Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Justicia, por la que se convoca concurso para la provisión de un puesto de trabajo en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón.

Publicado el 27/12/2019 (Nº 251)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se convoca concurso de traslado para la provisión del puesto genérico vacante que se cita en el anexo I, entre los funcionarios del Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de un puesto de trabajo genérico vacante incluido en la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón.

En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública.

Segunda.- Requisitos y condiciones de participación.

1. Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la Resolución definitiva del concurso.

2. Los funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que se encuentren en situación administrativa de servicio activo solo podrán tomar parte en este concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la Resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se le adjudicó destino definitivo en dicho Cuerpo, o la Resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.

Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente.

Los funcionarios que no tengan destino definitivo están obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluidos de dicha limitación temporal.

3. Podrán tomar parte en este concurso cualquiera que sea su situación administrativa, excepto:

Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.

Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.

Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

Los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado.

Puestos que se pueden solicitar.

1. Los participantes podrán solicitar el puesto de trabajo que se convoca, cuyos datos figuran en el anexo I, y que se identifica por un número de Orden.

2. Excepcionalmente podrá eliminarse la plaza anunciada como vacante, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que obligara a ello.

Cuarta.- Presentación de solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo publicado como anexo II de esta Resolución, cumplimentando todos los apartados que se exijan.

2. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", e irán dirigidas a la Directora General de Justicia, debiendo tener entrada en el Registro General del Gobierno de Aragón, ubicado en el edificio Pignatelli, paseo de María Agustín, número 36, código postal 50004, Zaragoza, o bien en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón.

3. Las solicitudes podrán presentarse también por cualquiera de las formas que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si las solicitudes se presentaran a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario correspondiente antes de ser certificadas.

4. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario participante. Si se presentara más de una solicitud de participación sólo se tendrá en consideración la última.

5. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

6. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Quinta.- Baremación del concurso.

1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.

2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:

Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo de servicios como titular en el Cuerpo o Escala para el que participa. Los periodos inferiores al año se computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los meses como de treinta días.

3. El presente concurso constará de una única fase en la que se valorarán los méritos enumerados en el punto anterior.

Adjudicación de puestos.

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la Base Quinta de esta convocatoria.

En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la mayor antigüedad en el Cuerpo de que se trate y, de persistir el empate, al número de Orden obtenido en el proceso selectivo de acceso a dicho Cuerpo, incluido el idioma o derecho propios.

Séptima.- Carácter de los destinos adjudicados.

1. Los traslados que se deriven de la Resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.

2. Los destinos serán irrenunciables según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

Octava.- Resolución del concurso.

1. El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. La Resolución expresará el puesto de origen del interesado a quien se le adjudique el destino y su localidad, así como su situación administrativa, si ésta es distinta a la de servicio activo, y el puesto adjudicado.

Novena.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 5 de diciembre de 2019.

La Directora General de Justicia,

MARÍA ÁNGELES JÚLVEZ LEÓN