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DECRETO 93/2019, de 8 de agosto, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 09/08/2019 (Nº 156)
Sección: I. Disposiciones Generales
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Por Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón se estableció la nueva organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se asignaron las competencias a sus Departamentos y se adscribieron sus organismos públicos.

La nueva estructura impone una reorganización de la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma adecuándola a las nuevas necesidades y políticas que demanda la sociedad aragonesa y diseñando una estructura administrativa más ajustada a la nueva organización departamental.

Asimismo, y con objeto de agilizar al máximo la puesta en marcha y despliegue del nuevo Gobierno, de conformidad con la normativa de patrimonio y demás reguladora de las entidades integrantes del sector público, se señala para la mayoría de ellas cual es el Departamento de tutela, ello sin perjuicio de la posibilidad de asignar las restantes o modificar las incluidas en este Decreto mediante acuerdo del Gobierno de Aragón cuando legalmente se encuentre habilitado para ello.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión de 8 de agosto de 2019,

DISPONGO:

Artículo 1. Presidencia del Gobierno.

La Presidencia de Gobierno de Aragón contará como órgano directivo con la Secretaría General de la Presidencia, con nivel orgánico de secretaría general técnica, que, además, asistirá al Secretario del Gobierno ejerciendo la secretaría de actas del Gobierno.

Artículo 2. Vicepresidencia del Gobierno.

1. La Vicepresidencia del Gobierno de Aragón será asistida por los órganos del Departamento que ostente su titular.

2. La Vicepresidencia de Gobierno de Aragón contará como órgano directivo con la Dirección General de Desarrollo Estatutario y Programas Europeos.

Artículo 3. Estructura departamental.

Los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se estructuran en los siguientes órganos directivos:

1. Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales

Secretaría General Técnica

Dirección General de Relaciones Institucionales

Dirección General de Servicios Jurídicos

Dirección General de Administración Local

Dirección General de Justicia

Dirección General de Interior y Protección Civil

2. Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial

Secretaría General Técnica

Dirección General de Industria y PYMES

Dirección General de Comercio, Ferias y Artesanía

Dirección General de Energía y Minas

Dirección General de Turismo

3. Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento

Secretaría General Técnica

Dirección General de Investigación e Innovación

Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información

Dirección General de Universidades

4. Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda

Secretaría General Técnica

Dirección General de Ordenación del Territorio

Dirección General de Urbanismo

Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

Dirección General de Transportes

Dirección General de Carreteras

5. Departamento de Economía, Planificación y Empleo

Secretaría General Técnica

Dirección General de Economía

Dirección General de Planificación y Desarrollo Económico

Dirección General de Trabajo, Autónomos y Economía Social

6. Departamento de Hacienda y Administración Pública

Secretaría General Técnica

Intervención General

Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería

Dirección General de Tributos

Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios

Dirección General de Contratación

Dirección General de Patrimonio y Organización

7. Departamento de Educación, Cultura y Deporte

Secretaría General Técnica

Dirección General de Innovación y Formación Profesional

Dirección General de Planificación y Equidad

Dirección General de Personal y Formación del Profesorado

Dirección General de Cultura

Dirección General de Patrimonio Cultural

Dirección General de Deporte

Dirección General de Política Lingüística

8. Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales

Secretaría General Técnica.

Dirección General de Gobierno Abierto e Innovación Social.

Dirección General de Cooperación al Desarrollo e Inmigración

Dirección General de Igualdad y Familias

Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios

9. Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Secretaría General Técnica

Dirección General de Producción Agraria

Dirección General de Desarrollo Rural

Dirección General de Calidad y Seguridad Alimentaria

Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria

Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal

Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental

10. Departamento de Sanidad

Secretaría General Técnica.

Dirección General de Salud Pública.

Dirección General de Asistencia Sanitaria.

Dirección General de Derechos y Garantías de los Usuarios.

Artículo 4. Departamento de tutela.

1. Los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón asumirán la tutela de las siguientes entidades del sector público:

Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales: Consorcio Comunidad de Trabajo de los Pirineos.

Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial: Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S.L.U; Ciudad del Motor de Aragón, S.A; Parque Tecnológico del Motor de Aragón, S.A; Parque Tecnológico Walqa, S.A; Fundación Conjunto Paleontológico de Teruel-Dinópolis; y las Fundaciones dependientes del Instituto Aragonés de Fomento.

Departamento de Economía, Planificación y Empleo: Corporación Empresarial Pública de Aragón, S.L.U; Aragón Plataforma Logística, S.A.U; Expo Zaragoza Empresarial, S.A; Aragón Exterior, S.A.U; Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón, S.A; y Centro Europeo de Empresas e Innovación de Aragón, S.A.

Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda: Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U; Promoción de Actividades Aeroportuarias, S.L.U; Consorcio del Aeropuerto de Teruel, Consorcio Túnel Bielsa-Aragnouet, Consorcio Urbanístico Canfranc 2000 y Fundación Transpirenaica.

Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento: Las Fundaciones Parque Científico y Tecnológico de Aula Dei, Zaragoza Logistic Center, Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo y Centro de Estudios de la Física del Cosmos de Aragón.

Departamento de Educación, Cultura y Deporte: Inmuebles GTF, S.L.U; Fundación Goya en Aragón, Fundación Torralba Fortún, Fundación Colección Circa XX Pilar Citoler.

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente: Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental, S.L.U. y Aragonesa de Gestión de Residuos, S.A.

Departamento de Sanidad: Fundación Andrea Prader y Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Aragón

2. El Departamento de Economía, Planificación y Empleo asumirá las funciones de tutela en relación con las sociedades privadas participadas Avalia Aragón, S.G.R; y Aramon, Montañas de Aragón, S.A. y su grupo societario.

3. Mediante acuerdo del Gobierno de Aragón podrá designarse al Departamento de tutela de cualesquiera otras entidades del sector público y modificarse el establecido en los apartados anteriores.

Disposición adicional primera. Gabinetes.

1. La asistencia directa e inmediata a la Presidencia del Gobierno de Aragón se llevará a efecto por el Gabinete de la Presidencia que estará integrado por un Director de Gabinete, la Secretaría particular del Presidente y por el personal eventual que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

2. La asistencia directa e inmediata al Vicepresidente y Consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo se llevará a efecto por un Gabinete y una Secretaría particular que estarán integrados por el personal eventual que se determine en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

3. La asistencia directa al resto de los Consejeros se llevará a cabo mediante un Gabinete y una Secretaría particular. Cada Gabinete podrá estar integrado por un Jefe de Gabinete y dos asesores, dentro de los límites establecidos por las consignaciones presupuestarias.

4. En el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, además, existirá el número de asesores que se determine en la relación de puestos de trabajo para el desempeño de las competencias en materia de comunicación, de organización de la actividad institucional y de apoyo y seguimiento de la representación exterior del Gobierno de Aragón.

Disposición adicional segunda. Referencias a los órganos suprimidos.

Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos por este Decreto, se entenderán realizadas a los que por esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias o, en su defecto, al órgano del que dependieran.

Disposición transitoria primera. Asimilaciones e integraciones.

Con el objeto de facilitar la implantación de las nuevas estructuras orgánicas previstas en este Decreto y en el Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de velar por el correcto funcionamiento de la gestión de  los recursos humanos del Gobierno de Aragón, el Departamento competente en organización administrativa y personal, hasta el momento en el que se desarrollen las estructuras orgánicas de cada uno de los Departamentos y se aprueben las relaciones de puestos de trabajo de los mismos, realizarán las asimilaciones e integraciones que correspondan entre las anteriores y la nuevas estructuras organizativas. 

Disposición transitoria segunda. Subsistencia de órganos.

1. Los órganos de rango inferior a los regulados en este Decreto se entienden subsistentes y conservarán su actual denominación, estructura y funciones, en tanto no se apruebe la estructura orgánica pormenorizada de cada uno de los Departamentos.

2. Con carácter general, sin perjuicio de las decisiones organizativas de carácter transitorio que pudiesen adoptarse por cada Departamento y de las asimilaciones e integraciones que, en función de la naturaleza de las modificaciones organizativas, puedan realizarse, la gestión de los recursos humanos adscritos a unidades organizativas que son modificadas continuará ejerciéndose por las mismas en tanto no se modifiquen las relaciones de puestos de trabajo.

Disposición derogatoria única. Cláusula derogatoria.

Queda derogado el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 79/2016, de 14 de junio, por el que se modifica el Decreto 108/2015, de 7 de julio; sus modificaciones posteriores, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este Decreto.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

El Gobierno de Aragón, a iniciativa de cada Consejero, y a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, aprobará mediante Decreto las normas desarrollo de la estructura orgánica establecida por la presente disposición, así como las redistribuciones de competencias entre los distintos órganos administrativos.

Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.

Por el Departamento de Hacienda y Administración Pública se llevarán a cabo las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la efectividad de este Decreto.

Disposición Final Tercera. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Zaragoza, 8 de agosto de 2019.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

CARLOS PÉREZ ANADÓN