios de terrenos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Segundo.- Objeto.

Convocar para el año 2019 subvenciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Tercero.- Bases reguladoras.

Contenidas en el Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

Cuarto.- Cuantía.

La Cuantía total máxima para esta convocatoria es de 82.943,52 euros, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2019:

55.328,92 € con cargo a la posición presupuestaria 1404.5332.770077.91002

2.618,02 € con cargo a la posición presupuestaria 1404.5332.770077.36008

24.996,58 € con cargo a la posición presupuestaria 1404.5332.780079.91002

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de julio de 2019.- El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona Blasco.