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ORDEN de 17 de octubre de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón la realización de actuaciones para potenciar e impulsar el sector de tecnologías audiovisuales en Aragón

Publicado el 02/11/2012 (Nº 214)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

El Decreto 27/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Industria e Innovación, atribuye a este Departamento las competencias de promoción, fomento e implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones, con especial atención a su incorporación en el entramado socioeconómico de Aragón.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Industria e Innovación, tiene una serie de retos en la materia, como incrementar la cohesión y el bienestar social de los aragoneses a través del desarrollo científico y tecnológico, explotar la situación estratégica de la región y aprovechar al máximo sus posibilidades tecnológicas, y desarrollar las políticas necesarias para que las nuevas tecnologías representen un papel de progreso.

En este sentido se diseñó el "II Plan Director para el Desarrollo de la Sociedad de la Información en Aragón" buscando la alineación con las acciones que tanto en Europa como en España se configuran en torno a la Sociedad de la Información. En el mismo, se recogen un conjunto de ejes de actuación, entre otros, Servicios y Contenidos Digitales, uno de cuyos programas se centra en el Impulso del sector audiovisual digital en Aragón, desarrollando iniciativas que tienen como finalidad potenciar e impulsar este sector en Aragón tomando como base la capacitación, innovación y el acceso a recursos técnicos.

Por otra parte, el 22 de septiembre de 2010, se suscribió un convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de la Estrategia Estatal de Innovación en la Comunidad Autónoma mediante la concesión a ésta de un préstamo con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, cuyo objeto es el desarrollo de un programa de actuaciones de promoción de la innovación sobre los cinco ejes de la Estrategia Estatal de Innovación. Dentro de las líneas de actuación se incluyen la de "Empresa aragonesa innovadora" cuyo desarrollo supone la ejecución de actuaciones que son objeto de esta encomienda.

De acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley reguladora del Instituto Tecnológico de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 5/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, éste se configura como una entidad de derecho público, que adscrita al Departamento de Industria e Innovación, se define como un centro de promoción de la investigación y el desarrollo, con arreglo a criterios de interés general, orientando su actividad a impulsar la innovación tecnológica de las empresas.

El Instituto Tecnológico de Aragón puso en marcha el Centro de Innovación de Tecnologías Audiovisuales en Walqa (CETVI), planteado como el centro de referencia sobre Televisión Interactiva que recoja y despliegue experiencias de referencia sobre servicios interactivos de televisión digital, que evalúe y difunda servicios y terminales sobre redes de nueva generación (incluidas TDT e IPTV), tanto en el hogar como en movilidad. Dicho Centro incluye el Laboratorio de TV Digital, Interactividad y Comunicaciones y el Laboratorio de Experiencia de Usuario.

Asimismo, gracias a un convenio entre la Entidad Pública RED.ES, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y el Instituto Tecnológico de Aragón (ITA), dependiente del Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón se puso en marcha el Centro Público Demostrador en Tecnologías Audiovisuales situado en el Parque Tecnológico de Walqa (Huesca). Este Centro se configura como un espacio donde las empresas relacionadas con el sector multimedia y audiovisual puedan realizar demostraciones tecnológicas, con un carácter eminentemente práctico, a sus clientes tanto de productos como de servicios innovadores basados en las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICs).

El objeto de la encomienda se concreta en la realización de actuaciones encaminadas a potenciar e impulsar el sector de tecnologías audiovisuales en Aragón.

Algunas de las actuaciones objeto de esta encomienda siguen líneas de trabajo ya abiertas y/o complementarias a las establecidas como tal en la encomienda realizada al Instituto Tecnológico de Aragón mediante la Orden de 13 de diciembre de 2011, del Consejero de Innovación y Nuevas Tecnologías, por la que se encomienda al Instituto Tecnológico de Aragón la realización de actuaciones para potenciar e impulsar el sector de tecnologías audiovisuales en Aragón.

El Departamento de Industria e Innovación no dispone actualmente de los medios materiales y humanos suficientes para acometer los trabajos relativos a las actuaciones que se recogen en esta encomienda.

La configuración del Instituto Tecnológico de Aragón como entidad de derecho público hace que esté dotado de personalidad jurídica propia, patrimonio propio y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, por lo que dispone tanto de los medios técnicos idóneos como de la experiencia necesaria para realizar los trabajos encomendados. La correcta articulación de la colaboración entre la Administración matriz titular de las competencias en la materia y el ente instrumental dotado de los recursos y medios técnicos precisos para el desarrollo de las tareas de asesoramiento y colaboración técnica proyectadas, a tenor de lo anteriormente expuesto, no puede sino encauzarse a través del instituto de la encomienda de gestión en los términos en que lo contempla el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en particular, encomendando la realización de actividades de carácter técnico de la competencia de un órgano administrativo a una entidad de la misma Administración, por razones de eficacia, puesto que no se poseen los medios técnicos idóneos para su desempeño.

El artículo 38 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, dispone que la encomienda de gestión a favor de un organismo público dependiente del Departamento encomendante, precisará de la autorización del Consejero correspondiente, por lo que corresponde al titular del Departamento de Industria e Innovación, autorizar la presente encomienda de gestión mediante la aprobación de la correspondiente orden.

La citada orden contendrá el régimen jurídico de la encomienda, con mención expresa de la actividad o actividades a las que afecte, plazo de vigencia, naturaleza y alcance de la gestión encomendada así como las obligaciones que asuma la entidad encomendada. Asimismo, tal y como dispone el artículo 15.3 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la orden mediante la que se autorice la encomienda de gestión, deberá ser publicada, para su eficacia, en el Diario Oficial correspondiente.

Por todo lo anteriormente expuesto, acuerdo:

Primero.- Encomendar al Instituto Tecnológico de Aragón, la realización de actuaciones para potenciar e impulsar el sector de tecnologías audiovisuales en Aragón.

Dichas actuaciones se realizarán en las líneas de acción siguientes, extendiéndose la ejecución de todas ellas hasta el 31 de diciembre de 2014:

1. Consolidación del Centro Público Demostrador en Tecnologías Audiovisuales como punto de referencia y de encuentro entre oferta y demanda tecnológica de las empresas TICs y multimedia/audiovisuales aragonesas para reforzar la colaboración entre ambos sectores, incluyendo:

a) Organización de jornadas técnicas multisectoriales, ponencias de expertos y seminarios técnicos de proyección nacional e internacional, que permitan a las empresas aragonesas disponer de una plataforma de difusión de sus productos y servicios. Dichas jornadas se realizarán en colaboración con entidades reconocidas del sector que permitan incrementar las posibilidades de cooperación a las empresas participantes más allá del ámbito regional. Se utilizarán los medios disponibles en el Centro para poner a disposición de todos los interesados, los materiales generados durante dichas jornadas para consulta y referencia.

b) Participación activa en los foros de colaboración entre los diferentes organismos, instituciones y asociaciones empresariales para promover las sinergias y potencialidades así como identificar las oportunidades y puesta en comunicación de las empresas de los sectores TICs y audiovisual que permitan la mejora de su competitividad.

c) Difusión de experiencias piloto y demostradores tecnológicos entre las empresas del sector en las temáticas más innovadoras que permitan el desarrollo del tejido audiovisual y multimedia aragonés. Estas experiencias piloto estarán basadas en desarrollos tecnológicos generados mediante la actividad en proyectos de financiación pública. Se generará un catálogo con dichas experiencias.

2. Puesta a disposición de las empresas de los sectores audiovisual y multimedia así como del sector TIC de un entorno y herramientas de trabajo remoto que permita la utilización de los equipamientos singulares presentes en el Centro Demostrador independientemente de la localización dentro de Aragón de la empresa usuaria. Dentro de estas herramientas se encuentran entornos de generación de contenidos remotos, sistemas de máquinas virtuales para pruebas de concepto, acceso virtual a equipamiento físico y entornos colaborativos.

3. Acompañamiento y soporte técnico de las empresas aragonesas en el desarrollo de sus propuestas de proyectos de I+D+i a nivel regional, nacional y fundamentalmente internacional que les permitan acceder a nuevos mercados mediante la participación en consorcios de alto nivel técnico. Soporte en su relación con las Plataformas Tecnológicas nacionales y europeas así como con otros agentes del sistema I+D+i.

4. Puesta en marcha de mesas de transferencia de los resultados de investigación para la creación de nuevos productos y servicios o mejora de los existentes en los sectores audiovisual y TIC. En dichas mesas se mostrarán los resultados de los proyectos de investigación pública y se tomarán los requerimientos presentes y futuros de las posibles empresas usuarias formalizando las posibles vías de colaboración para la adopción de las tecnologías que supongan una mejora en la competitividad de las mismas.

5. Acciones de sensibilización orientadas a colectivos con intereses en las tecnologías relacionadas con el sector, como por ejemplo organizaciones empresariales, centros educativos, emprendedores, etc. Entre dichas acciones podrán contarse las visitas al Centro Demostrador en Tecnologías Audiovisuales, jornadas de puertas abiertas, colaboraciones, etc.

6. Apoyo técnico a la Dirección de Nuevas Tecnologías en materia de tecnologías audiovisuales.

A las actuaciones indicadas se les asocian unos indicadores que permitirán observar su evolución y grado de ejecución, así como realizar su seguimiento. Estos indicadores, junto con los valores objetivos asociados a ellos, que se plantean como objetivos a alcanzar por año de actividad, y el presupuesto estimado, se detallan en el anexo, siendo los valores correspondientes al año 2012 la mitad al corresponder su ejecución a un año no completo.

Segundo.- Será responsabilidad del Instituto Tecnológico de Aragón, en el desempeño de esas actividades:

a) Ejecutar las actuaciones objeto de la encomienda en los plazos que se indican en esta encomienda.

b) Aportar los medios humanos necesarios para la realización de la encomienda.

c) Informar a la Dirección General de Nuevas Tecnologías sobre el desarrollo de las actividades encomendadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Nuevas Tecnologías en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) Adoptar, de acuerdo con las normas aprobadas por el Gobierno de Aragón, las medidas para dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación en los medios materiales que se utilicen para la difusión de la actuación. Asimismo, deberá hacerse constar la colaboración del Ministerio de Economía y Competitividad.

f) Los derechos de propiedad intelectual del material que pueda generarse como consecuencia de las acciones de esta encomienda, corresponderán al Gobierno de Aragón.

El Instituto Tecnológico de Aragón podrá encargar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos siempre y cuando no cuente con los medios para llevarlos a cabo.

Tercero.- La encomienda de gestión no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Industria e Innovación, siendo responsabilidad de este último dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actividades objeto de encomienda.

Cuarto.- Para el mejor desempeño de la tarea encomendada, el Departamento de Industria e Innovación asignará al Instituto Tecnológico de Aragón la cantidad de 500.000 € (quinientos mil euros) con cargo a la partida 17040/G/5424/227006/39103 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, con la siguiente distribución anual.

2012: 100.000 €.

2013: 200.000 €.

2014: 200.000 €.

La asignación correspondiente a 2012 se hará efectiva una vez que sea aceptada la encomienda por parte del citado Instituto. Las anualidades de 2013 y 2014 se harán efectivas dentro del primer trimestre del año correspondiente, previa certificación del año anterior a la que hace referencia el apartado Quinto, y condicionadas a la disponibilidad de crédito en el ejercicio correspondiente, de acuerdo con la respectiva Ley de Presupuestos.

La mencionada cantidad se aplicará a las actuaciones encomendadas de la forma indicada en el anexo, entendiendo que las cantidades asignadas a cada actuación son estimaciones, y que podrán reajustarse entre ellas, siempre que se cumpla la finalidad de la encomienda.

Quinto.- El Instituto Tecnológico de Aragón deberá justificar anualmente, dentro de los dos primeros meses del ejercicio siguiente al de las actuaciones, la realización de las actividades encomendadas, así como los gastos y pagos efectuados en relación, tanto con los medios propios utilizados, como con los encargados a servicios externos.

Como parte de dicha justificación se presentará una memoria por cada una de las líneas del apartado primero, en la que se reflejarán las acciones realizadas, detallando las actividades ejecutadas, medios humanos y materiales dedicados y resultados obtenidos, incluyendo productos, documentos generados, incidencia sobre indicadores, etc.

La Dirección General de Nuevas Tecnologías, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación.

Sexto.- La vigencia de la encomienda de gestión se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2014.

Séptimo.- Esta orden surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».