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RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2019, del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, por la que se autoriza y aprueba el Proyecto de autorización administrativa previa para la distribución de GLP desde el depósito 50103667 en el T.M. de Villanúa (Huesca). Expediente C-13/19.

Publicado el 09/08/2019 (Nº 156)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO EMPRESARIAL

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- El 30 de enero de 2019, Nedgia Aragón S.A. presenta en el Registro General del Gobierno de Aragón solicitud de autorización administrativa y de aprobación del "Proyecto de Autorización Administrativa Previa y Aprobación del Proyecto Ejecutivo para la distribución de GLP desde el depósito 50103667 en el T.M. de Villanúa (Huesca)", suscrito por Doña Alejandra Risco Barba, colegiada 25.430, visado número 19900380/01 en fecha 18 de enero de 2019 por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.

Segundo.- El proyecto se sometió a información pública de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 46 bis. de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos. Se publican anuncios en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" el 5 de abril de 2019 y en el "Boletín Oficial de Aragón", número 70, de 10 de abril de 2019. No se reciben alegaciones en este trámite.

Asimismo, el proyecto se trasladó a las siguientes Administraciones públicas, organismos o empresas de servicio público, o de servicios de interés general: al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental Montes de utilidad pública y al Ayuntamiento de Villanúa.

Fundamentos jurídicos

Primero.- El Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca es competente para resolver la presente autorización, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, los Reales Decretos 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Industria, Energía y Minas y el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Segundo.- En la tramitación de este procedimiento se ha cumplido lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, así como en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos, este Servicio Provincial ha resuelto lo siguiente:

Primero.- Otorgar a Nedgia Aragón S.A. Autorización administrativa y aprobación del proyecto "Proyecto de Autorización Administrativa Previa y Aprobación del Proyecto Ejecutivo para la distribución de GLP desde el depósito 50103667 en el T.M. de Villanúa (Huesca)", Expediente C-13/19, que se concreta en las siguientes instalaciones:

- Red de distribución enterrada de gas propano canalizado MOP 1,7 bar; tubería PE 100 DN 63 SDR 17,6 y longitud total de 180m. Con origen en el depósito 50103667 existente y propiedad de Nedgia Aragón, S.A., con conexión en la calle Huesca, y final en la Urbanización Espata R8 de Villanúa (Huesca).

Segundo.- Establecer en la presente autorización el siguiente condicionado:

1. En todo momento se deberá cumplir cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, y en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio.

2. Nedgia Aragón S.A. deberá cumplir el condicionado impuesto por las Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo, y en especial la Resolución de la CNMC referente al expediente TPE/DE/027/16.

3. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

4. La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa.

5. Nedgia Aragón S.A., previo al inicio de trabajos, dispondrá las autorizaciones de cruce o paso ante los organismos o empresas titulares de líneas eléctricas, carreteras y cursos de agua, así como de los derechos de paso y servidumbres necesarias, entendiéndose que la presente autorización lo es sin perjuicio de tercero y no excluye la necesidad de obtener las demás autorizaciones, permisos o concesiones que por razón de la materia le sean de aplicación.

6. Una vez terminada la instalación, se realizará su puesta en servicio según lo establecido en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, y se efectuará la comunicación a este Servicio Provincial aportando la preceptiva documentación. Para ello, se presentarán copias de las actas de los ensayos y pruebas realizados, así como los correspondientes certificados finales de dirección de obra, firmados por técnico competente y visados por el Colegio Oficial correspondiente, en los que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han efectuado de acuerdo con las normas del proyecto y demás normas técnicas vigentes que sean de aplicación.

7. El plazo para la puesta en marcha de la instalación será de 2 años, contados a partir del día siguiente de notificación a Nedgia Aragón S.A., pudiendo prorrogarse dicho plazo previa justificación.

8. En cumplimiento del artículo 46 bis. de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, se establece como garantía de cumplimiento de obligaciones la cantidad de ciento sesenta y ocho euros y cuarenta y tres céntimos de euro (168,43 €), que Nedgia Aragón S.A. deberá constituir, en el plazo de un mes a partir del otorgamiento de la presente autorización, por medio de un depósito en la Caja General de Depósitos de la Diputación General de Aragón, a favor de este Servicio Provincial, donde se remitirá un ejemplar del documento justificativo de ingreso en el plazo de un mes.

9. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de Orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huesca, 17 de junio de 2019.- La Directora del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, Marta P. Rodríguez Vicente.