Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 16 de octubre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca el Programa Un Día de Cine en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2012-13.

Publicado el 02/11/2012 (Nº 214)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 21, establece que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad de los alumnos, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación recoge, entre sus fines en el artículo 2.1, que el sistema educativo español se orientará a la consecución del pleno desarrollo de la personalidad y de las capacidades de los alumnos. La misma ley establece que uno de los objetivos de la Educación Secundaria es contribuir a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural. Otro de sus objetivos es el de desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos.

El Gobierno de Aragón desarrolla desde hace años el programa Un día de Cine. Dicho programa fomenta el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través del uso de los medios audiovisuales. De este modo, no sólo se potencia la creatividad y la imaginación, sino que también se incrementa la reflexión y el pensamiento crítico, permitiendo dialogar y debatir temas de actualidad e interés general.

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, le asigna esta competencia, de manera que le corresponde al mismo la promoción de la innovación, experimentación y desarrollo curricular de las enseñanzas, al objeto de conseguir una mayor calidad de la enseñanza que permita a los centros educativos y a los profesores mejorar el rendimiento de los alumnos.

En virtud de lo expresado, y a propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

Esta orden tiene por objeto la selección de centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de Aragón para su incorporación al Programa Un Día de Cine durante el curso 2012-13.

Segundo.- Destinatarios

1. Podrán acogerse a esta convocatoria los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón con alumnado de tercer ciclo de educación primaria, de educación secundaria, de bachillerato o de los ciclos formativos.

2. Los centros que resulten seleccionados en la presente convocatoria se incorporarán al Programa Un Día de Cine

Tercero.- Descripción del Programa.

1. El Programa Un día de cine consiste, fundamentalmente, en una proyección matinal de la película elegida por el centro, que se complementa con una guía didáctica con la que se trabaja antes y después de ver la película. El listado de las películas que se pueden elegir cada curso, con recomendaciones según las edades de los alumnos, así como sus respectivas guías didácticas, están disponibles en la página web: http://www.undiadecineiespiramidehuesca.com/.

2. Se celebrarán hasta 57 sesiones del programa, distribuidas de la siguiente forma:

a) Provincia de Zaragoza: 33 sesiones.

b) Provincia de Huesca: 15 sesiones.

c) Provincia de Teruel: 9 sesiones.

3. Las sesiones de cine se proyectarán, principalmente, en las siguientes sedes:

a) Filmoteca (Zaragoza).

b) Sala Joaquín Roncal (Zaragoza).

c) IES Pirámide (Huesca).

d) Teatro Olimpia (Huesca).

e) Sala Maravillas (Teruel).

f) Cine Municipal de Calanda (Teruel).

4. También se realizarán tres viajes a Madrid para conocer la Filmoteca y La Academia, dos sesiones de "Un Día de Cine y Ciencia Viva con Segundo de Chomón" en Calanda (Teruel) así como otras actividades especiales, tales como sesiones abiertas a la comunidad educativa.

Cuarto.- Financiación del Programa.

1. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte asumirá una parte del coste total del programa, hasta un importe de ocho mil euros (8.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 18030/G/4222/229000/39047, mediante libramiento al IES Pirámide de Huesca.

2. Además, cada alumno deberá abonar 1,50 euros como cuota de inscripción y, por otro lado, el centro gestionará y asumirá económicamente el desplazamiento del alumnado a la sede donde se proyecte la película.

Quinto.- Objetivos del Programa.

El Programa "Un Día de Cine: Alfabetización audiovisual y crecimiento personal", utiliza el cine como instrumento para que el profesorado y alumnado de los centros docentes:

a) Desarrollen la competencia en comunicación lingüística y audiovisual a través del cine y otros medios audiovisuales.

b) Potencien la creatividad y la imaginación.

c) Incrementen la reflexión y el pensamiento crítico.

d) Creen espacio de diálogo y debate.

Sexto.- Requisitos para participar.

1. Para participar en el Programa, los centros deberán:

a) Informar al Claustro y al Consejo Escolar de la solicitud de incorporación al Programa.

b) Exponer los motivos por los cuales desean participar en el mismo.

c) Designar a un coordinador del programa por cada nivel educativo que participe.

2. Los coordinadores se encargarán de facilitar que el mayor número de alumnos del centro puedan participar en las actividades que se organicen.

3. Los coordinadores así como el resto de profesorado participante recibirán el reconocimiento correspondiente según el Plan Autonómico de Formación por realizar esta labor.

Séptimo.- Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

1. Las solicitudes, dirigidas al Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se presentarán según corresponda en el Registro del Servicio Provincial de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, 20), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Huesca (Plaza Cervantes, 1), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

2. La solicitud (anexo I) y la declaración de datos complementaria (anexo II), que se cumplimentarán electrónicamente mediante el formulario disponible en la web http://www.catedu.es/convocatorias, accesible desde la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org), deberán imprimirse para ser adjuntado al resto de la documentación en formato papel.

3. La solicitud, debidamente firmada y sellada, se acompañará del certificado expedido por el Director en el que figure la aprobación por parte del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar de la participación del centro en el Programa (anexo III).

4. Deberán presentar tantos ejemplares de anexo II, como sesiones soliciten.

5. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón». Cumplido el plazo, las solicitudes que lleguen solo serán atendidas de haber fechas disponibles en el calendario de sesiones.

Octavo.- Selección de los centros participantes.

La selección de los centros solicitantes se realizará del siguiente modo:

a) A los centros que ya hubieran participado en convocatorias anteriores se les asignará directamente una sesión.

b) El resto de sesiones se adjudicará por sorteo público

Este sorteo se realizará transcurridos 10 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes en la Dirección General de Política Educativa y Educación Permanente.

Noveno.- Resolución de la convocatoria y notificaciones.

A propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, la Consejera del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte resolverá esta convocatoria mediante orden, indicando en relaciones separadas las solicitudes seleccionadas y en reserva, que será publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» y difundida a través de la página web del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http//www.educaragon.org.

Décimo.- Habilitación.

Se faculta al Director General de Política Educativa y Educación Permanente para que adopte las medidas oportunas para la ejecución de la presente orden.

Zaragoza, 16 de octubre de 2012.